martes, 24 de febrero de 2009

Proyecto Resolución: informe sobre distintos interrogantes relacionados a la posible enajenación de un inmueble ubicado en San Francisco del Chañar

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través de la repartición que corresponda, sobre distintos interrogantes relacionados a la posible enajenación de un inmueble ubicado en San Francisco del Chañar (Departamento Sobremonte), dirección El Pantano (ZR), de 926 has. 5321, matrícula 696.853, de acuerdo a lo dispuesto mediante Ley 9593, en el Anexo I:




1- Si dentro del predio mencionado funciona el Geriátrico Dr. J. J. Puentes.-
2- Cantidad de empleados que se desempeñan en el mismo.-
3- Cantidad de personas alojadas a la fecha.-
4- Si tiene conocimiento que el Geriátrico se autoabastece de leche y carne a través de las actividades vinculadas al campo que lo circunda.-
5- Si la venta dispuesta del inmueble citado implica el cierre del establecimiento; y para el caso afirmativo, que sucederá con los empleados y alojados.-
6- Toda otra información que crea relevante.-



FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
La Unión Cívica Radical, y en particular, sus Legisladores Provinciales, nos hemos opuesto decididamente a la venta de los activos públicos, entendiendo que constituye un grave acto de gobierno, y que se enmarca en la política seguida por el Dr. Schiaretti, de dilapidación del patrimonio.-
En el caso que nos ocupa es más grave aún.- Los vecinos de San Francisco del Chañar y zona aledaña se encuentran seriamente preocupados.-
En el inmueble que se pretende vender, funciona el Geriátrico J.J. Puentes, que tiene cerca de 90 empleados, y alberga a más de ciento setenta personas (con una capacidad ociosa importante), cumpliendo de manera solvente con una relevante función social.-
La institución en cuestión se autoabastecería en carne y leche, a través de las actividades vinculadas al campo que lo circunda, lo que habla a las claras de la más aún gravitante tarea cumplida.-
Si la venta del patrimonio sin destino determinado es grave, más aún lo es el cierre de un establecimiento de este tipo, con el temor de los empleados por la desaparición de la fuente de trabajo; de los alojados y sus familias; y por supuesto, de la comunidad toda.-
Por estos motivos, y los que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, es que solicitamos el acompañamiento de todos los Señores Legisladores.-


19 de Febrero. La Mañana de Córdoba


18 de febrero. La Voz del Interior


viernes, 20 de febrero de 2009

Proyecto de Ley: Incorporación del Art. 106 bis a la Ley 8836

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY




Artículo 1º: Incorpórese a la Ley 8836 con sus modificatorias, como Artículo 106 bis, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 106 bis: LA CORPORACIÓN INMOBILIARIA CÓRDOBA S.A. deberá excluir de los procedimientos establecidos en el artículo anterior, a todos aquellos oferente, sean personas físicas o jurídicas, que cuente con condena o causas abiertas en la justicia penal, promovidas por denuncias de la Auditoría General de la Nación, o por cualquier organismo de control con carácter oficial.”.-
Artículo 2º: De forma.-

FUNDAMENTOS:
Sr. Presidente:
En los últimos tiempos, esta Legislatura Provincial, ha dado aprobación a sendos proyectos de ley que tienen su origen en el Poder Ejecutivo. En función de la presente iniciativa, nos interesa particularmente la sanción de las leyes número 9557 y 9593, las que han sido dirigidas a complementar el capítulo referido a la Corporación Inmobiliaria Córdoba S.A., creado por la Ley 8836.
Cabe resaltar la soledad del oficialismo parlamentario en la aprobación de dichas iniciativas, pues quienes han sido ubicados en el rol de oposición por el voto popular, hemos estado en contra, básica y fundamentalmente, de la política de enajenación del patrimonio y bienes privados del Estado.
Aún conservando esta posición de fondo, pues entendemos que tal decisión implicaría una denodada búsqueda de ideas comunes a todas las fuerzas políticas y la sociedad en general, es que ante tal avance, queda latente la imperiosa necesidad de control de las acciones que se llevan adelante a través de la normativa citada.
Hemos advertido que no es suficiente, sino más aún una burla, la creación de una comisión parlamentaria en la que, justamente, el oficialismo cuenta con quórum propio.
Pero además de lo apuntado hasta aquí, se va generando un tufillo raro en torno a los posibles actores y oferentes que participarían en los procedimientos establecidos por ley. No se trata de una simple sospecha, pues en muchos casos, los organismos de control oficial, han puesto el resalto en serias irregularidades producidas durante los mecanismos licitatorios públicos. Muchas de estas sospechas fundadas en formales investigaciones, alcanzan a sujetos económicos que también suenan en los futuros posibles procedimientos cordobeses.
Así de esta manera hoy se conoce la tendencia del Gobierno Federal, de restringir los poderes de investigación de estos organismos.
En cualquier país y provincia serios, los poderes de control tienen las mayores atribuciones, pues la transparencia, es una necesidad no solo de la oposición y la sociedad, sino del propio gobernante. En nuestro país y nuestra provincia no está sucediendo lo mismo. Basta con ver la conformación del ERSEP, la limitación legal del Defensor del Pueblo, la desaparición del Fiscal Anti Corrupción, etc.
También es destacar que debido a la crisis financiera provincial, el gobierno, en franca continuidad con su antecesor, hecha mano a la venta de activos para afrontar sus obligaciones, la prueba, el Art. 108 de la ley citada, el Art. 3º de la ley 9593.
Conjugando estos datos que son parte de la realidad objetiva del país y la provincia, es que se deben extremar las medidas de control, y es en ese sentido exigido por la necesidad de transparencia, que las empresas o personas físicas con causas iniciadas por organismos oficiales, deben quedar excluidas de los procedimientos establecidos en las leyes referenciadas.
Por estos motivos, a más de los que se aportarán en oportunidad de su tratamiento, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.-



Pedido de Informe: sobre distintos interrogantes relacionados a la posible realización de un puente sobre el Río Los Rearte

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:



Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sobre distintos interrogantes relacionados a la posible realización de un puente sobre el Río Los Rearte a la altura de la Localidad de Intiyaco:

1- Si existe un proyecto que prevea la construcción de un puente sobre el Río Los Reartes a la altura de la Localidad de Intiyaco.-
2- Cuales serían las características del mismo.-
3- Si es cierto que una comisión de Ingenieros de Vuestra repartición, conjuntamente con funcionarios del Banco Mundial estuvieron haciendo evaluaciones de viabilidad en la zona referida.-
4- Si se cuenta con el costo estimado de para dicha construcción.-
5- De donde saldrán los fondos para la evaluación, creación y ejecución de dicho proyecto; si se está pensando en tomar créditos para ello y de ser así, con qué organismo.-
6- Si se cuenta con una evaluación del impacto ambiental que produciría dicho proyecto y ejecución.-
7- Toda otra información que crea relevante.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Una preocupación surgida de los vecinos de las localidades de La Cumbrecita, Villa Berna e Intiyaco, del Departamento Calamuchita de nuestra provincia, está concentrada en la sonada realización de un puente sobre el Río Los Reartes a la altura de la última localidad nombrada.
El hasta ahora silencio que acompaña a dicho proyecto, no produce efectos positivos entre los vecinos de la región, que como todos los ciudadanos, tienen y tenemos el derecho a participar en la toma de decisiones, como ésta, trascendentes para el futuro común.
Los interrogantes están planteados en la parte dispositiva del presente pedido de informes, y vale la pena insistir en dos cuestiones fundamentales; por un lado, el impacto ambiental que producirá dicha obra, lo que no es menor en ningún caso, pero más teniendo en cuenta que se trata de una de las reservas más importantes de la provincia, en lo que se asienta su atractivo turístico sin dudas.
Por otro lado está la situación financiera. A nadie escapa ya la gravedad de la deuda y las finanzas provinciales, razón por la que al momento de posibles toma de créditos, la evaluación debe hacerse con el especial recelo de no seguir embargando el futuro y la viabilidad económica de la provincia.
Por estos motivos, y los que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, es que solicitamos el acompañamiento de todos los Señores Legisladores.-



Pedido de Informe sobre distintos interrogantes relacionados al programa ESI Educación Sexual Integral

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:




Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Educación, sobre distintos interrogantes relacionados al programa ESI Educación Sexual Integral:

1- Si se han creado los foros regionales, interinstitucionales y comunitarios.
2- Si se han realizado talleres de formación, capacitación y asesoramiento.
3- Si han recibido demanda de parte de las escuelas, de qué tipo y si han podido dar respuesta.
4- Si elaboraron material bibliográfico y didáctico. De tal existencia, explicación de la conformación de los mismos.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El presente pedido de informes tiene por objeto conocer si las escuelas están siendo asistidas en materia de educación sexual. Si el Programa Nacional ESI “Educación Sexual Integral”, creado a partir de la Ley Nacional Nº 26.150, se está garantizando en las instituciones educativas de nuestra provincia, teniendo en cuenta el compromiso asumido y plasmado en el documento base “Educación Sexual Integral 2008”, por el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba.

La educación sexual fundada en el principio de valorarse, cuidarse y valorar al otro, promueve la buena convivencia, el cuidado de la salud, y se valora así la vida humana. Por lo tanto es necesario para brindar información y formar a los jóvenes que los docentes e instituciones cuenten con todas las herramientas necesarias y así también prevenir emberazos adolescentes, enfermedades de transmisión sexual, etc.

La escuela actualmente recibe muchas exigencias de parte de la sociedad y a su vez en su medio presenta una diversidad de problemáticas para los cuales, muchas veces no cuenta con los medios para dar respuesta e intentar resolverlas, y si existen posibles soluciones como las que presenta el programa “ESI”, lo importante es conocer si se llevan a cabo tales acciones en todas las escuelas, de manera equitativa, como lo afirma el Art. 1 de la ley Nº 26.150 (Programa Nacional de Educación Sexual Integral):
“Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y privada de las jurisdicciones Nacional, Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipal”.
Y por último es importante dar respuesta a la necesidad de capacitación y actualización permanente que los mismos docentes reclaman, y que el Ministerio de Educación se compromete en garantizar en el documento base ya citado.
Es por estas razones y las que se darán al momento de su tratamiento que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-







Pedido de Informe sobre distintos interrogantes relacionados al funcionamiento de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:




Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, artículo 102 de la Constitución Provincial, en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, sobre distintos interrogantes relacionados al funcionamiento de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.PR.E.T.I.):

1- Autoridades, organismos y empresas que la conforman.-
2- Si está en funcionamiento, lugar, teléfono y medios de contacto.-
3- Si están realizando campañas de difusión de la problemática del trabajo infantil, de que tipo y a través de que medios.-
4- Si están realizando acciones para la capacitación de los agentes intervinientes, de que tipo, materiales que utilizan, modalidad y fechas.-
5- Si han elaborado censos, estadísticas, “mapa crítico” de la situación, porcentaje aproximado que afecta a la provincia y zonas más afectadas.-
6- Si tienen elaborado un cronograma de acción para el corriente año, informe en detalle.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Debido a la preocupante situación en la que se encuentra la Provincia de Córdoba, de acuerdo a encuestas o estudios, publicados por diarios locales, informaron que Córdoba lidera el ranking nacional en Trabajo Infantil, “el 8,4% de los niños y el 30% de los adolescentes, el 50% de los jóvenes no van a la escuela” (Fuente la Voz del Interior “Córdoba tiene 104 mil chicos que trabajan”. 16/12/2008) Teniendo en cuenta que la encuesta que arrojó estos lamentables números, fue realizada en el año 2006, si consideramos además la actual crisis, es de suponer que los porcentajes antes citados deben haber aumentado gravemente. Por lo tanto la situación merece que el Gobierno actúe de manera urgente.
El trabajo infantil es consecuencia de políticas de gobiernos ineficaces, de una falta de responsabilidad por parte de los actores sociales, que debe ser revertida, penalizada. Los padres/ tutores, les corresponden obtener salarios dignos, “no asistencialismo, sí fuentes de trabajo”, para que no exista el trabajo infantil, éste entre otros factores favorece al mal rendimiento escolar, a la deserción y por lo tanto al fracaso escolar. Por derecho los niños deben asistir a la escuela.
Se informó a la ciudadanía la creación de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (CO.PR.E.T.I.), por decreto del Gobernador Juan Shiaretti el 12 de junio del año 2008, la misma conformaría la red de comisiones provinciales, impulsada su creación en el marco del convenio entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) y el Consejo Federal del Trabajo. CONAETI fue creada por Decreto el 25 de Agosto del año 2000, tuvieron que pasar ocho años, para que Córdoba empezara a organizarse. Lo preocupante es que la web oficial del CONAETI , informa que la Provincia de Córdoba se encuentra aún, en proceso de formación, el objetivo central del presente proyecto es saber si está en funcionamiento la Comisión Provincial y que acciones está realizando.
Es momento de concretar y llevar a cabo acciones de importante índole, que como ya expresé, el asistencialismo no es el mejor recurso, no educa, acostumbra, no es digno, no construye ni una provincia, ni mucho menos una nación.
Por todas estas razones y las que se darán al momento de su tratamiento, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-


Foro CEC

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