LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, (artículo 102 de la Constitución Provincial), en un plazo de siete días (7), a través de la Secretaría de Minería de la Provincia de Córdoba, sobre los siguientes interrogantes referidos a la inspección y seguimiento de los emprendimientos mineros habilitados en la provincia de Córdoba:
1- Detalle de todas las inspecciones realizadas a emprendimientos mineros de la Provincia de Córdoba en el período 2008-2009.
2- Informe comparativamente la inversión mensual del presupuesto de la Secretaría para la correcta realización de las mismas.
3- Detalle cuales fueron los aspectos considerados en general, en las inspecciones realizadas.
4- Detalle las toneladas anuales explotadas, ganancias obtenidas, discriminadas por rubro minero. Informe cómo adquieren esos datos.
5- Informe además, si se realizaron controles en los establecimientos mineros con el objetivo de evaluar el respeto de la normativa ambiental correspondiente.
6- Detalle de las multas o sanciones aplicadas si hubiere lugar.
7- Detalle toda otra información pertinente relacionada a los emprendimientos mineros inspeccionados.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La explotación minera en Córdoba, recientemente cuestionada socialmente en la ley de prohibición de minería metalífera, por esta Legislatura, es sin embargo una actividad productiva que debe someterse a controles estatales provinciales para que no se generen otros conflictos sociales que afecten los intereses de todos los cordobeses.
La obra pública y la industria de la construcción aumentan la demanda de minerales y rocas y por tanto es necesario llevar un control de extracción que asegure la sustentabilidad en el tiempo de esta actividad económica sin afectar negativamente la calidad del ambiente.
Nos es sin los controles correspondientes que se va a lograr que los empresarios mineros reflexionen e implementen tecnologías respetuosas del ambiente y a su vez conductas de regularización impositiva.
Los especialistas señalan que la minería es una actividad que debe ser controlada estrictamente desde la prospección y explotación hasta el transporte, procesamiento y consumo.
La ingenuidad gubernamental sería negligente si se pretende que las empresas mineras se controlen a sí mismas. Sin embargo, el conflicto de la sociedad cordobesa en contra de la minería a cielo abierto hizo hincapié en la ausencia de los controles necesarios y suficientes.
El Dr. Roberto Miró dijo: “hay que atacar a la naturaleza para arrancar el mineral de la tierra, no existe otra forma de hacerlo, nuestra responsabilidad es lograr que no termine en un desastre, porque no es secreto que muchas veces la minería hace eso”.
Si es de conocimiento de los técnicos que es necesario un cambio de conducta en el productor minero no se puede desde el estado tomar una actitud permisiva y no es sino a través de inspecciones a los establecimientos que se podrá tomar conciencia de la realidad minera en Córdoba.
Uno de los aspectos más criticados de la realidad minera en Córdoba es la falta de planificación de la actividad minera, es entonces urgente un control con continuidad para sentar las bases de esta planificación.
Son cada vez más los profesionales, productores y empresas que consumen los productos mineros, que critican la decadencia de la Secretaría de Minería provincial, es trascendente la importancia de obtener datos ciertos, producto de las inspecciones mineras, para refutar estas opiniones o comenzar un camino de autocrítica, fundado en la necesidad concreta de mayor eficiencia y control.
Por los motivos expuestos y los demás argumentos que se expresarán en oportunidad de su tratamiento, solicitamos la aprobación del presente proyecto.
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