lunes, 1 de marzo de 2010

Proyecto de Resolución: pedido de informe sobre distintos interrogantes referidos a funciones de la Dirección DDHH y Lucha contra la Discriminación

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RESUELVE


Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el art. 102 de la Constitución Provincial, para que a través de los organismos que corresponden y en el plazo de 14 días, informe los siguientes puntos:
1. Cuáles son las misiones y funciones de la Dirección de Derechos Humanos de las Minorías y Lucha contra la discriminación, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia.-.
2. Cuáles son las misiones y funciones de la Subdirección de Derechos Humanos de las minorías y Lucha contra la Discriminación.
3. Cuáles son las misiones y funciones de la Comisión para las Minorías Sexuales y Portadoras de HIV (COMSEP).-
4. Conformación actual de la COMSEP y funciones de sus integrantes.
5. Nómina de profesionales que realizan las tareas de los puntos 1, 2, 3 y 4 antes mencionados.-
6. Qué población es atendida por estas áreas en capital y por departamentos del interior.-
7. Determine qué programas están bajo la dirección y supervisión de estas áreas.
8. De quien depende el Plan Vida Nueva?
9. Cantidad de familias son beneficiarias de este Plan y modo de selección de las mismas.
10. Explique si hay evaluación de este programa y que resultados arroja.
11. Informe asignación y utilización de Partidas presupuestarias a las áreas mencionadas.-


FUNDAMENTOS


Sr. Presidente:

El Decreto Número 1478/2000 crea la Comisión para las Minorías sexuales y portadoras de VIH en adelante denominada (COMSEP), como “órgano competente y representativo de debate, consulta, comunicación y promotor de políticas y acciones concretas a los fines de posibilitar la gestión adecuada de los requerimientos individuales y colectivos en materia de discriminación de minorías sexuales y afectados por el virus de VIH”.-
Su razón de ser radica en la necesidad de garantizar desde la órbita estatal, el reconocimiento de la igualdad de las personas consagrado en nuestra Carta Magna, así como también garantizar su ejercicio particularmente en aquellos sectores que se encuentran más desprotegidos, en una sociedad signada por la discriminación e intolerancia.-
Considerando que existe una Dirección de Derechos Humanos de las minorías y lucha contra la discriminación y una Subdirección de Derechos Humanos de las minorías y Lucha contra la discriminación, se observa que podría haber superposición de objetivos y funciones con las que además le fueron asignadas a la COMSEP por Decreto arriba consignado. Esta situación podría generar una inadecuada utilización de recursos tanto económicos como humanos en un área tan sensible.-
Estas Instituciones parecieran quedarse a mitad de camino al erigirse como interlocutores válidos, receptores de reclamos de grupos minoritarios ya que para lograr una eficaz comunicación e inserción en la comunidad no solo se requiere de órganos que lo garanticen sino de claridad y transparencia en su funcionamiento y en la explicitación de sus actividades. El accionar del Estado debe completarse con la existencia de programas y acciones transparentes y plenamente divulgadas a los fines de que el usuario tenga la posibilidad de acceder a los mismos.- Se requiere así también la inclusión de equipos profesionales capacitados para dar respuesta a esta problemática.-
Por estas razones y las que se darán al momento del tratamiento del presente pedido de informes, es que solicitamos a nuestros su aprobación.-


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