jueves, 5 de agosto de 2010

martes, 3 de agosto de 2010

Piden dar marcha atrás con el vertedero de Calamuchita


Mediante un proyecto presentado hoy, el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) pidió la derogación de la ley que permitía la expropiación de un inmueble destinado a la creación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en la Región de Calamuchita.
Al momento de la aprobación de la norma, la Unión Cívica Radical se opuso, planteando Rossi que era necesario esperar por lo menos el informe de la Universidad de Rosario encargado por la Defensoría del Pueblo de la Nación, que finalmente arrojó resultados alarmantes.
La Ley 9794 declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación para ser destinado a la creación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en la Región de Calamuchita, un inmueble ubicado en el Paraje “Cañada Grande”. En su momento, el Bloque de la UCR alertó sobre las dificultades e inconvenientes que la radicación traería aparejados. Ahora, el informe encargado a la Universidad Nacional de Rosario se ha conocido, y expresa claramente las dificultades que el predio presenta, tales como susceptibilidad de ser afectado por inundaciones, además de estar cerca de la mayor reserva de agua de la Provincia. También cita el informe aludido que no se cumplirían las leyes nacionales para la radicación del emprendimiento. La Defensoría del Pueblo de la Nación pidió que se establezca un nuevo emplazamiento para la radicación del emprendimiento.-
Frente a tan claro estudio, entendemos que lo más conveniente es dejar sin efecto la Ley 9794, ya que aún no se han cumplido ni siquiera los primeros pasos para efectivizar la expropiación.

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Imagen:http://alpinasjaribell.com

Proyecto de Ley: por el cual se deroga la Ley 9794 destinada a la creación de una Planta de Tratamientos de Residuos en Calamuchita.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY



Artículo 1º.- DEROGASE la ley 9794, quedando sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble designado en dicha normativa, el que iba a ser destinado a la creación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en la Región de Calamuchita.-

Artículo 2º.- De forma.-


FUNDAMENTOS:

Sr. Presidente:
La Ley 9794 declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación para ser destinado a la creación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en la Región de Calamuchita, el inmueble ubicado en el Paraje “Cañada Grande”, Pedanía Santa Rosa, Departamento Calamuchita, que se designara en dicha normativa.-
En su momento, el Bloque de la Unión Cívica Radical alertó sobre las dificultades e inconvenientes que la radicación traía aparejados, además de que no se habían llevado a cabo correctamente los estudios de impacto ambiental ni se había dado participación a los vecinos de la localidad y el departamento.-
Se pidió en la sesión pertinente y antes de la sanción de la ley, un tiempo prudencial de estudio, a los efectos de esperar el dictamen que la Defensoría del Pueblo de la Nación le había requerido a la Universidad de Rosario.-
El informe aludido, realizado por la Facultad de Ciencias Exactas e Ingeniería de la Universidad Nacional de Rosario se ha conocido, y expresa claramente las dificultades que el predio presenta, tales como susceptibilidad de ser afectado por inundaciones, además de estar cerca de la mayor reserva de agua de la Provincia.- También cita el informe aludido que no se cumplirían las leyes nacionales para la radicación del emprendimiento.-
La Defensoría del Pueblo de la Nación pidió que se establezca un nuevo emplazamiento para la radicación del emprendimiento.-
Frente a tan claro estudio, entendemos que lo más conveniente es dejar sin efecto la Ley 9794, ya que aún no se han cumplido ni siquiera los primeros pasos para efectivizar la expropiación.-
La sanción de la norma que propugnamos tiene como fundamento hasta el sentido común.-
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento de la presente iniciativa, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.-

Proyecto de Resolución: pedido de informe sobre distintos interrogantes dirigidos al Ministerio de Salud

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE

DIRIGIRSE AL PRODER EJECUTIVO PROVINCIAL PARA QUE EN EL TERMINO DE 14 DIAS, EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 102 DE LA CONSTITUCIÓN, Y A TRAVES DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA, INFORME:

Articulo 1: Hospitales públicos que cuentan con unidades de terapia intensiva, en capital e interior de la Provincia.-
Articulo 2: Dotación de camas en UTI para cada uno de los hospitales mencionados.
Articulo 3: Dotación de Personal Profesional (Médicos, Especialistas, Enfermería, Auxiliares, Administrativos) involucrados en cada una de las Unidades de Terapia mencionadas.
Articulo 4: Si existe en el interior de la Provincia unidades de terapia intensiva que cuenten con infraestructura necesaria y personal especializado para atender pacientes quemados, y en caso afirmativo, indicar cuales.-

Fundamentos
Sr. Presidente
El presente pedido de informes tiene como objeto conocer la cantidad de hospitales que cuentan con unidades de terapia intensiva en capital e interior de la Provincia, como así también la cantidad de camas afectadas para cada institución.-
Además, para una información más completa, requerimos conocer el personal que se encuentra involucrado en estos establecimientos.-
Finalmente, queremos determinar si la Provincia se encuentra preparada para la atención especial de pacientes quemados.-
Por todo lo expuesto es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de resolución.-


lunes, 2 de agosto de 2010

Presentación de propuestas en la peatonal

En plena área peatonal, el Legislador Provincial y pre-candidato a gobernador por la Unión Cívica Radical, Dante Rossi, repartirá mañana martes volantes y dialogará con la gente sobre sus propuestas, cerca del mediodía. La actividad se desarrollará entre las 10.30 y las 12, en la esquina de 9 de julio y San Martín.
Durante ese lapso, Rossi entregará a los transeúntes un volante con sus principales propuestas y escuchará sus inquietudes. Junto a él, jóvenes y militantes de Identidad Radical distribuirán boletines informativos y folletos donde consta la actividad legislativa desplegada, así como los principales lineamientos propuestos por Rossi para la provincia.
Esta actividad se enmarca en la campaña emprendida por Rossi para alcanzar la postulación a la gobernación de la provincia. En ese sentido, ya ha recorrido cerca de medio centenar de localidades del territorio cordobés, donde se ha reunido con militantes, dirigentes y representantes de las fuerzas vivas en pos de hacer conocer sus ideas.

Diario Democracia. Villa Dolores

JOVEN DIRIGENTE BUSCA LLEGAR A SER CANDIDATO A GOBERNADOR

lunes, 02 de agosto de 2010
Una vez más estuvo en nuestra ciudad y la zona, el legislador Dante Rossi (44), quien tiene el propósito de llegar a ser gobernador, de ahí la recorrida que efectúa por el territorio cordobes. A qué se debe su visita a esta ciudad?
- Esta vez he venido por dos motivos, uno el habitual que me ha traido tantas veces a Villa Dolores, y es el hecho de recorrer permanentemente la provincia, encontrar inquietudes ciudadanas y analizar si se pueden trasladar al ámbito legislativo, rol que estoy cumpliendo en la actualidad. Pero esta vez le adosamos un nuevo ingrediente, que desde hace cuarenta días con un grupo de amigos de la provincia, hemos largado mi pre-candidatura a gobernador, con la idea es discutir dentro del radicalismo a los fines de intentar representar al partido en la elección del año que viene.

Leer más en: http://www.democracia-diario.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=8749&Itemid=1

domingo, 1 de agosto de 2010

Reclaman definiciones en materia electoral


El Legislador Provincial y precandidato a gobernador, Dante Rossi (UCR) reclamó hoy al gobierno de la provincia que deje de lado sus mezquinos intereses partidistas y despeje dudas sobre el cronograma electoral del año venidero. Sostuvo que no puede el gobernador supeditar las elecciones en la provincia al escenario interno del peronismo cordobés. “Que si van con los Kirchner, que si los enfrentan, que si las elecciones provinciales coinciden con las nacionales o es mejor separarlas… esto no puede condicionar el cronograma electoral en la provincia. Córdoba y los cordobeses debemos tener claro el panorama y no quedar a expensas de lo que el peronismo resuelva”. Así se expresó Rossi en la gira que realizó hoy por el oeste provincial, reclamando al gobierno definiciones al respecto.
El Legislador estuvo hoy manteniendo diversas reuniones en Villa Dolores, y luego Villa Sarmiento, donde fue recibido por el intendente Jorge Contreras. Cerró el día con un acto partidario en Villa Cura Brochero. Tanto en diálogo con militantes y dirigentes, cuanto en contacto con los medios de comunicación locales, Rossi insistió en que debe haber previsibilidad en la provincia en materia electoral. Y que el peronismo no puede tener a los cordobeses en la incertidumbre mientras resuelve sus cuestiones internas.
“Esta es una muestra más de la baja calidad institucional que la administración de Unión por Córdoba le ha impuesto a la provincia, en la que los partidos políticos no son escuchados ni tenidos en cuenta, y donde el diálogo es solo un anhelo”.
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Imagen:http://forum.skyscraperpage.com/showthread.php?t=157074

miércoles, 28 de julio de 2010

Proyecto de Resolución: pedido de informe sobre distintos interrogantes relacionados al ausentismo docente y sus principales causas.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

RESUELVE


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, atento lo prescripto por el artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Educación, sobre los siguientes interrogantes:

1- Cantidad de docentes de nivel inicial, primario y secundario de las escuelas públicas y privadas que se encuentren con carpetas médicas. Explique sus principales causas.
2- Cantidad de docentes de los distintos niveles de escuelas públicas y privadas que se encuentren con carpeta psiquiátrica. Explique sus principales causas.
3- Cantidad de docentes de los distintos niveles, de escuelas públicas y privadas que hayan sido asignados a tareas pasivas. Explique sus principales causas.
4- Programas vigentes dirigidos a los educadores que tengan como objetivo la prevención de los trastornos psíquicos y psicosomáticos, ante los cuales corre riesgo la salud del docente.
5- Explique el procedimiento que debe seguir la institución escolar pública, en los distintos niveles, a la hora de necesitar profesor suplente.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El presente proyecto tiene como fin recibir y tener conocimiento sobre las cifras oficiales del ausentismo de los docentes, lo cual influye en la calidad de educación que los alumnos hoy reciben, ya que en la mayoría de las veces los tiempos de la escuela para conseguir un profesor suplente no coinciden con la urgencia para que los alumnos no se retrasasen en los contenidos programados.
Más allá de los números, lo que más nos interesa es conocer cuáles son sus principales causas, para que a partir de ello podamos acompañar a los docentes en realizar programas o modificaciones en la legislación vigente que sea coherente con la realidad, en virtud de mejorar las condiciones laborales y en consecuencia la calidad educativa de los alumnos. Porque un profesor estresado que no logra manejar su propia angustia mucho menos podrá afrontar la presión y la exigencia que demanda poder transmitir los contenidos y acompañar el proceso de aprendizaje de un grupo o varios grupos de alumnos, con su particularidad ,y establecidos en contextos diferentes.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente pedido de informes, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto


lunes, 26 de julio de 2010

Proyecto de Ley: por el cual se incorpora el Artículo 361 de la Ley 8465

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1:Incorpórase como Artículo 361 bis de la Ley 8465, Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba, el siguiente:

Artículo 361 bis: En los supuestos de los incisos 1 y 2 del artículo 361 serán inapelables cuando la cuantía reclamada en la demanda o reconvención no exceda de doscientos cincuenta ( 250) jus.
Si la resolución reconociera una suma inferior al veinte por ciento (20%) de aquella, la inapelabilidad se determinará en base a lo reconocido en la sentencia o auto correspondiente.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable en los juicios abreviados, reclamo de alimentos y Litis expensas, o en aquellos se discuta la aplicación de sanciones procesales u honorarios profesionales.

Artículo 2: De Forma



FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Con fecha 27 de noviembre del 2009 se publicó en el Boletín Oficial la ley 26536 -sancionada el 28 de octubre y promulgada de hecho el 25 de noviembre del mismo año 2009-, por la que se introduce una reforma al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tendiente a limitar a través de un incremento en el mínimo vigente la procedencia de las apelaciones de las sentencias y demás resoluciones dictadas en los procesos regulados por dicha norma, con la excepción de los juicios de alimentos, los de desalojo de inmuebles y en los que se discuta la aplicación de multas procesales, además de aquellas por las que se regulen honorarios profesionales.

El monto mínimo requerido a los fines de la procedencia de la apelación se eleva de $ 4369,67 (pesos cuatro mil trescientos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos) a $ 20.000 (pesos veinte mil), estableciendo además de un reajuste anual en el caso que correspondiere, el que queda en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ello a los fines de evitar la excesiva inflación legislativa.

La norma en cuestión brinda pautas claras a los fines de establecer la admisibilidad de la apelación según el monto reclamado en la demanda o su reconvención, precisando además que “si al momento de dictarse la sentencia se reconociera una suma inferior en un veinte por ciento -20%- a la reclamada por las partes, la inapelabilidad se determinará de conformidad con el capital que en definitiva se reconozca en la sentencia”.

Los motivos que llevan a sancionar la Ley 26536 como la presentación del presente Proyecto de Ley es la preocupación por el exceso de causas elevadas a conocimiento de los tribunales de alzada, lo que repercute negativamente en la buena y eficaz administración de justicia.

Se reconocen a dicha reforma, y como antecedentes normativos sobre la inapelabidad por la escasa cuantía de lo debatido en el pleito a las leyes 21.708 , 22434 y 23850, además de su aceptación por parte de doctrina y jurisprudencia nacional, entendiendo ellas que la existencia de una limitación a la habilitación de la vía recursiva bajo ningún aspecto vulnera la garantía del debido proceso legal.

Esto es así ya que se entiende pacíficamente que, la doble instancia no es una exigencia del debido proceso, al menos en los procesos civiles.

En ese sentido, la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ha dicho en el plenario “Pérez, Aldo Nicolás c/ Cisneros, Miguel Angel s/ Daños y Perjuicios” del 03/09/03 que “... la multiplicidad de instancias en materia civil no es requisito ni constituye una garantía protegida por nuestra Constitución Nacional, por lo que no hay impedimento para que la ley reglamente aquellas cuestiones que no serán apelables.”

En el caso de la Provincia de Córdoba no existe disposición similar a la nacional, coadyuvando ello a un alarmante incremento de las causas apeladas, muchas veces sin fundamento jurídico que lo sustente.

Si tenemos presente datos brindados en el sitio web del Poder Judicial en un interesante trabajo realizado por el Centro de Estudios y Proyectos, existe un preocupante incremento de causas ingresadas año tras año.

Este incremento de litigiosidad tiene como consecuencia directa un incremento de causas que son apelables ante una resolución que contraríe las pretensiones sea del actor o del demandado.

En el mismo sentido que la norma vigente, la inapelabilidad de una sentencia o resolución queda determinada por el monto (o cuantum) de la demanda o su reconvención, adaptando la reforma propuesta a las prescripciones de nuestra ley ritual, la que prevé como unidad económica al jus con una actualización periódica en manos del Tribunal Superior de Justicia.
Una actualización automática proporciona al presente proyecto de resultar aprobado, de una estabilidad jurídica cierta, morigerando el fenómeno de hiperinflación legislativa.

La barrera legal pecuniaria para habilitar o denegar el acceso a la segunda instancia no es un tema menor, por lo que se ha optado por establecer un límite elevado, receptando propuestas que oportunamente realizaran los Dres. Jaime Anaya, Gustavo Bossert, Carlos J. Colombo y Lino E. Palacio- ante el Congreso de la Nación atento la existencia de procesos de menor cuantia o pequeñas causas, las que propiciaban alternativas tendientes al descongestionamiento de la Justicia, importando en definitiva una real tutela judicial.

Es de destacar que el tope legal rige, en consonancia con doctrina y jurisprudencia, de manera extensiva para la apelación de incidentes tramitados en el proceso principal, ya que estamos ante la presencia del principio de accesoriedad previsto en los artículos 523 a 526 del Código Civil.

Entendemos que la reforma puesta a consideración de mis pares intenta coadyuvar en un flagelo actual, cual es el incremento de las tasas de litigiosidad y la consiguiente saturación de los tribunales ordinarios que se ven abarrotados de expedientes, sin una resolución celera, elemento que debe tenerse en cuenta cuando hablamos de una buena administración de justicia.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Ley, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.



jueves, 22 de julio de 2010

Transporte interurbano: Rossi tilda al gobierno de inoperante


El Legislador Provincial y precandidato a gobernadort Dante Rossi (UCR) arremetió hoy contra la administración de Juan Schiaretti, al señalar que se ha mostrado inoperante e insensible frente al conflicto del transporte de corta y media distancia. Recordó que hace más de un año que pidió la interpelación del ministro del área, sin obtener ningún tipo de resultado. Y a medida que ha pasado el tiempo, los problemas que lo llevaron a presentar su proyecto siguen intactos, y otros nuevos se han ido sumando para que hoy miles de cordobeses, se vean imposibilitados de viajar debido a la medida de fuerza que llevan adelante los choferes.
El gobierno está lejos de preocuparse por los problemas de la gente, recalcó Rossi, de gira por el departamento Río Cuarto. Recordó que en su momento, denunció irregularidades en el reparto de los subsidios provinciales al transporte y reclamó la presencia del ministro para brindar información sobre éste y otros aspectos que hacen al servicio, por estos días interrumpido. Pero nunca obtuvo respuesta y la situación en el sector derivó en una crisis que hoy afecta a miles de personas. El ministro Testa sólo atina a mirar cómo cada 60 días estalla un conflicto que deja a miles de usuarios sin transporte. “El manejo que realiza de los subsidios provinciales al sector haría sonrojar al mismísimo ministro Julio De Vido. Lo hace de manera antojadiza y arbitraria”, sentenció Rossi.El legislador se refirió a éstos temas, entre otros, en las diversas reuniones que mantuvo durante esta jornada en las ciudades de Río Cuarto, Vicuña Mackenna y Alcira Gigena. Mañana viernes, en tanto, visitará Huinca Renancó, Villa Huidobro, Mattaldi y Jovita.
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Imagen: http://multimedioshgyg.com

Foro CEC

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