viernes, 12 de marzo de 2010

Proyecto de Ley: Creación de equipos de “Fortalecimiento Familiar”.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY


Artículo 1.- Creación. Créanse los equipos de “Fortalecimiento Familiar”, grupos de apoyo destinado a familias que hayan adoptado hijos.-

Articulo 2.- Objetivos. Los equipos de “Fortalecimiento Familiar” tendrán los siguientes objetivos:
a) Escuchar y ofrecer tratamiento en casos que requiriesen atención.
b) Ante la consulta de los interesados, realizar acciones de prevención.
c) Brindar contención a las familias.
d) Desarrollar actividades educativas e informativas que permitan la participación libre y gratuita de quienes estén interesados.
e) Formar grupos de familias que permitan intercambiar experiencias y socializar.
f) Realizar tareas de seguimiento para conocer la situación actual de las familias, de los niños y adolescentes adoptados. Ofrecer orientación en caso que lo requiriesen.
g) Si se observara malos tratos, negligencia, abandono de persona, etc., deberán elevar denuncias y derivarlas a las autoridades pertinentes.

Artículo 3.- Integración. Intégrense los equipos de “Fortalecimiento Familiar” con profesionales en psicología, psicopedagogía y asistentes sociales, en el número que prescriba la reglamentación pertinente.-

Artículo 4.- Funcionamiento. Los equipos de “fortalecimiento Familiar”, funcionan en la órbita del Poder Judicial de la Provincia, como equipo técnico asistente del fuero de Familia.

Artículo 5.- Reglamentación. La presente ley deberá ser reglamentada en un plazo máximo de 90 días desde su entrada en vigencia.

Artículo 6: Vigencia. La presente Ley entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Artículo 7: De Forma.


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El proyecto tiene como objetivo crear los equipos orientadores en el fortalecimiento familiar de los padres que hayan tomado la decisión de acoger y adoptar hijos en nuestra provincia de Córdoba, con el fin principal de acompañar en el proceso del crecimiento de los niños, adolescentes y en la convivencia familiar.
La tarea de padres adoptivos no es nada simple cuando los hijos cargan con toda una historia personal, que en la corta edad no le es fácil procesar. Con la llegada de la adolescencia y la búsqueda de identidad, el sujeto se ve nuevamente entre muchas preguntas que, le es complicado resolver y pasar esta etapa del desarrollo de la persona. El dolor que deberá producir el sentimiento de abandono, el no sentirse querido, deseado y el haber sufrido el rechazo, podría dejar huellas en el sujeto que le irían marcando formas de expresarse, sentir, de vivir, que quizás ante estas situaciones muchos padres se preguntarían cual sería la mejor respuesta, o cual sería el mejor método o forma que ayudaría a contener a ese niño o adolescente. Por ello es necesario que la familia cuente a su alcance con profesionales que estén especializados en la temática y les permitan encontrar las mejores respuestas que le posibiliten desarrollar el mejor acompañamiento posible en el crecimiento de sus hijos.
Por las razones expuestas y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Ley, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.


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