jueves, 14 de octubre de 2010

Proyecto de Ley: establece disponer la cesión de la titularidad de un inmueble para la creación viviendas sociales.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1. DISPONER la cesión de la titularidad del inmueble sito en la Ciudad de Córdoba, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula Folio Real N° 718.752 Capital (11) a favor de la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda; el que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación mediante la Ley 9470.-
Artículo 2. EL inmueble cedido por la presente Ley será destinado a la construcción de viviendas sociales, no pudiendo darse otro destino al mismo.-
Artículo 3. CREASE una cuenta específica en el Banco de Córdoba, dependiente del Ministerio de Finanzas, a los efectos que en el plazo de tres meses de realizada la tasación pertinente, la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda integre el monto fijado para la expropiación dispuesta mediante Ley 9470.-
Artículo 4. CUMPLIMENTADO lo prescripto por el artículo 3 de la presente Ley, en el plazo de dos (2) meses se procederá a la cesión que dispone el ordenamiento legal.-
Artículo 5. COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
La ley 9470 declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación para ser destinado a la ejecución de obras de viviendas dentro del marco del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas “Hogar Clase Media” el inmueble sito en la Ciudad de Córdoba, inscripto en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula Folio Real 718.752 Capital (11)
El presente proyecto intenta una cesión a favor de la Asociación Civil de Beneficiarios y Adjudicatarios de Planes de Vivienda, previendo la creación de una cuenta de afectación específica en el ámbito del Ministerio de Finanzas.-
Esta solución se ampara o tiene su fundamento en la normativa constitucional que determina como derecho el acceso a una vivienda digna.-
De esta manera se soluciona un problema como la falta de vivienda. La Asociación mencionada reúne en su seno a 484 familias, todas beneficiarias del Plan Hogar Clase Media, cuyo objeto social es la construcción de viviendas para sus socios.-
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Ley, es que solicitamos a nuestros pares de la aprobación del mismo.


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