LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitucional Provincial, para que en el plazo de siete (7) días, y a través de los organismos correspondientes, informe los siguientes puntos:
1- Especifique la totalidad de acciones llevadas a cabo durante el año 2008, en cumplimiento de los objetivos propuestos para el Programa Provincial de Asistencia, según lo prescripto por el artículo 3º de la ley 9142;
2- Determine la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de los años 2008 y 2009, asignada para la compra de alimentos libres de gluten, para atender las necesidades de los enfermos celíacos carenciados o que tienen por otras causas dificultades para conseguirlos. Asimismo informe sobre metodología utilizada a los fines de su distribución. En el caso del año 2008, informe su ejecución.-
3- Establezca de manera precisa, aclarando la metodología utilizada a los fines de la recolección de datos, cantidad de personas con diagnóstico de celíacos, según edades, sexo y lugar de residencia que se encuentran incorporadas al Registro Provincial creado por el artículo 4 de la Ley 9142;
4- En virtud de la existencia del Registro Provincial de Celíacos, informe la periodicidad adoptada a los fines de la realización del censo previsto en la ley citada, detallando metodología utilizada para la recolección de datos;
5- Atento las prescripciones de los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 9142, informe cuales han sido las acciones tendientes a controlar su cumplimiento, autoridades competentes para ello y sanciones impuestas, si correspondieren.-
6- Determine qué acciones se han llevado a cabo durante el año 2008 tendientes a la recolección de datos e información, en Colegios, Guarderías infantiles, geriátricos, cárceles, y comedores escolares sean éstos públicos y/o privados, a los fines de detectar la existencia de enfermos celíacos.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Ley 9.142, crea el “Programa provincial de asistencia y apoyo a pacientes celíacos y portadores de intolerancias alimenticias permanentes”, siendo eco del reclamo de miles de personas que de manera cotidiana se enfrentan con el desafío de ser celíacos.
Sin duda alguna, los objetivos propuestos por la ley citada conllevan la idea de mejorar la calidad de vida de aquellas personas que por su condición requieren de una dieta estricta y generalmente más onerosa, comparativamente al resto de los productos alimenticios.
Debemos destacar entre los objetivos de la ley, la creación de un Registro Provincial de Celíacos, que facilite el acceso a los medicamentos específicos, entre otros beneficios, lo que sin dudas facilitará la creación de indicadores estadísticos sobre la cantidad de personas celíacas.-
Observamos cómo, de la letra y espíritu generoso de la citada normativa, al menos teóricamente, nuestra provincia avanza de manear efectiva en la prevención y atención de la celiaquía, enfermedad genética, caracterizada por la intolerancia permanente, total y absoluta, a la gliadina, proteína contenida en el gluten de cereales que son constituyentes habituales de la dieta en nuestro país, tales como el trigo, la cebada y el centeno.
La República Argentina cuenta aproximadamente con 400.000 celíacos, siendo diagnosticadas solo 25.000, cifras que muestran a las claras la falta de políticas de diagnóstico precoz de la enfermedad.-
Lamentablemente el único y posible tratamiento de los enfermos celíacos es una dieta estricta y de por vida sin T.A.C.C. (sin trigo, avena, cebada, centeno), lo que conlleva de por sí, a un cambio de hábitos en la población, además de una mayor erogación para su cumplimiento.
La necesidad de avanzar en un plan efectivo de detección temprana de la enfermedad, su seguimiento y el control necesario respecto de la alimentación deben convertirse en materia obligada a la hora de formular una política pública eficaz.
Es sin dudas nuestra intención conocer las medidas y acciones llevadas a cabo desde la Autoridad de Aplicación, de un programa que denota la preocupación en el tema que nos ocupa, máxime en días previos a la celebración del Día Internacional del Enfermo Celíaco, fecha en la cual se pone de manifiesto la existencia las necesidades acuciantes de personas que por su condición sufren todo tipo de discriminación, o falta de atención en sus necesidades básicas alimenticias.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
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