lunes, 15 de febrero de 2010

Proyecto de Declaración: Preocupación ante las expresiones del Gobrenador , mediante las cuales defiende la creación del Fondo del Bicentenario.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECLARA

Su preocupación ante las expresiones vertidas por el Gobernador de la Provincia de Córdoba, mediante las cuales defiende la creación del Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad, y el uso de reservas excedentes del Banco Central de la República Argentina.; con el que se pretende pagar los vencimientos de la deuda externa de 2010, fundamentalmente cuando expresó que “se aspira a que Nación refinancie el ciento por ciento de los vencimientos de capitales de las provincias”, lo que implica no respetar la decisión judicial que ordena la suspensión del Decreto 2010/2009 hasta tanto se expida el Congreso de la Nación.



FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:

La crítica situación económica, el déficit fiscal, el fuerte endeudamiento de la Provincia de Córdoba y la imperiosa necesidad de contar con dinero fresco para avanzar en obras, es un fuerte condicionante que ha llevado al Gobernador Juan Schiaretti a apoyar la Creación del denominado Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad, con el consiguiente uso de reservas del Banco Central de la República Argentina.

La ecuación es fácil. El apoyo de los gobernadores de Provincias que presentan una crítica situación financiera y una dependencia al gobierno nacional, ven en el uso de las reservas la posibilidad de obtener altos beneficios en la toma de créditos, además de la realización de obras de infraestructura que aumenten las fuentes de trabajo y recursos para las obligaciones locales.

Originariamente, la creación del Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad garantizaba la transferencia de aproximadamente u$s 6.500 millones de reservas excedentes del Banco Central hacia el Tesoro nacional, generando inmediatamente la posibilidad del pago a bonistas y organismos internacionales con reservas del Banco Central de la Republica Argentina.

A los pocos días de su creación, funcionarios nacionales ponen en evidencia la intención de utilizar dichos fondos para un destino no previsto, al menos en la letra del Decreto 2010/2009, el que sufre con el transcurso del tiempo de una extraña y peligrosa metamorfosis.

De esta manera las reservas permitirían financiar obras de infraestructura no prevista en la Ley de Presupuesto para el año 2010, gasto público corriente de manera discrecional, se pagaría deuda pública provincial y nacional , etc.

Indudablemente, no se contaba con la suspensión de los efectos del Decreto 2010/2009, en cuanto al uso de reservas, atento que no existe según la Justicia, “ni necesidad ni urgencia”, para la procedencia del dictado de un decreto de ese tipo, el cual requiere atento su especial naturaleza, de determinados requisitos constitucionales para su dictado.

El 22 de enero del corriente año, la Cámara en lo Contencioso Administrativo ha ratificado el fallo de la Jueza de 1º Instancia, Dra. Maria José Sarmiento, insistiendo en el incumplimiento de los requisitos legales y constitucionales para la viabilidad del dictado de dicho instrumento, dejando en claro que es el Congreso de la Nación quien debe expedirse sobre el mismo, atento lo establece la Constitución Nacional.

Estamos ante una delicada situación que pone en jaque no solo la división de poderes, sino que pretende debilitar una vez más el rol institucional del Poder Legislativo.

Es el Congreso quien a través de la Comisión Bicameral reglamentada por ley 26122 debe expedirse sobre el tema.

Las expresiones del Gobernador de la Provincia de Córdoba respecto al uso de las reservas son contundentes: "Son de toda la gente, no son del Gobierno nacional solamente. Entonces, si se crea el Fondo tiene que contemplar la situación de las deudas de las provincias porque el gobierno nacional tiene que pagar 2.500 millones de dólares pero Córdoba tiene que pagar 90 millones de dólares; si las reservas son de todos, seamos federales y que también resuelvan las deudas provinciales. La de Córdoba es una posición justa, defendiendo el hecho de que las reservas son también de los cordobeses".


La discusión no versa sobre la titularidad de las reservas, el problema esta en que nuevamente y de manera discrecional se avanza sobre las instituciones.

De nada sirve hablar sobre su destino, sus titulares o montos si desde el origen, es decir desde el momento mismo en que se dicta el Decreto 2010/2009 carece de legitimidad y legalidad.

Respetuoso del principio esencial de un sistema republicano, el Sr. Gobernador de la Provincia de Córdoba debiera ser sigiloso y bregar por el cumplimiento del fallo judicial que ordena lisa y llanamente que se cumpla con la Constitución Nacional y con la Ley 26.122 que regula el procedimiento para la aprobación de un Decreto de Necesidad y Urgencia.

Su aspiración debiera ser un cabal respeto por las decisiones judiciales y no afirmar que "Con el Fondo, aspiramos a que Nación refinancie el ciento por ciento de los vencimientos de capitales de las provincias".

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.

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