martes, 12 de octubre de 2010

Proyecto de Ley: por el cual intenta una cesión a favor de lo Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1. DISPONER la cesión de la titularidad del inmueble sito en la Ciudad de Córdoba, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula Folio Real N° 57.532 Capital (11) a favor de la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda; cuya titularidad es del Gobierno de la Provincia de Córdoba.-
Artículo 2. EL inmueble cedido por la presente Ley será destinado a la construcción de viviendas sociales, no pudiendo darse otro destino al mismo.-
Artículo 3. CREASE una cuenta específica en el Banco de Córdoba, dependiente del Ministerio de Finanzas, a los efectos que en el plazo de tres meses de realizada la tasación pertinente, la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda integre el monto fijado para la expropiación dispuesta mediante Ley 9470.-
Artículo 4. CUMPLIMENTADO lo prescripto por el artículo 3 de la presente Ley, en el plazo de dos (2) meses se procederá a la cesión que dispone el ordenamiento legal.-
Artículo 5. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
El Gobierno de la Provincia de Córdoba es el titular del inmueble inscripto en el Registro General bajo la Matrícula Folio Real 57.532 Capital (11), Nomenclatura Catastral 11-01-01-08-11-038-001-000 y número de cuenta tributaria 11-01-0038375-6, el que se encuentra destinado a la ejecución de obras de viviendas dentro del marco del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas “Hogar Clase Media”.-
El presente proyecto intenta una cesión a favor de la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda, previendo la creación de una cuenta de afectación específica en el ámbito del Ministerio de Finanzas.-
Esta solución se ampara o tiene su fundamento en la normativa constitucional que determina como derecho el acceso a una vivienda digna.-
De esta manera se soluciona un problema como la falta de vivienda. La Asociación mencionada reúne en su seno a 484 familias, todas beneficiarias del Plan Hogar Clase Media, cuyo objeto social es la construcción de viviendas para sus socios.-
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Ley, es que solicitamos a nuestros pares de la aprobación del mismo.

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