LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1: DEROGASE la ley Nº 9593, la que autoriza al Poder Ejecutivo a desafectar y enajenar los inmuebles de propiedad fiscal que no sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones o gestión, enumerados en el Anexo I.-
Artículo 2: De Forma.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La ley 9539, sancionada el treinta de diciembre de dos mil ocho, autorizaba al Poder Ejecutivo Provincial a desafectar y enajenar los inmuebles de propiedad fiscal que no sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones o gestión, enumerados en el Anexo I, que mencionaba 58 propiedades, entre ellas se disponía la venta de terrenos de la Colonia Vidal Abal y del Geriátrico J.J. Puentes de San Francisco del Chañar.-
La Unión Cívica Radical se opuso a la sanción de la Ley 9593, por entender que se enajenaba el patrimonio de todos los cordobeses, para afectar lo recaudado al pago de capital e intereses de la deuda, desarrollo de la infraestructura provincial y fondo anticiclico.-
Lo que agrava la situación es que el presente Gobierno se encuentra cerca de culminar su gestión, y existe motivo suficiente para que proceda a efectuar las ventas antes citadas.-
Pero, los anuncios mencionados por la Presidenta de la Nación el lunes pasado, que significan un alivio para las finanzas de la Provincia, con una reducción de la deuda en cerca de los $ 900 millones y un período de gracia de más de un año sin abonar los vencimientos de la misma con la Nación, con una reducción de la tasa de interés, amerita que el Sr. Gobernador acepte dejar sin efecto la venta de los predios antes señalados.-
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente Proyecto de Ley, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario