viernes, 29 de mayo de 2009

Proyecto de Ley: por el cual se crea el Programa de Revalorización Histórico- Cultural y de Promoción Turística.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY



Artículo 1.- Créase el Programa de Revalorización Histórico –Cultural y de Promoción Turística para aquellas localidades cuya población no supere los dos mil habitantes en el ámbito de la Provincia de Córdoba.-


Artículo 2.- El Programa tiene por objeto la realización de acciones y medidas tendientes a revalorizar y puesta en valor de aspectos históricos, culturales y turísticos, con la finalidad de generar alternativas de crecimiento sustentable y sostenido.

Artículo 3: La autoridad de aplicación de la presente Ley, es el Ministerio de Gobierno o el que en el futuro lo reemplace, quien actuará coordinadamente con las áreas establecidas en el artículo 4 de la presente Ley, a los fines de llevar adelante los objetivos propuestos.

Artículo 4.- La presente Ley tendrá como órganos de elaboración
y ejecución del programa a los Ministerios de Educación y de Obras
y Servicios Públicos; la Agencia Córdoba Turismo, y la
Junta Provincial de Historia de la Provincia. Los Municipios de la
Región podrán convenir su participación y/o adhesión a la presente
Ley.

Artículo 5.- A los fines de implementar los objetivos propuestos en el Artículo 2, créase una Comisión integrada con representantes de los organismos que se mencionan, y de un representante elegido por cada una de las Comunidades Regionales creadas por Ley 9206, la que actuará bajo la coordinación de la Autoridad de Aplicación.-

Articulo 6.- La Comisión Revalorización de Pueblos tendrá entre sus funciones:
a- Confeccionar un libro, acompañado de un DVD, que registre a manera de crónica la situación patrimonial de los pueblos en desaparición de la región y tradiciones, costumbres, anécdotas y hechos célebres, rostros y situaciones que, de otra manera, corren el riesgo de perderse en el tiempo;
b- Fomentar la distribución del material en establecimientos educativos, bibliotecas, medios masivos de comunicación, entidades sin fines de lucro, empresas, instituciones filantrópicas y entes turísticos;
c- Implementar los Circuitos Regionales de Integración, con medidas y acciones que garanticen la puesta en valor de las localidades detectadas en el artículo 1 de la presente Ley, y su integración,
d- Relevar el patrimonio natural y arquitectónico que requiera de restauración, proponiendo plan para llevar adelante;
e- Diagramar un circuito turístico- cultural que permita la integración de las localidades que forman parte del Circuito Regional de Integración;
f- Implementar aquellas estrategias participativas que integran todos los aspectos del desarrollo turístico incluyendo los recursos humanos, medioambientales y socioculturales;
g- Relevar el pasado histórico, el proceso de urbanización, caracterización geográfica del territorio y caracterización turística del mismo.-

Artículo 7.- Los resultados arribados por la Comisión serán elevados en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de la presente Ley, a los fines de que la autoridad de aplicación instrumente y arbitre los mecanismos a los fines de la implementación de medidas conducentes a la realización de los objetivos propuestos en la presente Ley.-

Artículo 8: Los gastos que demande el cumplimiento de la
presente Ley, serán atendidos con partidas y/o reconducción de las mismas que a tal fin establezca el Poder Ejecutivo Provincial.-

Artículo 9.- De Forma.-

FUNDAMENTOS:

El presente proyecto tiene como base el trabajo titulado “Haciendo Cosas- Pueblos rurales en riesgo de desaparición”, realizado por el Sr. Marcelo Pisarro, que se adjunta como anexo.-
En la República Argentina, el 40% de los pueblos rurales está en riesgo de desaparición. Y una buena cantidad de ellos, en riesgo inmediato. Las estaciones ferroviarias no reciben un tren desde hace décadas, las fábricas cierran, los caminos se llenan de polvo, los negocios se clausuran, las casas se abandonan, los jóvenes migran para estudiar o trabajar, los viejos mueren. El pueblo desaparece. Primero del mapa, luego del territorio. Por fin, de la memoria.

Si tomamos como antecedente el Censo Nacional de 2001, así como también distintos relevamientos independientes más recientes, en Argentina existen 602 pueblos de menos de 2000 habitantes en alto riesgo de desaparición, 128 pueblos que crecieron menos de un 10% y 90 pueblos que ya desaparecieron. De esos 602 pueblos en alto riesgo de desaparecer, 80 están emplazados en la Provincia de Córdoba.-

En los últimos años han surgido variadas alternativas para paliar o revertir este problema. Proyectadas y ejecutadas por organizaciones civiles o dependencias gubernamentales, una buena parte de estos emprendimientos buscan articular el turismo especializado como una de las opciones productivas primarias de estos pueblos. Convertir estaciones de tren en centros culturales, máquinas agrícolas en piezas de museos rurales, viejas casonas de familia en alojo de bed & breakfeast. Todo esto, esperan, atraerá visitantes y reconstituirá el tejido social.

Los resultados han sido ambivalentes. En algunos casos funcionó, en muchos otros no. Sin embargo, la misma dinámica de búsqueda de financiamiento, la necesidad de aplicación de estos proyectos en otras localidades, desdibujaron los intentos fallidos y exaltaron los beneficios. El turismo especializado acabó convertido en un último manotazo de ahogado, una suerte de salvoconducto: cuando todo lo demás falle, siempre habrá turistas.

Empíricamente, no todos los pueblos presentados como destinos de turismo rural o cultural han podido acoplarse a las demandas de mercado o crear las ofertas necesarias para hacerlo. El turismo no siempre tuvo el milagroso efecto esperado. Y ese debería ser el punto de partida de cualquier proyecto.

El proyecto Haciendo cosas tiene dos etapas. La primera etapa se enmarca en un plan editorial de orientación turístico-testimonial; la segunda etapa propone las alternativas para la concreción de un programa de integración regional en base al trabajo de campo realizado en la primera etapa.

Primera etapa
Sostener que el turismo no es la única fuente de reactivación de un pueblo con alto riesgo de desaparición no implica minimizar los procesos que esta actividad es capaz de instituir o potenciar. Por lo demás, aplicar proyectos turísticos en pueblos en vías de desaparición no resulta una tarea sencilla. Se ha visto que muchas organizaciones, tras no obtener la respuesta o efecto imaginado, han manifestado que las personas de ese pueblo “no quieren progresar” o “no quieren crecer”. Pero nunca, o casi nunca, se cuestionaron las estrategias productivas propuestas.

Lo que se pasa por alto, ante todo, es el aspecto fuertemente etnocéntrico que tienen muchos de estos proyectos: buena parte del plan estratégico consiste en aplicar un nuevo modelo de organización económica, política y social ―basado en un sector de servicios y concebido en grandes centros urbanos― sobre la vida cotidiana de comunidades rurales que crecieron y se fortalecieron a la sombra de la actividad primaria: el ferrocarril, la fábrica, el campo.

Por meras razones operativas ―búsqueda de nuevos fondos, prestigio académico, reconocimiento social― se soslaya una variable importante: que el proyecto turístico que se arroja sobre un pueblo en desaparición, acaso, fracase.

Esta etapa del trabajo tiene pues dos objetivos preliminares: el primero es colaborar con los proyectos ya en marcha de difusión turística de estos pueblos relegados y, a la vez, resguardar su patrimonio cultural e histórico para las generaciones futuras; el segundo, cosechar la suficiente información para la construcción de Circuitos Regionales de Integración (CRI), novedoso sistema de interrelación regional sostenido en estrategias productivas conocidas por los pobladores, aunque mejor articuladas al poner el foco organizativo no en un pueblo sino en un circuito de pueblos interconectados.

Se propone para esta primera etapa la confección de un libro, acompañado de un DVD, que registre a manera de crónica la situación patrimonial de los pueblos en desaparición de la región. Tradiciones, costumbres, anécdotas y hechos célebres, rostros y situaciones que, de otra manera, corren el riesgo de perderse en el tiempo.

Este libro se distribuirá en establecimientos educativos, bibliotecas, medios masivos de comunicación, entidades sin fines de lucro, empresas, instituciones filantrópicas y entes turísticos. Su objetivo será, nuevamente, de doble carril: por un lado, promover estos lugares alternativos como destinos turísticos (rurales, culturales, religiosos, antropológicos, históricos, etc.), mostrar realidades desconocidas, alertar sobre el fenómeno de la desaparición de pueblos y promover el espíritu colaborativo de la comunidad; por el otro, salvaguardar la memoria, la riqueza histórica y cultural de comunidades que ―con el frío de las estadísticas en mano― puede que no sobrevivan en las próximas décadas.
El esfuerzo se pone en la reactivación productiva de estos pueblos; en caso de que los esfuerzos resulten insuficientes, o en caso de que la reactivación misma lleve a una transformación radical en el modo de vida tradicional de la comunidad, los textos e imágenes contenidos en el volumen funcionarán como reservorio patrimonial de la población.
De sus sueños y de su identidad.

Segunda etapa
La segunda etapa consiste en la constitución, tras el relevamiento patrimonial y poblacional realizado en la primera etapa, de Circuitos Regionales de Integración (CRI).
La mayor parte de los proyectos realizados en pueblos en vías de desaparición ponen su eje en el desarrollo de una única comunidad (tómese como ejemplo las recientes obras inauguradas en Chilibroste, en el Partido de Unión, bajo responsabilidad de la ONG Responde). Convierten un edificio en desuso en un centro cultural donde no faltan una biblioteca y una conexión a Internet. Cuatro o cinco pobladores se entusiasman y acceden a posar en una fotografía donde hay caballos o molinos. Los medios locales registran la hazaña.
Creemos que, aunque loables, estos esfuerzos resultan insuficientes.
El sistema que se propone, en base a informes realizados mediante un trabajo de campo metodológica y epistemológicamente controlado, por profesionales en la materia y no por voluntariado amateur, consiste en la formación de redes de comunicación intrapoblacional: en lugar de trabajar con un pueblo, se trabaja con la región, considerándola un circuito integrado.
Por ejemplo, en lugar de fomentar el desarrollo de Chilibroste, se buscará el desarrollo de un circuito que tenga como cabecera la ciudad de Villa María y considere localidades interconectadas como Alto Alegre, Noetinger, Saira, Cintra y San Antonio de Litín.
Una experiencia similar se realizó en el Departamento de Cochabamba, Bolivia. Lo notable es que allí se ajustó un sistema de intercambio poblacional que ya existía, centrado en la institución de las ferias y de un eficiente transporte económico (combis y taxis compartidos) por caminos rurales. De esa manera, se constituyó todo un circuito regional con la ciudad de Cochabamba como cabecera que reactivó pueblos casi desaparecidos y, más tarde, se convirtió en un interesante circuito turístico.
En suma, lo que se propone para esta segunda etapa es la integración comercial y simbólica de pueblos en riesgo de desaparición con poblaciones menos desfavorecidas a través de instituciones ya conocidas en la región (por ejemplo, ferias periódicas o festividades patronales). Más tarde, la reintegración a un circuito turístico que exceda los intereses regionales.
Para lograrlo, se requiere, por un lado, un conocimiento sistematizado del patrimonio de los pueblos (espacios, comercios, población, etc.) y de sus vínculos entre sí (materiales, como caminos, transporte o medios de comunicación, pero también simbólicos, como relaciones de parentesco o afinidades culturales), y por el otro, un disparador que haga revalorar la vida en el pueblo ante sus ojos y ante posibles inversores, para lo cual un volumen testimonial es una opción óptima.
De una manera y otra, el objetivo final es la reactivación no de un poblado sino de una región.

Los poblados en riesgo albergan 268.920 habitantes y representan casi el 40% de los poblados rurales del país.

Las principales causas de este fenómeno son:

• Fin de la principal actividad económica que dio vida al poblado.
• Cierre de estaciones de ferrocarril.
• Aislamiento ocasionado por el trazado de rutas pavimentadas alejadas de los antiguos caminos de tierra.
• Falta de inversión en mejoramiento de rutas existentes.
• Disminución de los montos de población de cada una de las comunidades involucradas, reflejadas en cada censo.
• Debilitamiento de su infraestructura de servicios con motivo de la reducción del pueblo.
• Falta de transporte público que permita el traslado de la población existente.
• Falta de inversión en educación formal e informal.
• Falta de fuentes de trabajo.
• Imposibilidad de acceder a información y a oportunidades de crecimiento en general.
Estas razones generan la necesidad de instrumentar políticas destinadas a reactivar no solo cultural, sino turística y económicamente a aquellas localidades en un marco de integración e inter acción, que por diferentes factores ven seriamente disminuidas sus potencialidades.

Por estos motivos y los que se darán al momento del tratamiento del presente proyecto de Ley, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.

miércoles, 20 de mayo de 2009

Proyecto de Ley: por el cual se crea el Registro Único de Trabajadores Viajantes de la Provinica de Córdoba

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY


OBJETO
Artículo 1º: Créase el Registro Único de Trabajadores Vendedores Viajantes de la Provincia de Córdoba a los fines de su registración y matriculación.


CONCEPTO
Artículo 2º: Entiéndase por Trabajador Vendedor Viajante, a los fines de la aplicación de esta Ley, a los trabajadores que en representación de terceros vendan, o los representen en gestión de ventas de cualquier tipo de bienes, productos, mercaderías o servicios por un precio en dinero, y bajo cualquier denominación que se les otorgue, siempre que hagan de ello su profesión habitual y que encuadren en los artículos 1 y 2 correlativos y concordantes de la Ley 14546, o en las normas convencionales referidas a viajantes vigentes o futuras.

SUJETO
Artículo 3º: Designase a la ASOCIACIÓN VIAJANTES Y REPRESENTANTES DE CORDOBA (AVYRC), Personería Gremial Nº 638 otorgada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación mediante Resolución 324/1968, como única entidad idónea para la registración y matriculación de los trabajadores viajantes y su asentamiento en el Registro Único de Trabajadores Vendedores Viajantes de la Provincia de Córdoba.

Artículo 4º:- Iníciase las actuaciones y gestiones con el Ministerio de Educación de la Provincia para la creación de la carrera Tecnicatura en Comercialización (Viajante-vendedor de Comercio y/o Industria). La duración de la misma no podrá ser menor al tiempo establecido por el Ministerio de Educación de la Provincia según normativa vigente.

Artículo 5º.- Deberá matricularse aquellos trabajadores viajantes que acrediten idoneidad en la profesión para realizar esta tarea, aquellos bajo relación de dependencia y aquellos que hayan realizado la tarea con anterioridad y durante un plazo no menor al año, debiendo estar esto debidamente certificado.

Artículo 6º.- Establécese que las empresas que empleen a trabajadores viajantes, deberán exigir a los mismos su debida matriculación en el Registro Único a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.

Artículo 7º.- La Asociación Viajantes y Representantes de Córdoba, AVYRC, entregará a los trabajadores viajantes inscriptos en el Registro Único su carnet que acredite matriculación y por ende idoneidad para desempeñar la tarea de trabajador viajante.

Artículo 8º.- La matriculación por idoneidad se otorga a los vendedores viajantes que se encuentren desempeñando esta tarea al momento de promulgación de la presente ley y hasta tanto egrese el primer alumno de la Tecnicatura en Comercialización; a partir de ese momento las matriculaciones se registraran por presentación de titulo habilitante.-

Artículo 9º.- El carnet profesional se renueva cada cuatro años, el incumplimiento en el plazo resultará con la baja en el registro del anteriormente matriculado.

SANCIONES
Artículo 10.- Cancelase la matricula y se retira el carnet profesional a los trabajadores viajantes matriculados que incurrieran en alguna de las siguientes prácticas:
a) Producir información que exceda o distorsiones la propuesta de la empresa que representa, violando el principio de fidelidad que consagra la L.C.T.; estos hechos deben ser comunicados a la A.V. y R.C., por el empleador, dentro de las 72 hs. de constatado el hecho que le cause agravio, so pena de ser considerado extemporáneo.-
b) Realizar su tarea con prácticas reñidas con la ética.-
c) Facilitar su carnet profesional a terceros.

Para proceder a la cancelación de la matrícula deberá instrumentarse el correspondiente sumario que garantice al incriminado su legítimo derecho a la defensa, pudiendo realizar las apreciaciones y descargos que correspondan y ofrecer prueba, la que deberá ser recepcionada salvo que fuera manifiestamente improcedente.

Artículo 11.- La cancelación de la matrícula será informada al matriculado y a las empresas empleadoras del trabajador viajante en forma fehaciente.-

Artículo 12.- Las empresas que empleen trabajadores viajantes e infrinjan o promuevan la violación de disposiciones de esta Ley serán pasibles de las sanciones y penalidades que correspondan, para lo que se determina una multa equivalente a diez (10) veces el importe vigente, al tiempo de la sanción, del Mínimo Vital y Móvil nacional por cada trabajador vendedor viajante no matriculado que se desempeñe según lo establece la presente ley y que hubiese sido intimada por la Asociación Viajantes y Representantes de Córdoba para su cumplimiento; esta sanción será aplicada por la autoridad de Trabajo de la Provincia de Córdoba y los importes correspondientes a las mismas estarán destinados a esta autoridad de aplicación.- Asimismo, los empleados infractores serán retirados de los registros de proveedores del estado provincial y entes autárquicos que dependan de éste, directa o indirectamente, hasta tanto no cesen en su incumplimiento de esta norma.-

TRIBUNAL DE CONDUCTA
Artículo 13.- Se creará un Tribunal de Conducta Ético Profesional que analizará a aquellos que incurrieran en lo mencionado en los incisos a, b y c del artículo décimo. Dicho Tribunal deberá conformarse de manera mixta con la autoridad de la Secretaría de Trabajo Provincial.

Artículo 14.-El Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley dentro de los noventa (90) días posteriores a la sanción de la misma.-

Artículo 15.-De forma.-


FUNDAMENTOS


El presente proyecto intenta resolver el avance de la actividad del viajante de comercio poniéndolo a la altura de los nuevos desafíos de la comercialización.

Tiene como base el proyecto de ley 10.012/L/06, presentado por los Legisladores Gustavo Santos, Alider Cioccatto, Miguel Nicolás, Abelardo Karl, Heriberto Martínez Oddone, Nora Castro, Nélida Luján e Isabel Bianciotti, de la Unión Cívica Radical.-

La reformulación del proyecto tiene que ver con un pedido realizado en tal sentido por la Asociación Viajantes y Representantes de Córdoba.-

Esta iniciativa es un paso más a la Ley 14.546 del 27/10/1958, instituyendo nuevos mecanismos, ante circunstancias tales como la globalización, alta competitividad aun en mercados de subempleo, la generación permanente de conocimientos, los avances tecnológicos, etc., que hacen que no podamos dejar de planear el desarrollo laboral del vendedor viajante.

Existen antecedentes exitosos en la implementación de Registros Unicos de Trabajadores Vendedores Viajantes de larga data tanto en Chile como en Uruguay que son un gran aporte al desarrollo de la profesión, y esta sería la primera experiencia en la República Argentina, y como no puede ser de otra manera, esta Córdoba de la reforma,. entendemos, debe dar el puntapié inicial.-

Los cambios de toda índole que se producen a nivel mundial, de todo orden, han introducido nuevas reglas de convivencia planteando la necesidad de una rápida adaptación a ellas so pena de quedar irremisiblemente rezagados.- Nuestro país y por ende nuestra provincia no son ajenos a esta realidad, que nos obligan a quienes tenemos por mandato del pueblo legislar, orientados al bien común, buscar las formas de ser rectores cubriendo los vacíos que a diario se nos presentan.

Un eje fundamental lo es el de atender las relaciones del trabajo dentro del marco jurisdiccional que nos corresponde con apego a la Constitución Nacional y Provincial.-

Tenemos por cierto que la comercialización de los distintos bienes y servicios que producen nuestros empresarios deben ser vendidos, dentro y fuera de las fronteras nacionales, con seriedad y responsabilidad a través del contacto humano por ser este irremplazable, sin desdeñar los avances tecnológicos, por que llevan la presencia física de la empresa ante el posible cliente, tendiendo un puente se seguridad, y solución de problemas, que por su vasta gama hacen dificultoso el contacto por medios electrónicos.- Tampoco podemos no reconocer el insustituible valor de la palabra, que del comienzo de los tiempos permite a los hombres relacionarse, entenderse, buscar las soluciones mas convenientes entre las partes que hagan a una mutua conveniencia que haga sustentable la necesidad de relacionarse entre sí.-

Dentro de este marco encaja perfectamente esa figura laboral, conocida a través de los tiempos, constituida por el “trabajador viajante”, ya desde la añeja y romántica figura del que llevaba las novedades de la gran ciudad a los pueblos, como así los bienes y servicios de nueva generación, potenciando el vasto e inapreciable tiempo en ser conocidos.

Ahora nos cabe considerar si tal modalidad de trabajo aun es valida hoy; la respuesta es afirmativa, solo tenemos que señalar que dada la complejidad de nuevos rubros inimaginables se superponen con la comercialización de aquellos que no han perdido vigencia en el tiempo.

También es dable reconocer que en función de los cambios de bienes y servicios trajo aparejado cambios, algunos necesarios y otros indeseados, en la modalidad de contratación de aquellos que hacen de la venta su profesión, su modo de vida, en forma personal y habitual.- Entendemos por necesarios la actualización en la manera de presentar a su clientela la amplísima gama de productos y/o servicios que se incrementan día a día, constituyéndose así en el brazo imprescindible de aquellos comerciantes o industriales que buscan expansión de mercados.

Es por ello que se propone la discusión y sanción del presente proyecto de ley que contempla la creación de un Registro Unico Provincial de Viajantes, de acatamiento inexcusable por parte de empleadores y trabajadores viajantes, que este en cabeza de la Asociación Viajantes y Representantes de Córdoba, entidad que detenta Personería Gremial Nº 638 otorgada por el Ministerio de Trabajo y S.S. de la Nación mediante Resolución 324/64, gremio este que fue producto de la fusión ocurrida el 13/12/1958 entre los hasta ese entonces Centro de Representantes y Viajantes del Comercio e Industria de Córdoba (nacida en 1934) y la Asociación Viajantes de Comercio de la Rep. Argentina (Filial Córdoba), a fin de la obtención de resultados positivos de la ley propuesta, dada la complejidad que reviste la creación y aplicación efectiva de lo legislado, esto sin perjuicio de la Autoridad Administrativa del Trabajo que seria la receptora de las inspecciones y/o denuncias que la entidad sindical efectuare por incumplimiento de los empleadores a la norma aquí tratada, siendo esta Autoridad la que tendría a su cargo las multas o sanciones de cualquier índole.

Cabe destacar que con el claro fin de la actualización y preparación profesional para presentes y futuros viajantes, se le hace cargo a la Asociación del dictado de cursos y creación de la Tecnicatura en Comercialización, la que deberá ajustarse a la normativa ritual vigente, especializando a quienes se inscriban para el cursado de las mismas, con especialización en mercado interno y externo.

Por esto y otros argumentos que daré oportunamente, les pido a mis pares me acompañen en este proyecto.-

13 de Mayo 2009. La Mañana de Córdoba


13 de Mayo 2009. La Voz del Interior


8 de Mayo 2009. Puntal


4 de Mayo 2009. La Voz del Interior


2 de mayo de 2009. La Voz del Interior






23 de abril de 2009. La Voz del Interior


martes, 12 de mayo de 2009

Miércoles de actividad del Centro de Estudios Córdoba







Analizan la crisis internacional

y su impacto en la Argentina



Mañana miércoles tendrá lugar la Conferencia sobre “La crisis internacional y su impacto en la Argentina”, organizada por el Centro de Estudios Córdoba. La actividad comenzará a las las 18 hs, en la Sala Regino Maders de la Legislatura provincial (Deán Funes 94).

Disertarán en la oportunidad el Decano de la Facultad de Ciencia Política de la Universidad Católica de Córdoba, Mgter. Martín Lardone, el ex presidente del Banco de la Provincia de Córdoba, Cr. Alberto Castagno, y el periodista especializado en Economía de La Mañana de Córdoba, Daniel González. El objetivo del encuentro es analizar el impacto de la crisis internacional en la vida de los argentinos en general, y los cordobeses en particular, tanto desde el plano político cuanto del económico, así como la repercusión en el quehacer cotidiano.

El encuentro está dirigido al público en general, y su participación es libre y gratuita. Vale recordar que el CEC cuenta con la Dirección de la Dra. Susana Parés y la Coordinación del Legislador Provincial Dante Rossi.

Proyecto de Declaración: De Interés Legislativo la obra del músico cordobés Ildo Patriarca

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECLARA



De Interés Legislativo la realización del documental audiovisual, sobre la obra del músico cordobés Ildo Patriarca, quién se ha destacado internacionalmente como ejecutante del acordeón a piano, con motivo de rescatar y difundir su aporte a la cultura y el arte de Córdoba y de la República Argentina.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Ildo Patriarca ha cumplido 60 años como interprete de auditorio del acordeón a piano. Su talento y pasión han cautivado al público de todo el mundo. Muchos músicos reconocieron su talento, entre ellos Domingo Federico, Chango Spasiuk y Raúl Barboza. Ha editado grabaciones en Argentina, Francia y Brasil.

Está radicado en Alejandro Roca, un pequeño pueblo cordobés, al cual eligió para dedicarse de lleno al acordeón en los años ’90. Hoy, es el referente de muchos de sus colegas y marca un estilo indiscutido cuando “acaricia” las teclas del acordeón.

En una entrevista Patriarca manifestó que “mi proyecto comenzó hace 20 años cuando me descubrió Domingo Federico, un maestro de tantas generaciones, entonces no existía un espacio para los acordeonistas y yo comencé a mostrar lo que hacía y esto se fue instalando en la gente”.

Habitualmente interpreta tangos, jazz, folclore y mazurcas, profesando el eclecticismo a través de los diferentes arreglos que lleva a su acordeón, siempre con excelentes toques de creación. Fue el primer acordeonista en subir al escenario del Teatro Colón, haciendo una presentación en concierto. Además de recorrer todo nuestro país, se presentó en Francia, España, Suiza, Canadá y Estados Unidos.

En 1995 fue invitado por otro grande del acordeón, Raúl Barboza, para viajar a Francia. Allí grabó dos discos entre el que se destaca “Verano Porteño”, grabado en 1997. Uno sus últimos proyectos, próximo a salir en marzo, es la grabación de un nuevo CD que cuenta con la presencia de destacados músicos como León Gieco, Suma Paz, Lito Nebbia, quien además es el productor de éste y del anterior disco, que grabó para el sello Melopea.

El documental que tiene como objetivo registrar y difundir a nivel provincial, nacional e internacional la obra de Ildo Patriarca, cuenta con un interesante trabajo audiovisual de producción independiente desarrollado por egresados de la Universidad Nacional de Córdoba.

El video documental cuenta con entrevistas al músico desde su casa en la localidad de Alejandro Roca, provincia de Córdoba, registro de presentaciones en vivo en diferentes auditorios, entrevistas a colegas, alumnos y destacados músicos.

Esta obra audiovisual contribuye a la difusión de la cultura provincial. La misma será presentada en diferentes ámbitos, videotecas, concursos y festivales de todo el mundo, como así también en los espacios de televisión abierta y de cable.

El documental de Ildo Patriarca destaca y difunde la pasión de un artista que se subraya por su talento y humildad.

A su vez la obra audiovisual se propone revertir aquella opinión de que Ildo Patriarca es más reconocido en el extranjero, que en su país de origen.

Esta iniciativa cordobesa exige nuestro reconocimiento, no solo por tratarse de un coterráneo, sino por ser una obra realizada por egresados de nuestra alta casa de estudios.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Declaración, es que solicitamos de nuestros pares de la aprobación del mismo.



Proyecto de Declaración: Repudio a las expresiones vertidas por el Jefe de Policía de la Prov. de Córdoba, Comisario Alejo Paredes

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
DECLARA


Su más enérgico repudio a las expresiones vertidas por el Jefe de Policía de la Provincia de Córdoba, Comisario Alejo Paredes, el día 07 de mayo del corriente año, que niegan la existencia de casos de trata de personas en el ámbito provincial, desacreditando la masiva movilización realizada en denuncia y repudio a hechos no esclarecidos y que pondrían de manifiesto la existencia de una red de trata de personas que opera en Córdoba.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

Las expresiones poco felices del Comisario Alejo Paredes solo legitiman la complicidad de determinados sectores en un flagelo mundial, que se presenta en nuestra provincia, minimizando las denuncias de personas que han sufrido algún intento de secuestro y desacreditando la violación de derechos humanos,

Es inconcebible que ante la existencia de investigaciones judiciales, y las denuncias existentes por parte de ciudadanos que han sufrido algún intento o tentativa de maltrato, abuso y/o privación ilegítima de la libertad el funcionario público, responsable de la seguridad en la Provincia de Córdoba, tome con absoluta liviandad la existencia de una red que opera en nuestro territorio.

Es una realidad que aqueja y moviliza a la sociedad en su conjunto, lo que exige del Estado la presencia de políticas públicas efectivas y urgentes para desmantelar las redes de trata y no un reduccionismo represivo y policial de una problemática social.

Sin embargo nada de esto se observa. El Jefe de Policía pareciera desconocer la existencia de un negocio millonario que se puso en evidencia cuando las detenciones en Monte Cristo y en Cosquín el 25 y 28 de abril pasado.

Desconoce además los motivos que llevaron a la sancion de la ley N° 26.364 sobre “Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a las Víctimas” (B.O., 30/4/08), frente a serios reclamos de organismos internacionales y de Derechos Humanos, los cuales denunciaban la existencia de redes de trata en la totalidad del territorio de la República Argentina.

La trata de personas es una moderna forma de esclavitud. Comienza con el reclutamiento y sigue con la extirpación de la persona de su familia o lugar de origen, mediante el traslado hasta un destino macabro: la explotación sexual o laboral, la adopción ilegal, el comercio de órganos, el tráfico de droga o la participación forzada en conflictos armados.


Según un informe del Departamento de Estado de EE.UU. del año 2005, se estima que son víctimas de este flagelo entre 600.000 a 800.000 personas, en su mayoría mujeres y niños. Las formas y fines varían: en Europa la explotación con fin sexual es la más difundida; en África y América latina se destaca la explotación laboral en la agricultura, minería y talleres.

Es “la actividad delictiva más rentable después del tráfico de drogas y del tráfico de armas. Es un fenómeno global y cada país es responsable de luchar contra este flagelo que nos afecta a todos”.-

En la materialización de la figura delictiva existen varios eslabones necesarios, que comienzan con algunos actos preparatorios, tales como la conocida maniobra de atraer a una mujer para el ejercicio de la prostitución, mediante la publicación de un aviso engañoso ofreciendo un trabajo de moza; u ofrecer trabajadores para su explotación laboral, o directamente intentando el secuestro sin su consentimiento-

Argentina es un país de origen, tránsito y destino de hombres, mujeres y niños víctimas de la trata de personas con fines comerciales de explotación sexual y trabajo forzado.

La mayor parte de la trata de personas se realiza dentro del país, desde las zonas rurales a las urbanas, con fines de prostitución, existiendo además el traslado de mujeres y niñas argentinas a países limítrofes y a Europa Occidental con fines de explotación sexual.

Las mujeres y niños extranjeros, principalmente provenientes de Paraguay y Brasil, son trasladados hacia Argentina y Europa Occidental con propósitos comerciales de explotación sexual. Los ciudadanos bolivianos y peruanos son ingresados al país para realizar trabajos forzados en talleres clandestinos y en agricultura.

Los casos informados tenidos en cuenta a los fines de la realización del informe antes referenciado, de trata de personas han aumentado en Argentina; lo cual puede deberse a la mayor conciencia pública sobre esta cuestión como así también a la mayor cantidad de gente que migra hacia el país, alguna de la cual es vulnerable al tráfico.

Todo esto parece ser desconocido tanto por el Comisario Alejo Paredes, como por el gobierno provincial, quien ni siquiera avanza en una fuerte concientización del problema.

Ausencia de políticas públicas al respecto, vaciamiento de las reparticiones que trabajaban aunque sea tímidamente en la recepción de denuncias, son una muestra mas de que en definitiva las afirmaciones de Paredes, ponen de manifiesto la ausencia del Estado.

Para una efectiva aplicación de la Ley y Convenciones Internacionales se requiere una fuerte presencia del gobierno nacional y provincial para generar políticas de prevención y concientización como para tomar medidas efectivas ante la existencia del hecho.-

Por estas razones y las que se expondrán en el momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.

Proyecto de Declaración: adhesión a la Declaración de Chapultepec

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

DECLARA


Su adhesión a la Declaración de Chapultepec, aprobada en la ciudad de México en 1994, que contiene un decálogo de principios sobre la libertad de expresión en el continente. 

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

El 11 de marzo de 1994, en el castillo de Chapultepec, en México D.F., la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión, aprobó la declaración de Chapultepec, documento que enumera diez principios fundamentales para que la prensa cumplimente adecuadamente a los efectos de cumplir su rol fundamental en una democracia plena.-

En un momento trascendental para nuestro país, en donde se vislumbran restricciones al libre ejercicio de la prensa, a través de distintos mecanismos ejecutados por distintas áreas del gobierno nacional, en muy importante la adhesión de la Legislatura de la Provincia a tales principios.-

Restricciones de pautas publicitarias, críticas de importantes funcionarios del gobierno nacional, cuando no de la misma ex Presidenta de la Nación a medios y a periodistas en particular, que ejercen sus funciones de manera libre y responsable; promoción de despidos de periodistas generada desde las más altas esferas gubernamentales; y la continua diatriba del ex Presidente Néstor Kirchner hacia determinados y particulares medios, representan actos que van directamente en contra de la dirección que marca la declaración de Chapultepec.-

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) viene cumpliendo un rol trascendental en la defensa de una prensa libre, y es dable rescatar la iniciativa que viene llevando a cabo a los efectos de la suscripción del Acta de Chapultepec, como lo hiciera el Gobernador Scharetti el día de ayer.-

A 25 años de haber recuperado la democracia para todos los tiempos, es hora de reafirmarla día a día a través del ejercicio de la libertad de expresión y difusión de las ideas.-

Por estas y por otras razones que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.


Proyecto de Resolución: por el cual solicita informe referido a la Comuna de Guanaco Muerto

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe (Art. 102 de la Constitución Provincial), y en el plazo de 7 días a través del Ministerio de Gobierno, sobre los siguientes interrogantes referidos a la Comuna de Guanaco Muerto (Departamento. Cruz del Eje).-

1º.- Si el Gobierno de la Provincia envió en el último año subsidios o partidas de otra índole a la Comuna de Guanaco Muerto; de ser afirmativo, cual fue el monto de cada uno, y su finalidad.- Además, si se ha efectuado rendición de cuentas del destino de los fondos, y ante que organismo.-
2º.- Si conoce si el Sr. Presidente de la Comuna Domingo Zenón Soria cuenta con antecedentes penales y/o contravencionales; y para el caso afirmativo, si de las mismas se desprende alguna inhabilidad para continuar en el ejercicio de la Comuna.-
3º.- Si tiene conocimiento sobre el correcto funcionamiento de la Comisión Comunal y el Tribunal de Cuentas, y si se ha pedido informes del mismo en los últimos dos años.-

FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Según elementos de información recogidos, en el último año se ha entregado un subsidio a la Comuna de Guanaco Muerto cercano a los Pesos Sesenta Mil ($ 60.000), sin que se visualizara ningún tipo de obras o beneficio para la zona.-
Esto se suma al posible manejo discrecional que realiza el Sr. Titular de la misma Domingo Zenón Soria, que no admite controles de ningún tipo y no deja funcionar la Comisión Comunal y el Tribunal de Cuentas.-
El Bloque de Legisladores de la Unión Cívica Radical tiene la obligación de requerir informes respecto a estas cuestiones, que hacen a la transparencia en el manejo de los fondos públicos.-
Por estas razones es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.-

Proyecto de Resolución: por el cual solicita informe sobre la problemática del alcoholismo en alumnos de las escuelas de nivel medio

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo provincial, atento las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que a través de los organismos correspondientes y en un plazo de siete días (7), sobre los siguientes puntos: interrogantes relacionados con la problemática del alcoholismo en alumnos de las escuelas de nivel medio:

1- Si durante los años 2008 a la fecha se están llevando adelante en instituciones dependientes del Ministerio de Educación, algún tipo de programa de prevención de la adicción al alcoholismo en adolescentes. En caso afirmativo indique instrumento normativo que lo crea, objetivos y grado de ejecución del mismo;
2- Si se está ofreciendo capacitación específica para el tratamiento de esta problemática, a directivos y docentes. En caso afirmativo determine: cantidad de cursos, jornadas y/o seminarios, cantidad de asistentes que participaron y contenidos teóricos principales de los mismos;
3- Si registran estudios o investigaciones de campo basadas en métodos cuantitativos que permitan conocer la gravedad o no del alcoholismo de adolescente y que asisten a institutos de enseñanza media en el ámbito de la Provincia;
4- En caso afirmativo indique sus resultados, diferenciando sexo, franja etárea y localidad a la cual pertenece el centro educativo al cual asiste;
5- Si se han elaborando otras estrategias, y herramientas para prevenir, el alcoholismo en niños y adolescentes. En caso afirmativo detalle características de las mismas, objetivos generales, y grado de implementación;
6- Instrucciones y/o directivas dadas por la autoridad ministerial que corresponda, ante la presencia de un alumno alcoholizado, informe las acciones que debe realizar el centro educativo a los fines del tratamiento de la problemática del adolescente. Asimismo informe sobre la incorporación de gabinetes especializados en el tema en cada centro educativo;
7- Posición asumida por las autoridades ministeriales ante la posibilidad de implementar alcoholímetros en las escuelas públicas provinciales. Fundamentos que la sustentan.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:
Ante la gran difusión en los medios masivos de comunicación sobre el alcoholismo en los adolescentes, la preocupación que se ha instalado en la población y la idea que se ha transmitido sobre la instalación de alcoholímetros en las escuelas creando debates en distintos sectores de la población, el tema de adicciones en adolescentes es materia de debate en nuestra sociedad.

Mas allá de la posición y definición que cada uno tenga sobre el tema, es necesario conocer cuales son son las medidas que se están tomando con respecto a este tema desde la órbita del Estado, responsable de llevar adelante políticas públicas cuyo objeto sea, en el caso que nos ocupa, prevenir un flagelo cuyas estadísticas de incremento nos preocupan a todos por igual.

Para abordar la problemática es necesario, cuando no imprescindible analizar la conducta de la sociedad adulta, que modelos de identidad se les está ofreciendo a los adolescentes. Seguramente cuando la enfermedad ya está instalada, será el grupo familiar el que necesitará ayuda, tratamiento y acompañamiento.

También es necesario mirar y escuchar que mensajes reciben los adolescentes desde los medios masivos de comunicación, y como están preparados para recibir esa información.

El alcoholismo en los jóvenes, alumnos de la escuela media, no es un problema solo para la escuela, lo es para la sociedad en su conjunto.

Sin embargo no podemos perder de vista que desde la escuela deben partir acciones mancomunadas entre la comunidad educativa en su conjunto para prevenir, detectar, y derivar a centros de tratamientos los que requieran recibir ayuda, sin excluirlos del sistema escolar.

Es inevitable que además se tomen medidas de prevención en conjunto desde otros sectores de la población, para que la información que los alumnos reciban, llegue a los hogares por los distintos integrantes, reforzando lo que la escuela esté enseñando, máxime si tenemos en cuenta el costo económico y social que supone dicha enfermedad.

En estos últimos días ha tomado estado público la implementación de determinadas medidas tendientes a detectar la presencia de alumnos alcohólicos que concurren a las escuelas, sin embargo estas medidas aisladas y sin una lógica secuencial que garantice un efectivo tratamiento del problema, solo traen aparejada soluciones y parches parciales.

Estamos convencidos de la necesidad de articular y coordinar esfuerzos a los fines de una eficaz herramienta de prevención y contención frente al flagelo del alcohol.

Desde nuestra función y además como adultos debemos trabajar en pos de una sociedad que les ofrezca a los niños, adolescentes, un medio saludable para aprender, desde los contenidos básicos comunes, hasta los que nos forman como personas, función que no solo le compete a la escuela, función que le compete al Estado y a la sociedad en su conjunto.-

Por todas estas razones y las que se darán al momento de su tratamiento, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.-

Proyecto de Resolución: por el cual solicita informe sobre el Plan Vida Nueva.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE


Dirigirse al Poder Ejecutivo provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que a través de los organismos que correspondan y en el plazo de 14 días, informe sobre los siguientes puntos: 


1- Determine presupuesto asignado para la implementación del “Plan Vida Nueva”, y todo aquel destinado a garantizar el acceso a un Complemento Alimentario para niños con VIH/SIDA, en los años 2008 y 2009;
2- Informe cantidad de familias beneficiarias del Plan Vida Nueva durante los años 2007, 2008 y 2009;
3- Motivos por los cuales durante los meses de enero y febrero del año 2009 se suspendió la entrega de módulos alimentarios;
4- Si una vez verificada tal situación, se ha procedido a la investigación de los hechos y se han aplicado sanciones a los responsables, si correspondiere;
5- Metodología utilizada en la actualidad y responsables de la confección del padrón de beneficiarios y distribución de los módulos antes citado, así como las campañas realizadas a los fines de su divulgación;
6- Medidas o acciones adoptadas por la COMSEP a los fines de proveer de asistencia, contención e inclusión a Personas que viven con VIH y a personas integrantes de los grupos de minorías sexuales ( gays, lesbianas, travesti, transexuales, transgéneros y bisexuales);
7- En caso de haber procedido a la confección y/o realización de las acciones descriptas en el Punto 7, informe finalidad y proyección temporal de realización del mismo.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente

El Decreto Número 1478/2000 crea la Comisión para las Minorías sexuales y portadoras de H.I.V. en adelante denominada (COMSEP), como “órgano competente y representativo de debate, consulta, comunicación y promotor de políticas y acciones concretas a los fines de posibilitar la gestión adecuada de los requerimientos individuales y colectivos en materia de discriminación de minorías sexuales y afectados por el virus HIV.”

Su razón de ser radica en la necesidad de garantizar desde la órbita estatal, el reconocimiento de la igualdad de las personas consagrado en nuestra Carta Magna, así como también el garantizar su ejercicio particularmente en aquellos sectores que mas desprotegidos se encuentran, en una sociedad signada por la discriminación e intolerancia.

Indudablemente se trata de dar respuesta a nuevas demandas sociales, que solo a través de la lucha sistemática en la defensa de sus derechos, intentan hacer escuchar sus voces.

Es en este punto, en donde el Estado no puede mantenerse ausente, sino que por el contrario, debe bregar por la instauración de políticas públicas cuyo objeto sea en definitiva la instauración de espacios institucionales receptores de aquellas demandas.

La COMSEP ha generado sin duda alguna, un espacio de dialogo, receptor de reclamos de grupos minoritarios, dentro de la competencia dada por la norma de creación, sin embargo se queda a mitad de camino, toda vez que carece de los recursos económicos necesarios para cumplir la finalidad prevista.

No solo es necesaria la existencia de órganos que garanticen una eficaz comunicación e inserción con la comunidad, sino que se requiere de herramientas válidas y recursos indispensables para garantizar una vida digna de las personas que representa.

Esta comisión entre sus funciones, encuentra la de proveer de bolsones alimentarios a familias de escasos recursos, cuyos integrantes, mujeres y/o niños son portadores de VIH.

Debe destacarse que el acceso a dichos bolsones, son la garantía de acceder al menos de manera básica, a la imprescindible dieta nutritiva que permita soportar los efectos no deseados del consumo de los cócteles de drogas que forman parte del tratamiento indicado para ese tipo de enfermedades.

La partida presupuestaria asignada, resulta insuficiente atento el crecimiento de las familias de escasos recursos que necesitan de dicho módulo alimentario, dejando de asistir a potenciales beneficiarios cuya única posibilidad de mejorar su alimentación es la inclusión en el Padrón de beneficiarios.

Esto requiere de una decisión inmediata por parte del Poder Ejecutivo provincial, a los fines de reconducir algunas partidas presupuestarias, con la finalidad de incrementar el presupuesto asignado originariamente a la COMSEP.

El accionar del Estado debe completarse con la existencia de programas y acciones transparentes y plenamente divulgadas, a los fines de un real acceso a los mismos, caso contrario solo se contribuirá a acrecentar la brecha de desigualdad y discriminación existente en la actualidad.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Resolución es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.-

viernes, 8 de mayo de 2009

Legislador por la Libertad de Expresión



El Legislador Provincial Dante Rossi (UCR), presentó hoy un proyecto de adhesión a la Declaración de Chapultepec, aprobada en la ciudad de México en 1994, que contiene un decálogo de principios sobre la libertad de expresión en el continente.

Sostiene que “en un momento trascendental para nuestro país, en donde se vislumbran restricciones al libre ejercicio de la prensa, a través de distintos mecanismos ejecutados por áreas del gobierno nacional, en muy importante la adhesión de la Legislatura de la Provincia a tales principios fundamentales para que la prensa pueda cumplir su rol fundamental en una democracia plena”.

“Restricciones de pautas publicitarias, críticas de importantes funcionarios del gobierno nacional, cuando no de la misma Presidenta de la Nación a medios y a periodistas en particular, que ejercen sus funciones de manera libre y responsable; promoción de despidos de periodistas generada desde las más altas esferas gubernamentales; y la continua diatriba del ex Presidente Néstor Kirchner hacia determinados y particulares medios, representan actos que van directamente en contra de la dirección que marca la declaración de Chapultepec”.

“La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) viene cumpliendo un rol trascendental en la defensa de una prensa libre, y es dable rescatar la iniciativa que viene llevando a cabo a los efectos de la suscripción del Acta de Chapultepec, como lo hiciera el gobernador Schiaretti el día de ayer”.

Retornan las actividades del Centro de Estudios Córdoba

La crisis internacional,

con ojos cordobeses




“La crisis internacional y su impacto en la Argentina” será el tema del primer encuentro del año organizado por el Centro de Estudios Córdoba. La cita es el próximo miércoles 13 de mayo, a las 18 hs, en la Sala Regino Maders de la Legislatura provincial (Deán Funes 94).

Disertarán en la oportunidad el Decano de la Facultad de Ciencia Política de la Universidad Católica de Córdoba, Mgter. Martín Lardone, el ex presidente del Banco de la Provincia de Córdoba, Cr. Alberto Castagno, y el periodista especializado en Economía de La Mañana de Córdoba, Daniel González. El objetivo del encuentro es analizar el impacto de la crisis internacional en la vida de los argentinos en general, y los cordobeses en particular, tanto desde el plano político cuanto del económico, así como la repercusión en el quehacer cotidiano.

El encuentro está dirigido al público en general, y su participación es libre y gratuita. Vale recordar que el CEC cuenta con la Dirección de la Dra. Susana Parés y la Coordinación del Legislador Provincial Dante Rossi.

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Designación del Defensor del Pueblo: Rossi apelará la decisión judicial

Córdoba, 30 de abril de 2009



El Legislador Provincial Dante Rossi confirmó hoy su decisión de apelar la resolución de la Cámara Octava Civil y Comercial, que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de la designación del Defensor del Pueblo de la Provincia. Ahora será el Tribunal Superior de Justicia el encargado de resolver la situación. En el convencimiento que los motivos que lo llevaron a acudir a la justicia no se han modificado, y que se ha violado la Constitución Provincial al designar sin el número de votos necesarios al Defensor del Pueblo, Rossi insistirá en su petición ante la instancia superior.

Vale recordar que en primera instancia, la justicia había dado la razón a Rossi, entendiendo que el proceder de la Legislatura a la hora de la designación, fue contrario a la letra y el espíritu de la Carta Magna provincial. Tras la apelación de la provincia, la Cámara ahora se ha expedido en otro sentido, lo que motivará la apelación del Legislador Rossi.





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Proyecto de Resolución: por el cual solicita informe referido al Programa Provincial de Asistencia.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

RESUELVE


Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitucional Provincial, para que en el plazo de siete (7) días, y a través de los organismos correspondientes, informe los siguientes puntos:

1- Especifique la totalidad de acciones llevadas a cabo durante el año 2008, en cumplimiento de los objetivos propuestos para el Programa Provincial de Asistencia, según lo prescripto por el artículo 3º de la ley 9142;

2- Determine la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto de los años 2008 y 2009, asignada para la compra de alimentos libres de gluten, para atender las necesidades de los enfermos celíacos carenciados o que tienen por otras causas dificultades para conseguirlos. Asimismo informe sobre metodología utilizada a los fines de su distribución. En el caso del año 2008, informe su ejecución.-

3- Establezca de manera precisa, aclarando la metodología utilizada a los fines de la recolección de datos, cantidad de personas con diagnóstico de celíacos, según edades, sexo y lugar de residencia que se encuentran incorporadas al Registro Provincial creado por el artículo 4 de la Ley 9142;

4- En virtud de la existencia del Registro Provincial de Celíacos, informe la periodicidad adoptada a los fines de la realización del censo previsto en la ley citada, detallando metodología utilizada para la recolección de datos;

5- Atento las prescripciones de los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 9142, informe cuales han sido las acciones tendientes a controlar su cumplimiento, autoridades competentes para ello y sanciones impuestas, si correspondieren.-

6- Determine qué acciones se han llevado a cabo durante el año 2008 tendientes a la recolección de datos e información, en Colegios, Guarderías infantiles, geriátricos, cárceles, y comedores escolares sean éstos públicos y/o privados, a los fines de detectar la existencia de enfermos celíacos.-

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

La Ley 9.142, crea el “Programa provincial de asistencia y apoyo a pacientes celíacos y portadores de intolerancias alimenticias permanentes”, siendo eco del reclamo de miles de personas que de manera cotidiana se enfrentan con el desafío de ser celíacos.

Sin duda alguna, los objetivos propuestos por la ley citada conllevan la idea de mejorar la calidad de vida de aquellas personas que por su condición requieren de una dieta estricta y generalmente más onerosa, comparativamente al resto de los productos alimenticios.

Debemos destacar entre los objetivos de la ley, la creación de un Registro Provincial de Celíacos, que facilite el acceso a los medicamentos específicos, entre otros beneficios, lo que sin dudas facilitará la creación de indicadores estadísticos sobre la cantidad de personas celíacas.-

Observamos cómo, de la letra y espíritu generoso de la citada normativa, al menos teóricamente, nuestra provincia avanza de manear efectiva en la prevención y atención de la celiaquía, enfermedad genética, caracterizada por la intolerancia permanente, total y absoluta, a la gliadina, proteína contenida en el gluten de cereales que son constituyentes habituales de la dieta en nuestro país, tales como el trigo, la cebada y el centeno.

La República Argentina cuenta aproximadamente con 400.000 celíacos, siendo diagnosticadas solo 25.000, cifras que muestran a las claras la falta de políticas de diagnóstico precoz de la enfermedad.-

Lamentablemente el único y posible tratamiento de los enfermos celíacos es una dieta estricta y de por vida sin T.A.C.C. (sin trigo, avena, cebada, centeno), lo que conlleva de por sí, a un cambio de hábitos en la población, además de una mayor erogación para su cumplimiento.

La necesidad de avanzar en un plan efectivo de detección temprana de la enfermedad, su seguimiento y el control necesario respecto de la alimentación deben convertirse en materia obligada a la hora de formular una política pública eficaz.
Es sin dudas nuestra intención conocer las medidas y acciones llevadas a cabo desde la Autoridad de Aplicación, de un programa que denota la preocupación en el tema que nos ocupa, máxime en días previos a la celebración del Día Internacional del Enfermo Celíaco, fecha en la cual se pone de manifiesto la existencia las necesidades acuciantes de personas que por su condición sufren todo tipo de discriminación, o falta de atención en sus necesidades básicas alimenticias.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.

martes, 5 de mayo de 2009

Proyecto de Declaración: Día de la Constitución Nacional

La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Declara


Su adhesión a la conmemoración del “Día de la Constitución Nacional” que se celebra cada 1 de mayo, en homenaje a la sanción de nuestra Constitución Nacional en la Ciudad de Sante Fé en el año 1853, según lo prescribe la Ley 25863.

Es esta fecha oportuna para revalorizar la vigencia ininterrumpida desde el 10 de diciembre del año 1983, de nuestra ley fundamental, y de su espíritu republicano y democrático


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

La sanción de la Ley 25863 instaura anualmente y cada 1 de Mayo, un merecido homenaje a los convencionales constituyentes que sancionan nuestra Constitución Nacional en el año 1853 en la Ciudad de Santa Fé.-

El sentido de su existencia la convierten, a decir de Juan Bautista Alberdi, en la “carta de navegación” que debe guiarnos a cada uno de los habitantes de este suelo, sentido que sin dudas ha sido receptado por el artículo 2 de la ley antes citada, al prescribir que “todas las actividades desarrolladas en dicho marco tiendan a “reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos”.

Nuestra Constitución Nacional encuentra en cada uno de sus artículos la lucha de nuestros próceres por un ideario común: el nacimiento de la República.

El Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe, tuvo sin dudas un hilo conductor, cual es, un fuerte espíritu de unión, tolerancia y patriotismo lo que permitió de manera indubitable al surgimiento de nuestra nación.-

Para redactar nuestra Constitución los constituyentes tuvieron en cuenta todos los antecedentes de los pactos interprovinciales y los reglamentos que se habían redactado desde 1810 en adelante, así como el contenido de las dos constituciones anteriores: la de 1819 y la de 1826.

Tomaron como modelos las Constituciones de Estados Unidos, Chile, entre otros, así como también destacadas obras de la época tales como el maravilloso y siempre vigente libro “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, escrito por el tucumano Juan Bautista Alberdi; El Federalista, de Hamilton, Madison y Jay; Dogma Socialista, de Esteban Echeverría; y también el proyecto constitucional de Juan Bautista Alberdi.

Justo José de Urquiza al promulgar la Constitución Nacional el 1° de mayo de 1853, exclamó: "...Álzese, pues, bien alto la Ley Nacional y sea de todos profundamente respetada, puesto que a mí me ha cabido el deber de hacerla ejecutar...".

La Constitución Nacional, madre de todas las leyes, carta de navegación de nuestra sociedad cumple años, siendo propicio traer nuevamente a colación, como lo citáramos el año anterior, las “10 razones para recordarla, conocerla y aplicarla”, según el Dr. Jorge Horacio Gentile quien nos hace reflexionar sobre lo siguiente:

“La Constitución merece ser recordada tanto o más que los mártires de Chicago y a los trabajadores, que motiva el feriado del 1º de mayo, ya que ella resume los principios esenciales de nuestra nacionalidad. Ella es:

l. Ley suprema: síntesis y justificación de todas las normas que regulan nuestro Estado de derecho.
2. La organizadora de nuestra sociedad política y estado: en todos sus niveles (federal, provincial y municipal) y los órganos del gobierno federal (poderes legislativos, ejecutivo y judicial, y el Ministerio Público).
3. Garantiza nuestra libertad: el asegurar el ejercicio de nuestros derechos personales y sociales.
4. Limita y desconcentra el poder: para garantizar un amplio espacio de libertad.
5. Instituye las "reglas del juego": que regulan racional e incruentamente el conflicto político, que la democracia no suprimió, haciendolas mas civilizadas, e integrando en los órganos de gobierno a la oposición.
6. Un compromiso: que la generación de los constituyentes asumió para organizar la sociedad argentina y que las generaciones posteriores hemos ratificado, con mayor o menor fidelidad a sus sabias disposiciones, como nos muestra la historia de su aplicación.
7. La legitimidad de la Constitución reside en la mayor o menor creencia de la gente en la bondad de sus cláusulas y en la razón de ser de su vigencia. Mientras más creemos en sus principios y "reglas de juego" más legítimas son las conductas, los valores y las normas que contiene y signan la vida de esta sociedad.
8. La estable temporalidad: de su prolongada vigencia la constituyen en la mejor garantía de seguridad jurídica.
9. Futuridad: porque contiene los anhelos, aspiraciones, objetivos, ideales a los que nos hemos comprometidos alcanzar como sociedad política desde nuestra fundación y en la refundaciones que implican las reformas constitucionales.
10. Símbolo de la Democracia: Sus cláusulas reflejan nuestro estilo de vida republicano democrático que significa: un gobierno elegido por el pueblo, Estado de derecho, limitación de poderes en resguardo de los derechos personales, libertad de expresión, reconocimiento de la influencia de la opinión pública en las decisiones políticas, regulación de la contienda política, pluralidad de opiniones, partidos, grupos y organizaciones sociales.

Es oportuno en este año electoral, bregar por la vigencia de cada uno de sus preceptos, garantizando su respeto inclaudicable.

Por estas y por otras razones que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.-


Proyecto de Declaración: Día Internacional del Celíaco

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECLARA


Su adhesión al Día Internacional del Celíaco a celebrarse el día 5 de mayo de cada año, instando al Poder Ejecutivo Provincial a que arbitre los mecanismos necesarios tendientes a la inclusión de la EC en las currículas en los distintos niveles de educación además de la realización de campañas de difusión sobre la síntomas, detección y cuidados de aquella.-


FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La celiaquía es una condición genética, se nace con esta predisposición, aunque no siempre se manifiesta clínicamente. Se muestra como una intolerancia total y permanente a proteínas contenidas en el gluten del trigo, avena, cebada y centeno (TACC).

Estas sustancias son tóxicas para el intestino delgado del celíaco. Siendo éste el encargado de la absorción de nutrientes, no puede asimilar lo que ingiere debido a la atrofia vellositaria del mismo, la que solo se recupera mediante una dieta libre de gluten.

Podemos definirla como “intolerancia permanente a la gliadina y a otras proteínas afines, que produce una atrofia severa de las vellosidades intestinales en individuos con una predisposición genética a padecerla”.

Las características clínicas de la enfermedad celíaca difieren considerablemente en función de la edad de presentación. Los síntomas intestinales y el retraso del crecimiento son comunes en todos aquellos niños que hayan sido diagnosticados dentro de los primeros años de su vida.

El desarrollo de la enfermedad en momentos posteriores de la infancia viene marcado por la aparición de síntomas extraintestinales. Entre estos, destacan la talla baja, el retraso del desarrollo y la pubertad, la anemia ferropénica, la hipoplasia del esmalte, la osteopenia, las calcificaciones occipitales bilaterales, artritis, etc., todos ellos relacionados con la presencia del gluten en la dieta.

La enfermedad celíaca puede mantenerse clínicamente silente e incluso en situación de latencia con mucosa intestinal inicialmente normal consumiendo gluten, en algunos sujetos genéticamente predispuestos.

Es conocido desde hace muchos años que la enfermedad celíaca puede asociarse a otras de base autoinmune, sobre todo la diabetes mellitus tipo 1, el déficit selectivo de IgA, tiroiditis y hepatitis autoinmunes, etc.

La malignización es la complicación potencial más grave, con aparición de tumores gastrointestinales y linfomas, que vienen determinados por la presencia mantenida de gluten en la dieta, incluso en pequeñas cantidades.

Por tanto, una dieta estricta sin gluten constituye la piedra angular del tratamiento de la enfermedad celíaca y debe ser recomendada durante toda la vida, tanto a los enfermos sintomáticos como a los asintomáticos. (Fuente: Manual del Celíaco editado por Federaciones de Asociaciones de Celíacos de España).

La enfermedad, de manera progresiva y fundamentalmente en virtud a la lucha de enfermos y familiares, se está conociendo con profundidad, tanto en la sociedad en general como en el ámbito de la salud en particular, diagnosticándose con mayor frecuencia, gracias a las diferentes campañas y actividades que han realizado fundamentalmente las organizaciones y grupos de familiares y enfermos celíacos.

Cuanto más precoz es el diagnóstico, menos posibilidades de complicaciones futuras existen. Existen muchos celíacos que desconocen su condición.

Sin embargo y a pesar de la progresiva concientización en la sociedad, quedan pendientes acciones que tornen mas accesible la vida cotidiana de los enfermos, ya que el celíaco siente su condición particularmente a la hora de alimentarse, acto que generalmente no se desarrolla de manera individual, con lo cual su inserción en la sociedad muchas veces se ve obstaculizada.

La accesibilidad a los alimentos es uno de los grandes problemas que enfrentan diariamente los celíacos, sumado a lo oneroso de los productos convierten la vida cotidiana de aquellos en un camino sinuoso.

Es esencial instalar el tema como integrante de la agenda pública, fomentar su incorporación dentro del sistema educativo, fundamentalmente difundiendo la problemática.-

Es de destacar que toda política de concientización debe basarse en pilares fundamentales cuales son la difusión de la Enfermedad Celíaca, confección y distribución del listado de alimentos, descentralización del análisis de alimentos y la creación de partidas presupuestarias tendientes a la investigación de la Enfermedad Celíaca, propiciando la capacitación de los equipos de salud y educativos para garantizar la concientización de la sociedad.

En el Día Internacional del Celíaco bregamos por la implementación de programas eficaces tendientes a la divulgación masiva de la enfermedad y el acceso gratuito y oportuno al correspondiente diagnóstico.-


En la República Argentina, 400.000 personas son enfermos celíacos, sin embargo solo 25.000 han sido diagnosticados y por lo tanto, conocen de su condición.
Cifras que podrían incrementarse de existir campañas eficaces tendientes al diagnóstico y concientización. Estos temas deben formar parte de una política pública de salud provincial.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de declaración, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.-




Proyecto de Ley: por el cual incorpora el inciso f al artículo 5 de la ley 9142 (Programa de asistencia a pacientes celíacos)

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY


Artículo 1: Incorpórase el inciso f al artículo 5 de la Ley 9142, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 5.- El Ministerio de Salud, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la presente Ley, deberá:

f. Garantizar a los pacientes celíacos afiliados o beneficiarios de la Obra Social APROSS, el acceso a estudios gratuitos necesarios, tendientes al correcto diagnóstico de la enfermedad y a planes de acción destinados a su auto cuidado y tratamiento.-

Artículo 2: De Forma.-


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

La Ley 9142 crea en el ámbito de la Provincia de Córdoba, el “Programa Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celíacos y Portadores de intolerancias Alimenticias Permanentes”.

Entre los objetivos a los que debe, al menos, según una interpretación literal, tender el programa, encontramos en los incisos a y b del artículo 3, los siguientes:

“a. Promover en el ámbito de las Obras Sociales públicas y privadas, que operan en la Provincia de Córdoba, que contemplen planes de acciones destinados al auto cuidado del celíaco.” Y el “b. Facilitar a estos pacientes celíacos el acceso a estudios necesarios para su correcto diagnóstico”.

Si bien dichas acciones forman parte de la lucha cotidiana de enfermos celíacos y sus familiares, en la práctica cotidiana, se encuentran con innumerables obstáculos tanto en Obras Sociales públicas y privadas que operan en el territorio provincial, a la hora de hacer efectiva la cobertura tanto del diagnóstico de la enfermedad, como así también de aquellas acciones tendientes al auto cuidado de los mismos.

Lo preocupante de dicha situación, es que en caso de la Obra Social APROSS, entidad que brinda cobertura de salud a los agentes pasivos y activos de los tres poderes del Estado Provincial, así como también a los Municipios y Comunas adheridos, según lo determina el artículo 3 de la Ley 9277, las personas afiliadas no cuentan con la garantía necesaria para la realización de estudios tendientes al correspondiente diagnóstico de la misma, lo cual genera un retroceso y agravamiento del cuadro de dicha enfermedad.

Se requiere entonces de una efectiva actuación de la Autoridad de Aplicación del Programa creado por Ley 9142, a los fines de que garantice, en cumplimiento de la incorporación aquí propuesta, la accesibilidad gratuita, es decir sin pago de plus o costo alguno a los estudios que sean necesarios para la detección de la enfermedad, como así también un correcto plan que propenda al auto cuidado del enfermo.

El artículo 5 de la ley antes citada, coloca en cabeza del Ministerio de Salud, autoridad de aplicación, como atribución propia, el garantizar a los afiliados y beneficiarios de acciones concretas que tiendan al diagnóstico y acciones que correspondan para los enfermos celíacos.

De mas está decir que dicha atribución, surge del poder que otorga la Ley 9142 a través de la incorporación propuesta, con lo cual se torna obligatoria la prestación de dichas acciones, máxime si hablamos de las prestaciones que otorga la Obra Social estatal.

Miles de personas desconocen su condición de celíacos, situación que puede revertirse si desde los organismos correspondientes se garantiza no solo el diagnóstico gratuito sino también el correspondiente tratamiento.

Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Ley, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.


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