El Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) viajó a Estados Unidos, respondiendo a la invitación para participar de la Conferencia de las Américas que se desarrollará entre mañana martes y el miércoles en la ciudad de Miami.
Inaugurada en 1987 por The Miami Herald, la Conferencia de las Américas es el foro empresarial y político más importante en temas de Latinoamérica y el Caribe. De la organización participa también el Instituto de Administración Pública y Servicios Comunitarios de la Universidad Internacional de Florida, y cuenta con el auspicio del Estado de Florida y el Banco Mundial.
El tema en esta oportunidad es “Después de la Crisis: Nuevos Desafíos y Estabilidad Política”. “Creemos que esta perspectiva abarcará un amplio espectro de las cuestiones políticas y económicas más relevantes”, sostienen los organizadores en su carta de invitación.
El objetivo planteado es incentivar el proceso de intercambio, debate y reflexión en torno a la importancia de fortalecer la gobernabilidad, las economías y las instituciones democráticas en el Hemisferio. La Conferencia contará con la participación de funcionarios de los gobiernos nacionales y regionales, representantes de los cuerpos legislativos, miembros de ONGs, líderes empresariales y sociales. Por solo mencionar algunos, ediciones anteriores han contado con la presencia de Vicente Fox, Madeleine Albright y Álvaro Uribe, entre otros.
“Esta Conferencia servirá no solo para resaltar y diseminar las prácticas democráticas, sino también para alentar a aquellos que trabajan por el fortalecimiento de la democracia en sus respectivos países”, señala en su misiva el gobernador de La Florida.
lunes, 28 de septiembre de 2009
miércoles, 23 de septiembre de 2009
Proyecto de Ley: por el cual modifica el artículo 3 inc. d) de la ley 8751, referida a la prevención y lucha contra incendios.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1º: MODIFICASE el artículo 3 inc. d) de la ley 8751, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3: SON funciones y atribuciones de la Autoridad de Aplicación: … d) Autorizar, a modo de excepción, la utilización del fuego en quemas controladas y prescriptas. En ningún caso dicha autorización, podrá recaer en áreas naturales, reservas y bosques naturales o implantados. Sólo para el presente caso, la autoridad de aplicación será el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, a través de la Secretaria de Ganadería, o como se denomine en el futuro”.-
Artículo 2º: De forma.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El artículo 2 de la Ley 8751, referida a la prevención y lucha contra incendios, establecía que la autoridad de aplicación de la misma era el Ministerio de la producción y Trabajo, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables.- Entre las funciones y atribuciones, el artículo 3 inc. d) expresa “autorizar, a modo de excepción, la utilización del fuego en quemas controladas y prescriptas. En ningún caso dicha autorización, podrá recaer en áreas naturales, reservas y bosques naturales o implantados”.-
El artículo 2 citado precedentemente, fue modificado por la Ley 9147, que cambió la autoridad de aplicación, dejando en manos esta tarea en la “Agencia Córdoba Deportes, Ambiente, Cultura y Turismo Sociedad de Economía Mixta en coordinación con la Subsecretaría de Defensa Civil, Seguridad Vial y Náutica, dependiente del Ministerio de Seguridad”.-
De los cambios propuestos, se puede colegir que el objetivo del legislador fue impedir prácticamente las quemas controladas, ya que es muy difícil que la nueva autoridad de aplicación las autorice, tal como sucede en la actualidad.-
El objetivo propuesto fue evitar los incendios, y por lo tanto, es plausible la iniciativa.-
El presente proyecto busca, en lo que respecta a la quema controlada, una vuelta a la situación anterior, con la intención de que, frente a un pedido fundamentalmente de productores ganaderos, pueda ser analizada su viabilidad por parte de la Secretaría de Ganadería, que es el área idónea para evaluar la autorización.-
Si existen controles estrictos, y la autorización se da para casos concretos y específicos, con todas las medidas de seguridad pertinentes, éste procedimiento de quemas controladas le puede servir al productor ganadero, que mejora las condiciones de pastura del campo, y a la sociedad en general, ya que se elimina en un solo acto elementos que puedan provocar una quema descontrolada en época de sequía.-
En lugar de prohibir definitivamente, o en hacer prácticamente imposible el otorgamiento de la autorización, con controles específicos de parte del área de gobierno que conoce la necesidad, se puede hacer un uso provechoso de la quema controlada, siempre para casos específicos.-
Por estos motivos y los que se explicitarán al momento del tratamiento del presente proyecto de ley, es que solicitamos su aprobación.-
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Proyectos Presentados
Proyecto de Resolución: pedido de informe referido al proyecto de vertedero controlado de Residuos Sólidos Urbanos en Calamuchita.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que en el plazo de siete días, y a través de la Secretaría de Ambiente, informe sobre los siguientes interrogantes referidos al proyecto de vertedero controlado de Residuos Sólidos Urbanos en las cercanías de la Comuna de San Ignacio del Departamento Calamuchita de la Provincia de Córdoba:
Que la Secretaría informe, las características del proyecto diseñado para el tratamiento y disposición final de Residuos Sólidos previsto para la Comuna de San Ignacio y zona de influencia.-
Detalle el área afectada proyectada para el emprendimiento.-
Informe, las medidas de prevención previstas para evitar filtraciones de lixiviados característicos, que puedan afectar el recurso hídrico de la zona.
Detalle los avances del estudio de impacto ambiental correspondiente para este tipo de proyectos según prevé la Ley provincial 7343 y decreto reglamentario 2131.-
Detalle de los aspectos presupuestarios relacionados al proyecto, inversiones previstas, origen de los fondos, licitación o concurso de precios, etc.-
Informe, cuáles serán las acciones previstas para disminuir el impacto social negativo que causa un proyecto de esta envergadura, en los pobladores de las localidades de la zona aledaña al emprendimiento.
Si se prevé la participación de los vecinos en alguna etapa del proyecto para estimular conductas respetuosas del medio ambiente y la reducción de la generación de residuos en los hogares.
Si se consultará para la implementación del proyecto a las ONG ambientales de la zona que se encuentran trabajando en temáticas relacionadas con el mismo.-
Por último, que la Secretaría acompañe toda información relacionada que complete lo solicitado o que considere pertinente.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto encuentra su fundamento en la necesidad de conocer cuales han sido los avances por parte del gobierno provincial en todo lo relacionado con incentivar políticas respetuosas del ambiente, en esta ocasión con el tratamiento y disposición final de Residuos Sólidos Urbanos en un Sector importante del Departamento Calamuchita.
Los ciudadanos del departamento han hecho pública su preocupación por la falta de transparencia en el tratamiento del proyecto, surgido de una iniciativa privada, para construir en el paraje Cañada Grande en cercanías de San Ignacio, un vertedero controlado con planta de tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos por parte del gobierno provincial.
Estos pobladores desde el año 2001 vienen trabajando en el marco de la Asociación Civil Foro de los Ríos, buscando que cada comunidad de la zona adquiera mayor conciencia y compromiso para resolver el tratamiento de sus residuos.
Uno de los principales objetivos alcanzados fue que en esta microrregión no existen más basurales a cielo abierto activos, desde el año 2006.
Es por esto, que desde las comunidades de la zona afectada por el proyecto es unánime el rechazo de las iniciativas que desde el gobierno surjan para proyectos de características similares a los basurales a cielo abierto.
El artículo 66 de la constitución provincial prescribe con toda claridad: …“ Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna. El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia”.
El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones.”…
En la Constitución Provincial se expresa la voluntad de la sociedad, entonces es nuestra responsabilidad construir un desarrollo sustentable con previsión y planificación real de estas actividades que devendrán en un innegable avance económico para nuestro pueblo pero sin desconocer que también tiene la necesidad de poder seguir gozando de un ambiente sano.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que en el plazo de siete días, y a través de la Secretaría de Ambiente, informe sobre los siguientes interrogantes referidos al proyecto de vertedero controlado de Residuos Sólidos Urbanos en las cercanías de la Comuna de San Ignacio del Departamento Calamuchita de la Provincia de Córdoba:
Que la Secretaría informe, las características del proyecto diseñado para el tratamiento y disposición final de Residuos Sólidos previsto para la Comuna de San Ignacio y zona de influencia.-
Detalle el área afectada proyectada para el emprendimiento.-
Informe, las medidas de prevención previstas para evitar filtraciones de lixiviados característicos, que puedan afectar el recurso hídrico de la zona.
Detalle los avances del estudio de impacto ambiental correspondiente para este tipo de proyectos según prevé la Ley provincial 7343 y decreto reglamentario 2131.-
Detalle de los aspectos presupuestarios relacionados al proyecto, inversiones previstas, origen de los fondos, licitación o concurso de precios, etc.-
Informe, cuáles serán las acciones previstas para disminuir el impacto social negativo que causa un proyecto de esta envergadura, en los pobladores de las localidades de la zona aledaña al emprendimiento.
Si se prevé la participación de los vecinos en alguna etapa del proyecto para estimular conductas respetuosas del medio ambiente y la reducción de la generación de residuos en los hogares.
Si se consultará para la implementación del proyecto a las ONG ambientales de la zona que se encuentran trabajando en temáticas relacionadas con el mismo.-
Por último, que la Secretaría acompañe toda información relacionada que complete lo solicitado o que considere pertinente.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto encuentra su fundamento en la necesidad de conocer cuales han sido los avances por parte del gobierno provincial en todo lo relacionado con incentivar políticas respetuosas del ambiente, en esta ocasión con el tratamiento y disposición final de Residuos Sólidos Urbanos en un Sector importante del Departamento Calamuchita.
Los ciudadanos del departamento han hecho pública su preocupación por la falta de transparencia en el tratamiento del proyecto, surgido de una iniciativa privada, para construir en el paraje Cañada Grande en cercanías de San Ignacio, un vertedero controlado con planta de tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos por parte del gobierno provincial.
Estos pobladores desde el año 2001 vienen trabajando en el marco de la Asociación Civil Foro de los Ríos, buscando que cada comunidad de la zona adquiera mayor conciencia y compromiso para resolver el tratamiento de sus residuos.
Uno de los principales objetivos alcanzados fue que en esta microrregión no existen más basurales a cielo abierto activos, desde el año 2006.
Es por esto, que desde las comunidades de la zona afectada por el proyecto es unánime el rechazo de las iniciativas que desde el gobierno surjan para proyectos de características similares a los basurales a cielo abierto.
El artículo 66 de la constitución provincial prescribe con toda claridad: …“ Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna. El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia”.
El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones.”…
En la Constitución Provincial se expresa la voluntad de la sociedad, entonces es nuestra responsabilidad construir un desarrollo sustentable con previsión y planificación real de estas actividades que devendrán en un innegable avance económico para nuestro pueblo pero sin desconocer que también tiene la necesidad de poder seguir gozando de un ambiente sano.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
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La educación bajo la lupa
“La educación en la provincia de Córdoba” será el tema de la próxima conferencia organizada por el Centro de Estudios Córdoba a desarrollarse este jueves 24 de septiembre a las 18, en la Sala Protocolar del Palacio Legislativo (Dean Funes 94). La disertación estará a cargo del Secretario adjunto de la Unión de Educadores de la Provincia (UEPC), Juan Monserrat, y del secretyario General del gremio de los docentes particulares (SADOP), Mario Almirón.
En momentos en que la educación se encuentra en conflicto, el CEC la pone bajo la lupa. Que los actores directamente vinculados traten de explicar y entender lo que está sucediendo, que no solo afecta a quienes trabajan en la educación, sino a tantos niños y jóvenes inmersos en el proceso educativo.
Ésta será la última conferencia del ciclo que durante el mes de septiembre organizó el CEC, con el objetivo de ofrecer a los cordobeses una visión crítica sobre la realidad provincial. El Centro de Estudios, como se recordará, es dirigido por la Dra. Susana Parés, y coordinador por el Legislador Provincial Dante Rossi. La entrada es libre y gratuita.
En momentos en que la educación se encuentra en conflicto, el CEC la pone bajo la lupa. Que los actores directamente vinculados traten de explicar y entender lo que está sucediendo, que no solo afecta a quienes trabajan en la educación, sino a tantos niños y jóvenes inmersos en el proceso educativo.
Ésta será la última conferencia del ciclo que durante el mes de septiembre organizó el CEC, con el objetivo de ofrecer a los cordobeses una visión crítica sobre la realidad provincial. El Centro de Estudios, como se recordará, es dirigido por la Dra. Susana Parés, y coordinador por el Legislador Provincial Dante Rossi. La entrada es libre y gratuita.
lunes, 21 de septiembre de 2009
Rossi pide informes sobre gastos del Ministerio de Salud
Un call center se estaría
llevando $ 280.ooo por mes
Los anunciados call center para otorgar turnos en los hospitales públicos, estarían funcionando fuera el ámbito estatal, e insumiendo un dinero que la provincia no está en condiciones de pagar. Los datos recogidos por el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) dan cuenta que la Provincia estaría abonando a Best Call Argentina, que funciona en Av. Vélez Sarsfield 186, una suma cercana a los $ 180.000 por mes para que se recepten los llamados pidiendo turnos para 10 hospitales públicos, $ 50.000 para la recepción de llamadas al 136, y otros $ 50.000 más para receptar pedidos de carpetas médicas.
La información resulta a todas luces preocupante, por cuanto la provincia está atravesando serias dificultades económicas, y estaría pagando a su vez cifras exorbitantes por un servicio que debería prestar con sus propios recursos. De corroborarse estos datos, demostrarían el despilfarro que realiza el Ministerio de Salud, frente a la emergencia económica que afecta a la administración provincial.
El Legislador planteó sus inquietudes en un pedido de informes, pretendiendo en primera instancia que el Ejecutivo provincial confirme la contratación de un call center a los efectos de atender los asuntos antes mencionados. Que proporcione detalles tales como montos pagados y rubros a los que se asignaron, y reparticiones u hospitales a los que abarca. Asimismo, si la empresa contratada se encuentra legitimada a través de la respectiva licitación o qué mecanismo se empleó para asignarle la tarea, y cuál es el plazo de la contratación.
llevando $ 280.ooo por mes
Los anunciados call center para otorgar turnos en los hospitales públicos, estarían funcionando fuera el ámbito estatal, e insumiendo un dinero que la provincia no está en condiciones de pagar. Los datos recogidos por el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) dan cuenta que la Provincia estaría abonando a Best Call Argentina, que funciona en Av. Vélez Sarsfield 186, una suma cercana a los $ 180.000 por mes para que se recepten los llamados pidiendo turnos para 10 hospitales públicos, $ 50.000 para la recepción de llamadas al 136, y otros $ 50.000 más para receptar pedidos de carpetas médicas.
La información resulta a todas luces preocupante, por cuanto la provincia está atravesando serias dificultades económicas, y estaría pagando a su vez cifras exorbitantes por un servicio que debería prestar con sus propios recursos. De corroborarse estos datos, demostrarían el despilfarro que realiza el Ministerio de Salud, frente a la emergencia económica que afecta a la administración provincial.
El Legislador planteó sus inquietudes en un pedido de informes, pretendiendo en primera instancia que el Ejecutivo provincial confirme la contratación de un call center a los efectos de atender los asuntos antes mencionados. Que proporcione detalles tales como montos pagados y rubros a los que se asignaron, y reparticiones u hospitales a los que abarca. Asimismo, si la empresa contratada se encuentra legitimada a través de la respectiva licitación o qué mecanismo se empleó para asignarle la tarea, y cuál es el plazo de la contratación.
Proyecto de Ley: por el que crea el "Programa de Incentivo para la retención de vientres vacunos"
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Programa de Incentivo para la retención de vientres vacunos
Artículo 1º: Creación. Crease el “Programa de incentivo de retención de vientres vacunos”, en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba, con el objetivo de alcanzar un incremento sostenido del stock de ganado vacuno.-
Artículo 2º: Monto. Destinase la suma de Pesos Cincuenta millones ($ 50.000.000) del tesoro provincial, para la creación del fondo del “Programa de incentivo de retención de vientres vacunos”, con la finalidad de compensar los intereses de los créditos otorgados por el Banco de Córdoba a los establecimientos ganaderos, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley.-
Artículo 3º: Monto. Destinase la suma de Pesos Cincuenta millones ($ 50.000.000) del tesoro provincial, para la creación del “Programa de incentivo de retención de vientres vacunos”, con la finalidad del otorgamiento de créditos a valor producto, de hasta el 80 % del precio de referencia fijado por la autoridad de aplicación, otorgados por el Banco de Córdoba a los establecimientos ganaderos, correspondientes a propietarios y/o arrendatarios que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley.-
Artículo 4º: Monto. Destinase la suma de Pesos Cincuenta millones ($ 50.000.000) del tesoro provincial, para la creación del “Programa de incentivo de retención de vientres vacunos”, con la finalidad del otorgamiento de apoyo económico no reintegrable para la ejecución de plan o programa y otro que establezca la presente ley, otorgado a los productores ganaderos, correspondientes a propietarios y/o arrendatarios que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley.-
Artículo 5º: Autorización. Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a modificar las partidas presupuestarias necesarias para destinar los fondos establecidos en el artículo anterior, como así también destinar hasta un cincuenta por ciento (50%) más del monto establecido para la creación del fondo, para el caso de que la evaluación de la aplicación del programa así lo requiera.-
Artículo 6º: Instrumentación. Instrúyase al Banco de Córdoba para la implementación de líneas de crédito a los establecimientos ganaderos, correspondientes a propietarios y/o arrendatarios que adhieran al presente plan.-
Artículo 7º: Los titulares de planes de trabajo y proyectos de inversión podrán recibir los siguientes beneficios:
a) apoyo económico no reintegrable para la ejecución del plan o programa, variable por zona, tamaño de la explotación, tipo de plan o programa y actividad propuesta, según lo determine la autoridad de aplicación, y de acuerdo a la reglamentación de la presente ley.-
b) Financiación total o parcial para la formulación del plan de trabajo o proyecto de inversión.-
c) Subsidio total o parcial para el pago de un profesional de las ciencias agronómicas y/o veterinarias, para el asesoramiento en la formulación y ejecución del plan o proyecto propuesto.-
d) Subsidio total o parcial para cubrir los gastos necesarios para la capacitación del productor y de los empleados del establecimiento ganadero para ejecutar la propuesta.-
e) Subsidio a la tasa de interés de préstamos bancarios.-
f) Créditos valor producto para cubrir gastos necesarios de :
1- Implantación de pasturas.
2- Adquisición de forrajes.
3- Instalaciones y/o mejoras (corrales, aguadas, bretes, etc.)
4- Adquisición o reposición de reproductores machos.
Artículo 8º: Condiciones. Requiérase como condición para ser beneficiario del presente programa la elaboración de un plan o proyecto de retención de vientres vacunos, con una duración mínima de 8 años, con 3 años de gracia sin interés, con la proyección específica de logros a obtener en materia de vientres con la utilización de éste programa, el que deberá ser presentado y aprobado por el órgano de aplicación.- A tal efecto, y para establecer la retención de vientres motivo del crédito más el porcentaje de retención natural sobre el total de vientres del establecimiento, se fija el siguiente ejemplo:
- Sobre un establecimiento ganadero, del 100 % de sus vientres, se considera:
a) que 35 % corresponden a retención total.
b) Que 20 % corresponden a retención natural.
c) Que 15 % es la retención máxima del crédito a otorgar.
El productor afianzará el crédito con una prenda sobre los semovientes adquiridos, no pudiendo superar los doscientos (200) vientres por productor.-
Artículo 9º: Todos los productores ganaderos adheridos al presente programa gozarán de una reducción del 30 % de tributos provinciales durante la ejecución del programa.-
Artículo 10º: Autoridad de Aplicación. Será autoridad de aplicación la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.-
Artículo 11º: Junta de Calificación. Crease la Junta de Calificación de los créditos solicitados, con potestad de negociar los montos solicitados con aplicación del principio de equidad; la que se expedirá dentro de los quince días posteriores a la recepción de las carpetas de proyectos de plan o propuesta, la que estará integrada por dos funcionarios designados por el Sr. Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos, el Presidente de la Comisión de Agricultura, Ganadería y Recursos Renovables de la Legislatura Provincial y dos Legisladores Provinciales, elegidos por los bloques parlamentarios pertenecientes a la primera y segunda minoría de la Unicameral.- La autorización definitiva deberá ser aprobada por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.-
Artículo 12º: De forma.-
FUNDAMENTOS:
Sr. Presidente:
Según datos conocidos, un año después de derogada la Resolución 125, la Argentina perdió más de un millón de vientres bovinos.- Los rodeos bovinos han sufrido un recorte de más de un millón de fábricas de terneros.-
Si bien es cierto que la producción de carne se incrementó, no es menos cierto que fue a costa de la liquidación de vientres, la más grande que recuerde nuestro país: es más del 45 % en el total diario de la oferta.- Con estos datos, se hará inevitable la importación en 2011.-
El objetivo del presente proyecto de ley es la de otorgar un sinnúmero de beneficios tendientes a incentivas a los productores de ganado vacuno, a los efectos de que retengan vientres, a los efectos de lograr un aumento del stock ganadero de la Provincia.-
Las políticas llevadas a cabo en la Nación sólo auguran revanchismo contra los hombres de campo, y las respuestas no pueden hacerse esperar.-
Es por ello que, Córdoba necesita dar el ejemplo, el paso adelantado, para evitar que se produzcan los efectos mencionados precedentemente.-
La prohibición de faena de vacunos con menos de 300 kg., dispuesta por el Gobierno Nacional a través de la resolución Ministerial Nº 175/06, puede tener una intención loable, pero lo dispone sin consenso, sin diálogo, de la noche a la mañana, sin un programa a mediano y largo plazo, por lo que, sus resultados no son los esperados.-
De cumplirse estos objetivos, habrá un beneficio para toda la economía cordobesa, consecuencia directa del incremento de la hacienda vacuna, su industrialización y la comercialización interna y externa.-
Son éstas las razones, y las que se darán al momento del tratamiento del presente proyecto de ley, las que aconsejan su inmediata aprobación.-
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Proyecto de Resolución: pedido de informe sobre disitntos interrogantes destinados al Ministerio de Salud
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que informe a través del Ministerio de Salud y en el plazo de siete (7) días, sobre los siguientes puntos:
1- Si se ha contratado un call center a los efectos de atender los pedidos de turnos en los hospitales públicos, los requerimientos de carpetas médicas por parte de los agentes estatales, y el servicio 136, y para el caso afirmativo, lugar donde funciona y sobre quien ha recaído la prestación del servicio;
2- Cuál es el monto que la Provincia abonó en los meses de julio, agosto y setiembre al call center mencionado supra, diferenciando los montos de los tres rubros referenciados en el punto anterior;
3- Cantidad de hospitales que abarca el servicio descripto para el pedido de turnos y si se tiene pensado incorporar más instituciones;
4- Si la empresa autorizada para el funcionamiento del call center se encuentra legitimada a través de la respectiva licitación, o si el plazo de la misma se encuentra vencido.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto tiene por objeto obtener información respecto a los pagos que el Ministerio de Salud de la Provincia realiza a un call center en concepto de recepción de llamadas para otorgar turnos en hospitales públicos, el servicio 136 y los pedidos de carpetas médicas que efectúan los agentes públicos.-
Atento datos recogidos, la Provincia estaría abonando a Best Call Argentina, que funciona en Avda. Vélez Sarsfield 186, una suma cercana a los $ 180.000 por mes para que se recepten los llamados pidiendo turnos para 10 hospitales públicos, $ 50.000 para la recepción de llamadas al 136, y más de $ 50.000 para receptar pedidos de carpetas médicas.-
De corroborarse estos datos, demostraría el despilfarro que realiza el Ministerio de Salud, frente a la emergencia económica que afecta a la administración provincial.-
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
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Proyectos Presentados,
Salud
Graves denuncias sobre la situación en Lucio V Mansilla
La cantidad de denuncias que recogió el Legislador Provincial Dante Rossi (UCR) en la visita que realizó ayer a Lucio V. Mansilla lo llevó a presentar un pedido de informes para tratar de entender lo que está sucediendo en esa localidad del norte cordobés. La administración municipal estaría presentando un sinnúmero de irregularidades, tanto con fondos propios cuanto con envíos de la Provincia y la Nación.
Entre otras cosas que se denuncian, se cree que dinero enviado por la Provincia y la Nación para realizar viviendas y otras obras públicas, no habría llegado a plasmarse en obras ni reportado ningún tipo de beneficio para la zona y sus pobladores.
Según información obtenida en su recorrida por Lucio V Mansilla, el sr. Intendente Municipal Oscar del Valle Alvarracín, estaría realizando un manejo discrecional de los fondos públicos, desconociendo al Tribunal de Cuentas y hasta habría librando cheques sin fondos del Banco de Córdoba.
Esta actitud personalista y contraria de derecho de manejar la cosa pública, se habría visto reflejada también en la decisión de cambiar de sede al Registro Civil, dejando el edificio municipal para pasar a un domicilio particular. También se habla de la designación como director del Hospital Municipal a una persona con residencia en otra provincia, sin mencionar el monto que percibe el profesional. Se mencionan además excesivos gastos de representación y de movilidad, entre otras cosas.
Considera el Legislador que es su obligación como tal requerir informes respecto a estas cuestiones, que hacen a la transparencia en el manejo de los fondos públicos.-
Entre otras cosas que se denuncian, se cree que dinero enviado por la Provincia y la Nación para realizar viviendas y otras obras públicas, no habría llegado a plasmarse en obras ni reportado ningún tipo de beneficio para la zona y sus pobladores.
Según información obtenida en su recorrida por Lucio V Mansilla, el sr. Intendente Municipal Oscar del Valle Alvarracín, estaría realizando un manejo discrecional de los fondos públicos, desconociendo al Tribunal de Cuentas y hasta habría librando cheques sin fondos del Banco de Córdoba.
Esta actitud personalista y contraria de derecho de manejar la cosa pública, se habría visto reflejada también en la decisión de cambiar de sede al Registro Civil, dejando el edificio municipal para pasar a un domicilio particular. También se habla de la designación como director del Hospital Municipal a una persona con residencia en otra provincia, sin mencionar el monto que percibe el profesional. Se mencionan además excesivos gastos de representación y de movilidad, entre otras cosas.
Considera el Legislador que es su obligación como tal requerir informes respecto a estas cuestiones, que hacen a la transparencia en el manejo de los fondos públicos.-
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