Schiaretti no puede desconocer
que fue parte del gobierno anterior
Tras el discurso pronunciado en la Legislatura por Juan Schiaretti al asumir como gobernador, el legislador radical Dante Rossi se preguntó si se ha olvidado que él fue vice de De la Sota por cuatro años. “Habló de la seguridad y la salud, como si no hubiera sido parte durante 4 años de un gobierno que no ha bajado los índices delictivos, y que en materia de salud, ha dejado mucho que desear. O será que no sabe que hasta para pedir un turno en un hospital público hay que esperar varias horas?”. “También se olvidó de mencionar que De la Sota y Juez han sido los culpables de entablar durante 4 años una disputa verbal que redujo notoriamente la calidad institucional de la Provincia.”
Atento a las necesidades de turno, el nuevo gobernador se alineó claramente con el Gobierno Nacional, pero no dijo una palabra sobre cómo reclamará “contra un gobierno que tiene desprecio por el federalismo, y que retiene cuantiosos recursos que produce Córdoba, cuando no los coparticipa”.
Schiaretti habló mucho, pero dijo poco de lo que concretamente hará para mejorar la vida de los cordobeses. Sin embargo, “debo reconocer la defensa que hizo de los partidos políticos como herramientas fundamentales del sistema democrático y la voluntad explicitada de volver al diálogo y la tolerancia”. Simplemente resta esperar que sus palabras no hayan sido la expresión de buenos deseos, como suele suceder cuando se asume y se quiere ganar simpatías. De buenas voluntades iniciales y peleas posteriores, los cordobeses ya hemos conocido bastante y no nos ha ido bien.-
miércoles, 7 de mayo de 2008
6-12/07 Rossi acusó al sector interno del presidente de la UCR de no respetar a los demás
“Negri quiere manejar el
bloque como maneja el partido”
(código)
“Las autoridades del Bloque de Legisladores de la U.C.R. se resolvieron al estilo de Negri: imponiendo en lugar de buscar consenso”.
El legislador electo Dante Rossi se quejó de la actitud asumida por el sector del presidente del Comité Provincia del radicalismo, que lejos de reconocer a los distintos sectores representados en el bloque legislativo, se reservó para sí los cargos más importantes que le corresponden al partido dentro de la Unicameral, y los del propio bloque. Hipólito Faustinelli será el encargado de conducir la bancada mientras que Hugo Pozzi será el vicepresidente primero del cuerpo. “Pero lo que importa acá no son los nombres, sino la actitud que aplica el sector de Mario Negri, que es la de imponer su criterio, de no dialogar, de no importarle los demás”, señaló el legislador.
Además de lo resuelto, también la vicepresidencia primera del bloque le pertenecerá a un dirigente del oficialismo partidario.
Pareciera que el sector de Mario Negri pretende establecer un pensamiento único en el radicalismo, desechando cualquier otro sector o dirigente que exprese divergencias partidarias.-
La conducción del radicalismo provincial “despreció una vez más la búsqueda de consensos, avanzando en la construcción de un poder partidario hegemónico, sin darse cuenta que lo que hace falta es trabajar entre todos los radicales para volver a ser una opción verdadera y creíble en la Provincia”.-
bloque como maneja el partido”
(código)
“Las autoridades del Bloque de Legisladores de la U.C.R. se resolvieron al estilo de Negri: imponiendo en lugar de buscar consenso”.
El legislador electo Dante Rossi se quejó de la actitud asumida por el sector del presidente del Comité Provincia del radicalismo, que lejos de reconocer a los distintos sectores representados en el bloque legislativo, se reservó para sí los cargos más importantes que le corresponden al partido dentro de la Unicameral, y los del propio bloque. Hipólito Faustinelli será el encargado de conducir la bancada mientras que Hugo Pozzi será el vicepresidente primero del cuerpo. “Pero lo que importa acá no son los nombres, sino la actitud que aplica el sector de Mario Negri, que es la de imponer su criterio, de no dialogar, de no importarle los demás”, señaló el legislador.
Además de lo resuelto, también la vicepresidencia primera del bloque le pertenecerá a un dirigente del oficialismo partidario.
Pareciera que el sector de Mario Negri pretende establecer un pensamiento único en el radicalismo, desechando cualquier otro sector o dirigente que exprese divergencias partidarias.-
La conducción del radicalismo provincial “despreció una vez más la búsqueda de consensos, avanzando en la construcción de un poder partidario hegemónico, sin darse cuenta que lo que hace falta es trabajar entre todos los radicales para volver a ser una opción verdadera y creíble en la Provincia”.-
Proyecto de Resolución: Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, informe sobre Explotación Petrolera..
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que en el plazo de siete días, y a través de los organismos que correspondan, informe sobre los siguientes puntos:
1. Con motivo de la adjudicación otorgada a distintas empresas para exploración petrolera de la Provincia de Córdoba, en qué estado se encuentra el trámite de presentación de estudio de impacto ambiental que habilita a las empresas licitatorias a comenzar con la actividad, según consta y en los términos del Título complementario del Código de Minería o Ley 24.585 de Protección Ambiental para la actividad minera;
2. Especifique las áreas provinciales destinadas a la exploración, cronogramas de exploración petrolera y detalle de los criterios de protección ambiental a tener en cuenta en cada sector;
3. En el caso particular del área adjudicada en las proximidades de la Localidad de Lucio V. Mansilla, dé a conocer los limites de la zona adjudicada con motivo de evaluar la proximidad relativa al Refugio de vida silvestre “Monte de Las Barrancas” y el Corredor biogeográfico del Chaco Árido;
4. En el caso particular del área adjudicada en las proximidades de la Ciudad de San Francisco, dé a conocer los limites de la zona adjudicada con motivo de evaluar la proximidad relativa al Área de Reserva de los Bañados del Río Dulce y Laguna Mar Chiquita;
5. Qué medidas de prevención de contaminación asociadas a la exploración petrolera y de protección ambiental seguirá el Gobierno Provincial en zonas adjudicadas y que si bien no están declaradas como reserva natural son altamente reconocidas por su flora y fauna característica las que podrán ver en riesgo su subsistencia debido a la prospección de petróleo en los alrededores;
6. Qué participación se le dará a la Secretaria de Ambiente Provincial, en la decisión de otorgar la Declaración de impacto ambiental.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto encuentra su fundamento en la necesidad de colaborar con el gobierno provincial en todo lo relacionado con prevenir alguna posible falta de control y de previsión gubernamental que ponga en riesgo de contaminación nuestro medio ambiente provincial.
La operación petrolera de exploración, que como toda actividad antrópica, interviene en la naturaleza causando ciertos daños y modificaciones.
El sondeo "sísmico" es una operación de las más utilizadas en esta etapa de exploración, y mide las ondas de resonancia que produce la detonación de cargas de dinamita. Esto significa que la zona explorada queda completamente llena de agujeros dinamitados.
Cuando ya se ha determinado el lugar donde hay probabilidades de encontrar petróleo se empiezan a abrir los pozos exploratorios. Durante este proceso son utilizados lodos químicos, los cuales son altamente contaminantes, para la mayor penetración en el terreno de los taladros que deben ser enfriados constantemente con agua. También se construyen piscinas para depositar las aguas ácidas y los lodos contaminados que salen junto con el posible petróleo.
Esta fase de la exploración altera el equilibrio natural, requiere de grandes cantidades de agua del lugar y aumenta los niveles de contaminación. También, en las perforaciones se producen lodos con metales pesados y tóxicos como el cadmio, cobre, arsénico, mercurio y plomo. Estos tóxicos pueden ir al agua mezclados con otros contaminantes y terminar en el mar. La contaminación acústica a causa de las explosiones y de los taladros también es muy importante porque puede provocar perdidas en la biodiversidad de ese ecosistema y alteraciones de los patrones de conducta de los animales.
Es por esto que, a nivel nacional y en provincias petroleras, la reglamentación y el control de esta actividad son rigurosos.
Por tanto, es grande la inquietud acerca de si el Gobierno esta poniendo en marcha los necesarios controles para prevenir posibles impactos negativos irreversibles de la actividad operacional petrolera en el territorio provincial.
El artículo 66 de la constitución provincial prescribe con toda claridad: …“ Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna. El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia”.
El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones.”…
En la Constitución Provincial se expresa la voluntad de la sociedad, entonces es nuestra responsabilidad construir un desarrollo sustentable con previsión y planificación real de estas actividades que devendrán en un innegable avance económico para nuestro pueblo pero sin desconocer que también tiene la necesidad de poder seguir gozando de un medio ambiente sano.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que en el plazo de siete días, y a través de los organismos que correspondan, informe sobre los siguientes puntos:
1. Con motivo de la adjudicación otorgada a distintas empresas para exploración petrolera de la Provincia de Córdoba, en qué estado se encuentra el trámite de presentación de estudio de impacto ambiental que habilita a las empresas licitatorias a comenzar con la actividad, según consta y en los términos del Título complementario del Código de Minería o Ley 24.585 de Protección Ambiental para la actividad minera;
2. Especifique las áreas provinciales destinadas a la exploración, cronogramas de exploración petrolera y detalle de los criterios de protección ambiental a tener en cuenta en cada sector;
3. En el caso particular del área adjudicada en las proximidades de la Localidad de Lucio V. Mansilla, dé a conocer los limites de la zona adjudicada con motivo de evaluar la proximidad relativa al Refugio de vida silvestre “Monte de Las Barrancas” y el Corredor biogeográfico del Chaco Árido;
4. En el caso particular del área adjudicada en las proximidades de la Ciudad de San Francisco, dé a conocer los limites de la zona adjudicada con motivo de evaluar la proximidad relativa al Área de Reserva de los Bañados del Río Dulce y Laguna Mar Chiquita;
5. Qué medidas de prevención de contaminación asociadas a la exploración petrolera y de protección ambiental seguirá el Gobierno Provincial en zonas adjudicadas y que si bien no están declaradas como reserva natural son altamente reconocidas por su flora y fauna característica las que podrán ver en riesgo su subsistencia debido a la prospección de petróleo en los alrededores;
6. Qué participación se le dará a la Secretaria de Ambiente Provincial, en la decisión de otorgar la Declaración de impacto ambiental.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente proyecto encuentra su fundamento en la necesidad de colaborar con el gobierno provincial en todo lo relacionado con prevenir alguna posible falta de control y de previsión gubernamental que ponga en riesgo de contaminación nuestro medio ambiente provincial.
La operación petrolera de exploración, que como toda actividad antrópica, interviene en la naturaleza causando ciertos daños y modificaciones.
El sondeo "sísmico" es una operación de las más utilizadas en esta etapa de exploración, y mide las ondas de resonancia que produce la detonación de cargas de dinamita. Esto significa que la zona explorada queda completamente llena de agujeros dinamitados.
Cuando ya se ha determinado el lugar donde hay probabilidades de encontrar petróleo se empiezan a abrir los pozos exploratorios. Durante este proceso son utilizados lodos químicos, los cuales son altamente contaminantes, para la mayor penetración en el terreno de los taladros que deben ser enfriados constantemente con agua. También se construyen piscinas para depositar las aguas ácidas y los lodos contaminados que salen junto con el posible petróleo.
Esta fase de la exploración altera el equilibrio natural, requiere de grandes cantidades de agua del lugar y aumenta los niveles de contaminación. También, en las perforaciones se producen lodos con metales pesados y tóxicos como el cadmio, cobre, arsénico, mercurio y plomo. Estos tóxicos pueden ir al agua mezclados con otros contaminantes y terminar en el mar. La contaminación acústica a causa de las explosiones y de los taladros también es muy importante porque puede provocar perdidas en la biodiversidad de ese ecosistema y alteraciones de los patrones de conducta de los animales.
Es por esto que, a nivel nacional y en provincias petroleras, la reglamentación y el control de esta actividad son rigurosos.
Por tanto, es grande la inquietud acerca de si el Gobierno esta poniendo en marcha los necesarios controles para prevenir posibles impactos negativos irreversibles de la actividad operacional petrolera en el territorio provincial.
El artículo 66 de la constitución provincial prescribe con toda claridad: …“ Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna. El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia”.
El Estado Provincial protege el medio ambiente, preserva los recursos naturales ordenando su uso y explotación, y resguarda el equilibrio del sistema ecológico, sin discriminación de individuos o regiones.”…
En la Constitución Provincial se expresa la voluntad de la sociedad, entonces es nuestra responsabilidad construir un desarrollo sustentable con previsión y planificación real de estas actividades que devendrán en un innegable avance económico para nuestro pueblo pero sin desconocer que también tiene la necesidad de poder seguir gozando de un medio ambiente sano.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Etiquetas:
Medio Ambiente,
Proyectos de Resolución,
Proyectos Presentados
Proyecto de Resolución: POR EL CUAL SOLICITA AL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE DIVERSOS ASPECTOS RELAC CON LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGR DE SALUD FLIAR.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE
Dirigirse al poder ejecutivo para que informe (art.102 de la Constitución Provincial), y en le plazo de 7 días a través de la Agencia Córdoba Inversiones y el PROAPS sobre los siguientes interrogantes referidos al programa de Salud Familiar y Comunitaria.-
1º.- Cuantifique los gastos ocasionados por la implementación del referido programa , detallando en el informe los gastos por rubros.
2º.- En qué porcentaje aportó el BID y que porcentaje lo hizo la Provincia.-
3º.- Si el Banco solo financió el 60% y solo por el período Marzo 2002 a Noviembre 2006, especificar los montos que se utilizaron para la prosecución del programa hasta el mes de Marzo de 2008, detallando los gastos por rubros,
4º.- Informe si el programa incluía la adquisición de bienes de capital, si las hubo, cuáles fueron, dónde se ubican y de qué tipo fueron.
5º.- Informe si ha realizado la evaluación del mencionado programa, ya que ésta es una exigencia del organismo de crédito, y de ser así, envíe los resultados.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Como es sabido, cuándo las políticas públicas se desarrollan con fondos provenientes del crédito internacional, surge una ineludible responsabilidad para el Estado, que es la de ser transparente y rendir cuentas por dichas erogaciones que a la corta o a la larga, termina pagando toda la población, en este caso, la cordobesa.
En el caso particular, la Provincia de Córdoba a través del Ministerio de Salud capacitó a estos recursos humanos con el fin de que luego de su formación cumplieran con el rol propuesto como es el de coadyuvar en el cuidado de la salud. Los cordobeses debemos tener el conocimiento de los gastos que deberemos afrontar en un futuro y es por ello que para tranquilidad de todos sepamos que los fondo utilizados cumplieron con este fin.
De ésta manera también se hace necesario conocer sobre la evaluación del programa, pues han sido varios años de trabajo, razón por la que debe conocerse claramente el producto de la experiencia.
Son éstas las razones, y las que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, los que abonan la necesidad que el mismo sea aprobado.-
RESUELVE
Dirigirse al poder ejecutivo para que informe (art.102 de la Constitución Provincial), y en le plazo de 7 días a través de la Agencia Córdoba Inversiones y el PROAPS sobre los siguientes interrogantes referidos al programa de Salud Familiar y Comunitaria.-
1º.- Cuantifique los gastos ocasionados por la implementación del referido programa , detallando en el informe los gastos por rubros.
2º.- En qué porcentaje aportó el BID y que porcentaje lo hizo la Provincia.-
3º.- Si el Banco solo financió el 60% y solo por el período Marzo 2002 a Noviembre 2006, especificar los montos que se utilizaron para la prosecución del programa hasta el mes de Marzo de 2008, detallando los gastos por rubros,
4º.- Informe si el programa incluía la adquisición de bienes de capital, si las hubo, cuáles fueron, dónde se ubican y de qué tipo fueron.
5º.- Informe si ha realizado la evaluación del mencionado programa, ya que ésta es una exigencia del organismo de crédito, y de ser así, envíe los resultados.-
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Como es sabido, cuándo las políticas públicas se desarrollan con fondos provenientes del crédito internacional, surge una ineludible responsabilidad para el Estado, que es la de ser transparente y rendir cuentas por dichas erogaciones que a la corta o a la larga, termina pagando toda la población, en este caso, la cordobesa.
En el caso particular, la Provincia de Córdoba a través del Ministerio de Salud capacitó a estos recursos humanos con el fin de que luego de su formación cumplieran con el rol propuesto como es el de coadyuvar en el cuidado de la salud. Los cordobeses debemos tener el conocimiento de los gastos que deberemos afrontar en un futuro y es por ello que para tranquilidad de todos sepamos que los fondo utilizados cumplieron con este fin.
De ésta manera también se hace necesario conocer sobre la evaluación del programa, pues han sido varios años de trabajo, razón por la que debe conocerse claramente el producto de la experiencia.
Son éstas las razones, y las que daremos a la hora del tratamiento en el recinto, los que abonan la necesidad que el mismo sea aprobado.-
Etiquetas:
Proyectos de Resolución,
Proyectos Presentados,
Salud
Proyecto de Resolución: SOLICITA AL P. EJECUTIVO INFORME SOBRE DIV. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN PROGR. PROV. A PACIENTES CELIACOS
Expte. 0494/L/08
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitucional Provincial, para que en el plazo de siete (7) días, y a través de los organismos correspondientes, informe los siguientes puntos:
1- Cuál es la integración, especificando cargo y especialidad de los responsables del "Programa Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celíacos y Portadores de Intolerancias Alimenticias Permanentes", creado por Ley Nº 9142;
2- Determine las acciones que se han llevado a cabo durante el año 2007 y transcurso del año 2008 por parte de los responsables del Programa Provincial de Asistencia, atento los objetivos planteados por el artículo 3º de la ley antes citada;
3- Informe sobre la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto del año 2008, asignada a los fines de “estimular dentro de los planes de dación de alimentos que
implementa el Estado Provincial destinados específicamente a la compra de alimentos libres de gluten, para atender las necesidades de las personas celíacas carentes de recursos o que presentaren alguna dificultad económica para conseguir los alimentos requeridos y recomendados para la dieta cotidiana;
4- Atento la finalidad prevista del Registro Provincial de Celíacos, según lo prescripto por el artículo 5º de la Ley 9142, establezca de manera precisa, aclarando la metodología utilizada a los fines de la recolección de datos, cantidad de personas con diagnóstico de celíacos, según edades, sexo y lugar de residencia;
5- En virtud de la existencia del Registro Provincial de Celíacos, informe la periodicidad adoptada a los fines de la realización del censo previsto en la ley citada, detallando metodología utilizada para la recolección de datos;
6- Metodología utilizada a los fines de recabar la información necesaria tendiente a la incorporación de datos necesarios para el Registro de Alimentos Permitidos;
7- Cuáles han sido las medidas implementadas durante el año 2007 y transcurso del 2008, a los fines de cumplimentar las prescripciones de los artículos 8º y 9º de la Ley 9142.
8- Determine acciones tendientes a dar la debida difusión de las prescripciones establecidas por la Ley 9142.
Fdo.: Dante Rossi – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado - Alfredo Cugat – Norma Poncio – Ítalo Gudiño – Hugo Pozzi – Ana Dressino.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Provincia de Córdoba, a través de las prescripciones establecidas en la Ley 9.142, crea “Programa provincial de asistencia y apoyo a pacientes celíacos y portadores de intolerancias alimenticias permanentes.
Entre los objetivos de la ley, encontramos algunos de singular trascendencia para los enfermos celíacos, tales como instar a las obras sociales a que contemplen planes de acciones destinados al autocuidado del celíaco; facilitar el acceso a los estudios para el diagnóstico de esta enfermedad y realizar relevamientos en colegios, guarderías, geriátricos, cárceles, comedores y ONG para reflejar la existencia de estos pacientes y prever planes alimentarios para cubrir sus necesidades.
También se promueve la creación de un Registro Provincial de Celíacos, que facilite el acceso a los medicamentos específicos, entre otros beneficios. También se creará otro registro para elaborar listados de alimentos permitidos.
La autoridad de aplicación a tenor de las prescripciones establecidas, debiera estimular acciones conjuntas con asociaciones específicas y refrendar acuerdos con las asociaciones médicas y de nutrición para que se respeten los listados de alimentos.
En el artículo 6 de la ley se establece que algunas de las empresas que elaboren productos sin gluten, estarán obligadas a especificar sus componentes.
Observamos como de la letra y espíritu generoso de la citada normativa, al menos teóricamente, nuestra provincia avanza de manear efectiva en la prevención y atención de la celiaquia, enfermedad genética, caracterizada por la intolerancia permanente, total y absoluta, a la gliadina, proteína contenida en el gluten de cereales que son constituyentes habituales de la dieta en nuestro país, tales como el trigo, la cebada y el centeno.
En nuestro País, aproximadamente 400.000 son celíacas, si bien solo 25.000 han sido diagnosticadas, lo que pone de relieve la falta de tratamiento efectivo destinado a la concientización y prevención del tema en la población.
Lamentablemente el único y posible tratamiento de los enfermos celíacos es una dieta estricta y de por vida sin T.A.C.C. (Sin trigo, avena, cebada, centeno), lo que conlleva de por si, a un cambio de hábitos en la población, además de una mayor erogación para su cumplimiento.
Las particularidades de la enfermedad a llevado a las personas afectadas a reclamar incesantemente de las autoridades competentes los siguientes puntos:
Obligatoriedad en la identificación de los productos alimenticios (tal como prevé la ley N° 24.827) con la leyenda "contiene gluten" o "no contiene gluten".
La implementación de controles que posibiliten la detección temprana de la enfermedad.
Garantizar la atención médica gratuita y tratamiento de los enfermos que no posean recursos.
Que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga provean a sus afiliados la cobertura necesaria para el diagnóstico y tratamiento.
La obligación de venta de productos para celíacos en los grandes centros de concentración de gente.
Que los productos para celíacos no sean más caros que los productos no aptos para celíacos.
Estos puntos indudablemente fueron tenidos en cuenta por el legislador a la hora de sancionar la Ley 9.142, atento a la función indelegable del estado en el control de alimentos, y en el caso particular de alimentos para celíacos se debe impulsar la formación de centros que cuenten con profesionales capacitados y equipamiento adecuado como única forma de brindar un control regional efectivo y una dieta segura
La necesidad de avanzar en un plan efectivo de detección temprana de la enfermedad, así como también su seguimiento y, dada las peculiaridades de la celiaquía, un estricto control en el tema de alimentación y atención médica se convirtieron en tema de agenda pública, al menos al momento de la sanción de la ley antes citada.
Nuestra intención es realizar el correspondiente seguimiento de las obligaciones que establecía la propia ley, a los fines de realizar el diagnóstico necesario sobre el efectivo cumplimiento de objetivos, toda vez que observamos como diariamente llegan a nuestro conocimiento, casos en donde las personas celiacas sufren todo tipo de discriminación, o falta de atención en sus necesidades básicas.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado - Alfredo Cugat – Norma Poncio – Ítalo Gudiño – Hugo Pozzi – Ana Dressino.
(código)
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitucional Provincial, para que en el plazo de siete (7) días, y a través de los organismos correspondientes, informe los siguientes puntos:
1- Cuál es la integración, especificando cargo y especialidad de los responsables del "Programa Provincial de Asistencia y Apoyo a Pacientes Celíacos y Portadores de Intolerancias Alimenticias Permanentes", creado por Ley Nº 9142;
2- Determine las acciones que se han llevado a cabo durante el año 2007 y transcurso del año 2008 por parte de los responsables del Programa Provincial de Asistencia, atento los objetivos planteados por el artículo 3º de la ley antes citada;
3- Informe sobre la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto del año 2008, asignada a los fines de “estimular dentro de los planes de dación de alimentos que
implementa el Estado Provincial destinados específicamente a la compra de alimentos libres de gluten, para atender las necesidades de las personas celíacas carentes de recursos o que presentaren alguna dificultad económica para conseguir los alimentos requeridos y recomendados para la dieta cotidiana;
4- Atento la finalidad prevista del Registro Provincial de Celíacos, según lo prescripto por el artículo 5º de la Ley 9142, establezca de manera precisa, aclarando la metodología utilizada a los fines de la recolección de datos, cantidad de personas con diagnóstico de celíacos, según edades, sexo y lugar de residencia;
5- En virtud de la existencia del Registro Provincial de Celíacos, informe la periodicidad adoptada a los fines de la realización del censo previsto en la ley citada, detallando metodología utilizada para la recolección de datos;
6- Metodología utilizada a los fines de recabar la información necesaria tendiente a la incorporación de datos necesarios para el Registro de Alimentos Permitidos;
7- Cuáles han sido las medidas implementadas durante el año 2007 y transcurso del 2008, a los fines de cumplimentar las prescripciones de los artículos 8º y 9º de la Ley 9142.
8- Determine acciones tendientes a dar la debida difusión de las prescripciones establecidas por la Ley 9142.
Fdo.: Dante Rossi – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado - Alfredo Cugat – Norma Poncio – Ítalo Gudiño – Hugo Pozzi – Ana Dressino.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La Provincia de Córdoba, a través de las prescripciones establecidas en la Ley 9.142, crea “Programa provincial de asistencia y apoyo a pacientes celíacos y portadores de intolerancias alimenticias permanentes.
Entre los objetivos de la ley, encontramos algunos de singular trascendencia para los enfermos celíacos, tales como instar a las obras sociales a que contemplen planes de acciones destinados al autocuidado del celíaco; facilitar el acceso a los estudios para el diagnóstico de esta enfermedad y realizar relevamientos en colegios, guarderías, geriátricos, cárceles, comedores y ONG para reflejar la existencia de estos pacientes y prever planes alimentarios para cubrir sus necesidades.
También se promueve la creación de un Registro Provincial de Celíacos, que facilite el acceso a los medicamentos específicos, entre otros beneficios. También se creará otro registro para elaborar listados de alimentos permitidos.
La autoridad de aplicación a tenor de las prescripciones establecidas, debiera estimular acciones conjuntas con asociaciones específicas y refrendar acuerdos con las asociaciones médicas y de nutrición para que se respeten los listados de alimentos.
En el artículo 6 de la ley se establece que algunas de las empresas que elaboren productos sin gluten, estarán obligadas a especificar sus componentes.
Observamos como de la letra y espíritu generoso de la citada normativa, al menos teóricamente, nuestra provincia avanza de manear efectiva en la prevención y atención de la celiaquia, enfermedad genética, caracterizada por la intolerancia permanente, total y absoluta, a la gliadina, proteína contenida en el gluten de cereales que son constituyentes habituales de la dieta en nuestro país, tales como el trigo, la cebada y el centeno.
En nuestro País, aproximadamente 400.000 son celíacas, si bien solo 25.000 han sido diagnosticadas, lo que pone de relieve la falta de tratamiento efectivo destinado a la concientización y prevención del tema en la población.
Lamentablemente el único y posible tratamiento de los enfermos celíacos es una dieta estricta y de por vida sin T.A.C.C. (Sin trigo, avena, cebada, centeno), lo que conlleva de por si, a un cambio de hábitos en la población, además de una mayor erogación para su cumplimiento.
Las particularidades de la enfermedad a llevado a las personas afectadas a reclamar incesantemente de las autoridades competentes los siguientes puntos:
Obligatoriedad en la identificación de los productos alimenticios (tal como prevé la ley N° 24.827) con la leyenda "contiene gluten" o "no contiene gluten".
La implementación de controles que posibiliten la detección temprana de la enfermedad.
Garantizar la atención médica gratuita y tratamiento de los enfermos que no posean recursos.
Que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga provean a sus afiliados la cobertura necesaria para el diagnóstico y tratamiento.
La obligación de venta de productos para celíacos en los grandes centros de concentración de gente.
Que los productos para celíacos no sean más caros que los productos no aptos para celíacos.
Estos puntos indudablemente fueron tenidos en cuenta por el legislador a la hora de sancionar la Ley 9.142, atento a la función indelegable del estado en el control de alimentos, y en el caso particular de alimentos para celíacos se debe impulsar la formación de centros que cuenten con profesionales capacitados y equipamiento adecuado como única forma de brindar un control regional efectivo y una dieta segura
La necesidad de avanzar en un plan efectivo de detección temprana de la enfermedad, así como también su seguimiento y, dada las peculiaridades de la celiaquía, un estricto control en el tema de alimentación y atención médica se convirtieron en tema de agenda pública, al menos al momento de la sanción de la ley antes citada.
Nuestra intención es realizar el correspondiente seguimiento de las obligaciones que establecía la propia ley, a los fines de realizar el diagnóstico necesario sobre el efectivo cumplimiento de objetivos, toda vez que observamos como diariamente llegan a nuestro conocimiento, casos en donde las personas celiacas sufren todo tipo de discriminación, o falta de atención en sus necesidades básicas.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado - Alfredo Cugat – Norma Poncio – Ítalo Gudiño – Hugo Pozzi – Ana Dressino.
(código)
Etiquetas:
Proyectos de Resolución,
Proyectos Presentados,
Salud
Proyecto de Resolución: POR EL SOLICITA AL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE PROVISIÓN DE ANTICONCEPTIVOS EN LOS HOSPITALES PROVINCIALES ...
Expte. 0395/L/08
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que a través de los organismos correspondientes y en el plazo de 7 días informe sobre los siguientes puntos:
1- Determine períodos en los cuales se ha interrumpido la provisión de anticonceptivos en los Hospitales Provinciales, desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 25.673 en el ámbito de la Provincia de Córdoba;
2- Medidas implementadas ante tal anomalía por los responsables del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, ante la discontinuidad de la entrega de insumos provenientes del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, a los fines de evitar los riesgos de concepción no deseada en la población, en cumplimiento de lo establecido en el segundo párrafo del Art. 2 del Decreto 1282/2003;
3- A cuánto asciende la cantidad de anticonceptivos que se entregan en la Provincia de Córdoba, detallando su tipo, según edades y de manera mensual;
4- Población en la Provincia de Córdoba que se encuentra bajo la asistencia del programa de marras, determinando sexo y edades durante los años 2006 y 2007.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Carlos Giaveno – Ana Dressino – Ítalo Gudiño.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La ley 25.673 crea en su artículo 1, el programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable instrumentado en el año 2003 por el Ministerio de Salud de la Nación.
Entre los objetivos propuestos en el artículo 2 del citado cuerpo legal, se encuentra el de garantizar el acceso de todas las personas a la salud sexual y reproductiva, posibilitando el acceso gratuito a los distintos métodos anticonceptivos, y a consejería en los centros de salud públicos.
En pos de la consecución de los objetivos antes descriptos, establece que el Ministerio de Salud de la Nación provea anticonceptivos orales, inyectables, de emergencia, preservativos, dispositivos intrauterinos.
En la Provincia de Córdoba hay más de 100 mil mujeres participantes del programa y más de mil centros de salud que lo brindan.
Sin embargo y a pesar del éxito del mismo, en 95 centros de salud municipales de la Ciudad de Córdoba, el acceso a distintos métodos anticonceptivos se presenta de manera discontinua, generando una interrupción al programa, con lo cual se presenta como consecuencia directa la presencia de embarazos no deseados en una población mayoritaria de escasos recursos.
La gravedad de la situación es que en forma coincidente, con la falta de anticonceptivos, en varias zonas los médicos perciben que hay una mayor cantidad de embarazos, aunque dicha relación directa no se encuentre probada metodológicamente.
Se profundiza la preocupación si observamos que las autoridades locales presentan graves dificultades para adquirir los anticonceptivos a los laboratorios, que no contarían con suficiente stock para afrontar la demanda.
Varios matutinos locales han puesto de manifiesto esta situación, la cual se ha repetido solo en el año 2008, durante los meses de enero y marzo.
En la Ciudad de Córdoba, y según informan las autoridades de salud locales, existen aproximadamente 25 mil mujeres comprendidas en el Programa de Salud Sexual de la Nación que distribuye los anticonceptivos. Ascendiendo en el territorio provincial a 100.000 beneficiarias.
Además de la falta de insumos en los centros médicos, la información sobre lo que dice la ley, de parte de los profesionales de los centros de salud pública, se transforma en el principal obstáculo a revertir con miras a la plena vigencia del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, lo que se traduce a poco de analizar por la totalidad de relevamientos realizados por distintas Organizaciones No Gubernamentales, tanto provinciales como nacionales.-
Indudablemente que la falta de trabajo articulado entre la Provincia, Municipios y Nación en materia de salud reproductiva genera preocupantes consecuencias entre los destinatarios de los programas en cuestión.-
El estudio de campo del tercer sector relevó que en algunos casos el Programa está garantizado, especialmente, cuando se trata de centros de primer nivel de atención de la ciudad Capital; mientras que en los del interior de la Provincia, se presentan innumerable cantidad de obstáculos.
Uno de los temas que se planteó como impedimento fue el del horario de atención que tienen la mayoría de los centros de salud de la Provincia de Córdoba, los que atienden entre las 8 y las 14 hs., concluyendo que es prioritario ampliarlos, de modo que puedan acceder más adolescentes y mujeres, no sólo para retirar anticonceptivos sino también para el espacio de consejería.
En el relevamiento de datos, participaron representantes del Servicio a la Acción Popular, Católicas por el Derecho a Decidir, Manos y Voces de Mujeres Libres, Centro Educativo Florencia Fossatti, grupo de mujeres Colinas del Cerro, Grupo de Los Filtros, Las violetas y Villa Martínez, San Ignacio, la Unión de campesinos de Córdoba, Hilando las Sierras y la Asociación de Meretrices) destacó que la mayoría de los centros de salud cuentan con anticonceptivos por vía oral y profilácticos pero carecen de inyecciones hace, aproximadamente, 60 días (2 meses) y, en algunos casos, de algunos anticonceptivos orales.
En el interior de la provincia la situación es más precaria, comparada con los centros de salud de la Ciudad de Córdoba, ya que aún no cuentan en su mayoría con profesionales de la especialidad de ginecología que faciliten -por ejemplo- el acceso al DIU. En las comunidades rurales, la situación sanitaria es mucho más compleja y con mayores dificultades en los servicios.
Sin embargo es relevante la situación de discontinuidad en la entrega de los anticonceptivos, ya que la consecuencia directa de su interrupción son embarazos no deseados y abortos realizados en condiciones de clandestinidad.
Según la OMS en la Ciudad de Córdoba, nacen unos 25 mil bebés por año, existiendo de manera aproximada entre ocho y 10 mil abortos anuales, siendo la mitad de ellos realizados en condiciones de alto riesgo.
La discontinuidad se presenta particularmente en los métodos con pastillas anticonceptivas, los mas demandados por cierto, ya que según informes extraoficiales se cuenta con inyectables, para lactancia, píldoras del día después y dispositivos intrauterinos.
La falta de insumos indudablemente pone de manifiesto un incumplimiento acabado de lo establecido no solo en los objetivos generales del Programa, sino que particularmente no respeta la obligación de “implementar acciones tendientes a ampliar y perfeccionar la red asistencial a fin de mejorar la satisfacción de la demanda” (art. 2, segundo párrafo Dto. 1282/2003), lo que queda demostrado a poco de advertir que dicha discontinuidad en la entrega de anticonceptivos es reiterada.-
Es este instrumento, es el propio artículo 4, el que establece que “…En todos los casos y cuando corresponda, por indicación del profesional interviniente, se prescribirán preferentemente métodos de barrera, en particular el uso de preservativo, a los fines de prevenir infecciones de transmisión sexual y VIH/ SIDA. En casos excepcionales, y cuando el profesional así lo considere, podrá prescribir, además, otros métodos de los autorizados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) debiendo asistir las personas menores de CATORCE (14) años, con sus padres o un adulto responsable”.
Lo preocupante es que esta ausencia de previsión y envío de insumos ha generado un incremento de embarazos no deseados en zonas marginales, ya que de manera involuntaria han visto interrumpida la tarea de prevención de embarazos, surgiendo interrogantes sobre el accionar de las autoridades sanitarias provinciales, ya que debieran tomarse las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de la prestación y provisión de insumos.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Carlos Giaveno – Ana Dressino – Ítalo Gudiño.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución Provincial, para que a través de los organismos correspondientes y en el plazo de 7 días informe sobre los siguientes puntos:
1- Determine períodos en los cuales se ha interrumpido la provisión de anticonceptivos en los Hospitales Provinciales, desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 25.673 en el ámbito de la Provincia de Córdoba;
2- Medidas implementadas ante tal anomalía por los responsables del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, ante la discontinuidad de la entrega de insumos provenientes del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, a los fines de evitar los riesgos de concepción no deseada en la población, en cumplimiento de lo establecido en el segundo párrafo del Art. 2 del Decreto 1282/2003;
3- A cuánto asciende la cantidad de anticonceptivos que se entregan en la Provincia de Córdoba, detallando su tipo, según edades y de manera mensual;
4- Población en la Provincia de Córdoba que se encuentra bajo la asistencia del programa de marras, determinando sexo y edades durante los años 2006 y 2007.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Carlos Giaveno – Ana Dressino – Ítalo Gudiño.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La ley 25.673 crea en su artículo 1, el programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable instrumentado en el año 2003 por el Ministerio de Salud de la Nación.
Entre los objetivos propuestos en el artículo 2 del citado cuerpo legal, se encuentra el de garantizar el acceso de todas las personas a la salud sexual y reproductiva, posibilitando el acceso gratuito a los distintos métodos anticonceptivos, y a consejería en los centros de salud públicos.
En pos de la consecución de los objetivos antes descriptos, establece que el Ministerio de Salud de la Nación provea anticonceptivos orales, inyectables, de emergencia, preservativos, dispositivos intrauterinos.
En la Provincia de Córdoba hay más de 100 mil mujeres participantes del programa y más de mil centros de salud que lo brindan.
Sin embargo y a pesar del éxito del mismo, en 95 centros de salud municipales de la Ciudad de Córdoba, el acceso a distintos métodos anticonceptivos se presenta de manera discontinua, generando una interrupción al programa, con lo cual se presenta como consecuencia directa la presencia de embarazos no deseados en una población mayoritaria de escasos recursos.
La gravedad de la situación es que en forma coincidente, con la falta de anticonceptivos, en varias zonas los médicos perciben que hay una mayor cantidad de embarazos, aunque dicha relación directa no se encuentre probada metodológicamente.
Se profundiza la preocupación si observamos que las autoridades locales presentan graves dificultades para adquirir los anticonceptivos a los laboratorios, que no contarían con suficiente stock para afrontar la demanda.
Varios matutinos locales han puesto de manifiesto esta situación, la cual se ha repetido solo en el año 2008, durante los meses de enero y marzo.
En la Ciudad de Córdoba, y según informan las autoridades de salud locales, existen aproximadamente 25 mil mujeres comprendidas en el Programa de Salud Sexual de la Nación que distribuye los anticonceptivos. Ascendiendo en el territorio provincial a 100.000 beneficiarias.
Además de la falta de insumos en los centros médicos, la información sobre lo que dice la ley, de parte de los profesionales de los centros de salud pública, se transforma en el principal obstáculo a revertir con miras a la plena vigencia del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, lo que se traduce a poco de analizar por la totalidad de relevamientos realizados por distintas Organizaciones No Gubernamentales, tanto provinciales como nacionales.-
Indudablemente que la falta de trabajo articulado entre la Provincia, Municipios y Nación en materia de salud reproductiva genera preocupantes consecuencias entre los destinatarios de los programas en cuestión.-
El estudio de campo del tercer sector relevó que en algunos casos el Programa está garantizado, especialmente, cuando se trata de centros de primer nivel de atención de la ciudad Capital; mientras que en los del interior de la Provincia, se presentan innumerable cantidad de obstáculos.
Uno de los temas que se planteó como impedimento fue el del horario de atención que tienen la mayoría de los centros de salud de la Provincia de Córdoba, los que atienden entre las 8 y las 14 hs., concluyendo que es prioritario ampliarlos, de modo que puedan acceder más adolescentes y mujeres, no sólo para retirar anticonceptivos sino también para el espacio de consejería.
En el relevamiento de datos, participaron representantes del Servicio a la Acción Popular, Católicas por el Derecho a Decidir, Manos y Voces de Mujeres Libres, Centro Educativo Florencia Fossatti, grupo de mujeres Colinas del Cerro, Grupo de Los Filtros, Las violetas y Villa Martínez, San Ignacio, la Unión de campesinos de Córdoba, Hilando las Sierras y la Asociación de Meretrices) destacó que la mayoría de los centros de salud cuentan con anticonceptivos por vía oral y profilácticos pero carecen de inyecciones hace, aproximadamente, 60 días (2 meses) y, en algunos casos, de algunos anticonceptivos orales.
En el interior de la provincia la situación es más precaria, comparada con los centros de salud de la Ciudad de Córdoba, ya que aún no cuentan en su mayoría con profesionales de la especialidad de ginecología que faciliten -por ejemplo- el acceso al DIU. En las comunidades rurales, la situación sanitaria es mucho más compleja y con mayores dificultades en los servicios.
Sin embargo es relevante la situación de discontinuidad en la entrega de los anticonceptivos, ya que la consecuencia directa de su interrupción son embarazos no deseados y abortos realizados en condiciones de clandestinidad.
Según la OMS en la Ciudad de Córdoba, nacen unos 25 mil bebés por año, existiendo de manera aproximada entre ocho y 10 mil abortos anuales, siendo la mitad de ellos realizados en condiciones de alto riesgo.
La discontinuidad se presenta particularmente en los métodos con pastillas anticonceptivas, los mas demandados por cierto, ya que según informes extraoficiales se cuenta con inyectables, para lactancia, píldoras del día después y dispositivos intrauterinos.
La falta de insumos indudablemente pone de manifiesto un incumplimiento acabado de lo establecido no solo en los objetivos generales del Programa, sino que particularmente no respeta la obligación de “implementar acciones tendientes a ampliar y perfeccionar la red asistencial a fin de mejorar la satisfacción de la demanda” (art. 2, segundo párrafo Dto. 1282/2003), lo que queda demostrado a poco de advertir que dicha discontinuidad en la entrega de anticonceptivos es reiterada.-
Es este instrumento, es el propio artículo 4, el que establece que “…En todos los casos y cuando corresponda, por indicación del profesional interviniente, se prescribirán preferentemente métodos de barrera, en particular el uso de preservativo, a los fines de prevenir infecciones de transmisión sexual y VIH/ SIDA. En casos excepcionales, y cuando el profesional así lo considere, podrá prescribir, además, otros métodos de los autorizados por la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) debiendo asistir las personas menores de CATORCE (14) años, con sus padres o un adulto responsable”.
Lo preocupante es que esta ausencia de previsión y envío de insumos ha generado un incremento de embarazos no deseados en zonas marginales, ya que de manera involuntaria han visto interrumpida la tarea de prevención de embarazos, surgiendo interrogantes sobre el accionar de las autoridades sanitarias provinciales, ya que debieran tomarse las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de la prestación y provisión de insumos.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Resolución, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Carlos Giaveno – Ana Dressino – Ítalo Gudiño.
Etiquetas:
Proyectos de Resolución,
Proyectos Presentados,
Salud
Proyecto de Resolución: POR EL CUAL SOLICITA AL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE DISTINTOS ASPECTOS RELACIONADOS A LA SITUACIÓN DE LAS CÁRCELES..
Expte. 0306/L/08
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial para que informe (Art. 102 de la Constitución Provincial), en un plazo de siete (7) días, a través del Ministerio de Justicia, sobre distintos aspectos relacionados a la situación de las cárceles en Córdoba:
1º- Sobre la cantidad de penados que cada Juzgado de Ejecución Penal existente tiene bajo su competencia.
2º- Si ha recibido informes de los Juzgados de Ejecución Penal, o del Tribunal Superior de Justicia, sobre la existencia y resultados de los controles obligatorios relacionados a la verificación y cumplimiento de las normas de sanidad e higiene en los establecimientos carcelarios de la Provincia.
3º- Si lleva el control sobre el cumplimiento de la obligación que a los Jueces de Ejecución Penal les pesa, de asistir cada mes, por lo menos, a los establecimientos penitenciarios de la Provincia, como así también a aquellos lugares donde se ejecuten medidas de seguridad, y si tiene informe sobre los resultados de dichas visitas.
4º- Si de dichos informes ha surgido la constatación de violaciones a los derechos individuales de los internos o recluidos.
5º- Si ha controlado la suficiencia o insuficiencia de los nuevos Juzgados, y si éstos cuentan con los recursos necesarios y suficientes para el cumplimiento de sus fines.
6º- Si en base a la información que haya recaudado, tanto a través de los Juzgados de Ejecución Penal, como de propio Tribunal Superior de Justicia, responsable de la superintendencia y funcionamiento de Poder Judicial, considera como necesario la creación de nuevos Juzgados con la misma competencia.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino – Miguel Nicolás.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La cantidad y gravedad de los problemas que se generan en torno al servicio penitenciario de la Provincia, son en número y entidad, altamente preocupantes.
Casi habitualmente sorprenden a la opinión pública, reclamos por parte de los internos de los establecimientos penitenciarios, sendas peticiones por parte de los agentes del sistema, intentos de fuga, amotinamientos etc. Todo lo que contribuye a la situación de inseguridad con la que se convive cotidianamente.
De reciente implementación son los Juzgados de Ejecución Penal, que ante la necesidad fueron creados tras la especificidad y en busca de una solución a ésta particular problemática.
Ya a esta altura, y con la creciente problematización descripta, es hora de tener un balance y evaluación de su funcionamiento, basado en los controles que obligatoriamente deben llevar adelante los magistrados responsables.
Como es de público conocimiento, luego de la sanción de la ley 8917 de creación de los juzgados referidos, pasado más de un año de la misma, se nombraron a los jueces que reemplazaron en funciones a las Cámaras del Crimen y los Juzgados Correccionales.
No dudamos que dicho proceso ha redundado en un avance en relación a ésta problemática, pero tampoco se puede obviar el evidente incremento de la población carcelaria, más los hechos que estallan casi a diario, que dan cuenta de la magnitud del problema. De hecho que el propio Gobernador confesó públicamente no haber considerado a ésta situación como de urgente solución, encontrándose sin planificación para abordarlo.
Una reacción, que sin los elemento de juicio no podemos evaluar, ha sido el reciente ingreso de proyectos para la construcción de cárceles, pero con el condicionamiento de la venta previa de los inmuebles donde residen los actuales establecimientos (Penal de San Martín y Encausados), de ésta ciudad. Sin concluir adelantamos la preocupación de hacer depender una cosa de la otra, pues una situación, una amenaza acuciante, no puede depender de la suerte de un negocio.
De esta manera se torna relevante el conocimiento sobre la evaluación más directa, la que deben haber llevado adelante los primeros responsables del control del funcionamiento del sistema.
Son éstas las razones que tornan fundamental, en el camino de la toma de decisiones, el conocimiento más acabado que se pueda tener sobre la realidad del funcionamiento del sistema carcelario, y las razones por las que solicitamos la aprobación del presente pedido de informes.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino – Miguel Nicolás.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial para que informe (Art. 102 de la Constitución Provincial), en un plazo de siete (7) días, a través del Ministerio de Justicia, sobre distintos aspectos relacionados a la situación de las cárceles en Córdoba:
1º- Sobre la cantidad de penados que cada Juzgado de Ejecución Penal existente tiene bajo su competencia.
2º- Si ha recibido informes de los Juzgados de Ejecución Penal, o del Tribunal Superior de Justicia, sobre la existencia y resultados de los controles obligatorios relacionados a la verificación y cumplimiento de las normas de sanidad e higiene en los establecimientos carcelarios de la Provincia.
3º- Si lleva el control sobre el cumplimiento de la obligación que a los Jueces de Ejecución Penal les pesa, de asistir cada mes, por lo menos, a los establecimientos penitenciarios de la Provincia, como así también a aquellos lugares donde se ejecuten medidas de seguridad, y si tiene informe sobre los resultados de dichas visitas.
4º- Si de dichos informes ha surgido la constatación de violaciones a los derechos individuales de los internos o recluidos.
5º- Si ha controlado la suficiencia o insuficiencia de los nuevos Juzgados, y si éstos cuentan con los recursos necesarios y suficientes para el cumplimiento de sus fines.
6º- Si en base a la información que haya recaudado, tanto a través de los Juzgados de Ejecución Penal, como de propio Tribunal Superior de Justicia, responsable de la superintendencia y funcionamiento de Poder Judicial, considera como necesario la creación de nuevos Juzgados con la misma competencia.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino – Miguel Nicolás.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
La cantidad y gravedad de los problemas que se generan en torno al servicio penitenciario de la Provincia, son en número y entidad, altamente preocupantes.
Casi habitualmente sorprenden a la opinión pública, reclamos por parte de los internos de los establecimientos penitenciarios, sendas peticiones por parte de los agentes del sistema, intentos de fuga, amotinamientos etc. Todo lo que contribuye a la situación de inseguridad con la que se convive cotidianamente.
De reciente implementación son los Juzgados de Ejecución Penal, que ante la necesidad fueron creados tras la especificidad y en busca de una solución a ésta particular problemática.
Ya a esta altura, y con la creciente problematización descripta, es hora de tener un balance y evaluación de su funcionamiento, basado en los controles que obligatoriamente deben llevar adelante los magistrados responsables.
Como es de público conocimiento, luego de la sanción de la ley 8917 de creación de los juzgados referidos, pasado más de un año de la misma, se nombraron a los jueces que reemplazaron en funciones a las Cámaras del Crimen y los Juzgados Correccionales.
No dudamos que dicho proceso ha redundado en un avance en relación a ésta problemática, pero tampoco se puede obviar el evidente incremento de la población carcelaria, más los hechos que estallan casi a diario, que dan cuenta de la magnitud del problema. De hecho que el propio Gobernador confesó públicamente no haber considerado a ésta situación como de urgente solución, encontrándose sin planificación para abordarlo.
Una reacción, que sin los elemento de juicio no podemos evaluar, ha sido el reciente ingreso de proyectos para la construcción de cárceles, pero con el condicionamiento de la venta previa de los inmuebles donde residen los actuales establecimientos (Penal de San Martín y Encausados), de ésta ciudad. Sin concluir adelantamos la preocupación de hacer depender una cosa de la otra, pues una situación, una amenaza acuciante, no puede depender de la suerte de un negocio.
De esta manera se torna relevante el conocimiento sobre la evaluación más directa, la que deben haber llevado adelante los primeros responsables del control del funcionamiento del sistema.
Son éstas las razones que tornan fundamental, en el camino de la toma de decisiones, el conocimiento más acabado que se pueda tener sobre la realidad del funcionamiento del sistema carcelario, y las razones por las que solicitamos la aprobación del presente pedido de informes.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino – Miguel Nicolás.
Etiquetas:
Otros,
Proyectos de Resolución,
Proyectos Presentados
Proyecto de Declaración: SOLICITA AL PODER EJECUTIVO QUE, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, REPARE Y MANTENGA EL CAMINO PROVINCIAL ..
Expte. 11689/L/07
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección Provincial de Vialidad, repare, mantenga y enarene el Camino Provincial que une las localidades de Cerro Colorado y Caminiaga del Departamento Sobremonte, del Norte de nuestra Provincia.
Fdo.: Dante Rossi
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Entre las riquezas turísticas que posee nuestra provincia, se destaca, sin dudas, El Cerro Colorado. Esta localidad cobija las invalorables pinturas rupestres y con ellas, innumerable cantidad de historias y leyendas que lo han convertido en un centro de atracción por excelencia.
La tradición, a partir de haber sido el lugar elegido por Atahualpa Yupanqui, uno de los músicos y escritores que mejor ha pintado los paisajes de la Argentina de tierra adentro, encontró allí un refugio convocante para miles de turistas que año a año van en busca de sus bellezas.
No es necesario resaltar aquí la importancia del turismo para la economía de la provincia, pues caeríamos en perogrulladas, pero sí resaltar que el desarrollo de ésta actividad creciente, requiere de una infraestructura que facilite, que allane esos fines. La actividad Estatal en esto, es fundamental e indiscutible.
También es una realidad, que no solamente El Cerro Colorado es el portador de lo antedicho, pues el conocimiento de nuestra provincia nos permite hablar de una zona de influencia muy rica en tradiciones y atractivos, que paulatinamente se va a ir desarrollando, brindando alternativas a los turistas, y trabajo y crecimiento económico a toda esa región del norte cordobés. Caminiaga es un ejemplo palpable de lo dicho.
El estado del camino de tierra, que está en la orbita provincial, que une a éstas históricas localidades del Norte Cordobés, hoy es un impediente para el desarrollo del proceso descripto, y ésta es la razón por la que, en utilización de las atribuciones conferidas a los representantes del pueblo, llamo la atención y recomiendo al Ejecutivo de la Provincia y sus entes dependencias, para que reparen y mantengan éste camino trascendente de la destacada región de nuestro norte.
Es por estos motivos que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Fdo.: Dante Rossi
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección Provincial de Vialidad, repare, mantenga y enarene el Camino Provincial que une las localidades de Cerro Colorado y Caminiaga del Departamento Sobremonte, del Norte de nuestra Provincia.
Fdo.: Dante Rossi
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Entre las riquezas turísticas que posee nuestra provincia, se destaca, sin dudas, El Cerro Colorado. Esta localidad cobija las invalorables pinturas rupestres y con ellas, innumerable cantidad de historias y leyendas que lo han convertido en un centro de atracción por excelencia.
La tradición, a partir de haber sido el lugar elegido por Atahualpa Yupanqui, uno de los músicos y escritores que mejor ha pintado los paisajes de la Argentina de tierra adentro, encontró allí un refugio convocante para miles de turistas que año a año van en busca de sus bellezas.
No es necesario resaltar aquí la importancia del turismo para la economía de la provincia, pues caeríamos en perogrulladas, pero sí resaltar que el desarrollo de ésta actividad creciente, requiere de una infraestructura que facilite, que allane esos fines. La actividad Estatal en esto, es fundamental e indiscutible.
También es una realidad, que no solamente El Cerro Colorado es el portador de lo antedicho, pues el conocimiento de nuestra provincia nos permite hablar de una zona de influencia muy rica en tradiciones y atractivos, que paulatinamente se va a ir desarrollando, brindando alternativas a los turistas, y trabajo y crecimiento económico a toda esa región del norte cordobés. Caminiaga es un ejemplo palpable de lo dicho.
El estado del camino de tierra, que está en la orbita provincial, que une a éstas históricas localidades del Norte Cordobés, hoy es un impediente para el desarrollo del proceso descripto, y ésta es la razón por la que, en utilización de las atribuciones conferidas a los representantes del pueblo, llamo la atención y recomiendo al Ejecutivo de la Provincia y sus entes dependencias, para que reparen y mantengan éste camino trascendente de la destacada región de nuestro norte.
Es por estos motivos que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Declaración.
Fdo.: Dante Rossi
Proyecto de Declaración: Preocupación por la denuncia que el Fiscal Federal Guillermo Marijuán radicó contra el dirigente de FAA Alfredo de Angelis
Expte. 0440/L/08
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Su profunda preocupación por la denuncia que el Fiscal Federal Guillermo Marijuán radicó de oficio contra el dirigente de Federación Agraria Argentina Alfredo de Angelis, en la cuál pide su detención; hecho que podría representar el primer acto de una escalada lanzada u ordenada por el Gobierno Nacional a los efectos de acallar por cualquier medio posibles protestas derivadas del conflicto que mantiene con los sectores del campo.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El Fiscal Federal Guillermo Marijuán radicó hoy una denuncia contra el dirigente de Federación Agraria Argentina Alfredo De Angelis por supuesta intimidación pública con armas, requiriendo su detención, y solicitando se investigue si incurrió en el delito de intimidación pública, acopio de armas, incitación a la violencia e intimidación pública, a raíz de declaraciones concedidas al diario “Crítica”, en donde expresó que los ruralistas alzados en protestas en Gualeguaychú,. Entre Ríos, estaban armados con escopetas y carabinas en prevención de supuestos ataques de un grupo de camioneros comandados por Pablo Moyano, hijo de Hugo.-
Pareciera que éste Fiscal Federal tiene severos ojos para mirar estas declaraciones, pero deja pasar por alto conductas, hechos y declaraciones profundamente violentas efectuadas por personeros del gobierno nacional, como las efectuadas días atrás por D’Elía.-
Pretendemos que esta Legislatura Provincial exprese su preocupación ante estos hechos, porque entendemos que estamos ante la utilización en su máxima expresión del aparato estatal para acallar de cualquier forma una protesta.-
D’Elía puede incendiar una comisaría, enfrentar una pacífica manifestación, insultar, amenazar de muerte, denigrar a otros argentinos, y como contrapartida recibe un lugar en el palco al lado de la Presidenta de la Nación Cristina Fernandez de Kirchner.-
Lo que sucede es que si los discursos de la Sra. Presidenta buscan dividir a los argentinos, desacreditando a quienes piensan distinto, con diatribas violentas que nos trasladan a un pasado al que no queremos volver, que podemos esperar de sus principales espadas como Hugo Moyano, D’Elía, Pèrsico, Guillermo Moreno.-
La amenaza de aplicar la Ley de Abastecimiento, concretada a partir de mañana para la carne, más el fomento desde el discurso presidencial a la división de los argentinos, más el agregado de los patoteros que buscan poner orden, nos llevan a volver a vivir los tristemente célebres acontecimientos de la década del 70.-
Hay que frenar el autoritarismo antes de que sea tarde.- El respeto por el disenso y la búsqueda permanente del diálogo, que son presupuestos básicos del fortalecimiento del sistema democrático, no tienen banderías políticas.-
Por estos fundamentos y los que haré al momento del tratamiento de la presente iniciativa, es que solicito la aprobación del presente proyecto.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Su profunda preocupación por la denuncia que el Fiscal Federal Guillermo Marijuán radicó de oficio contra el dirigente de Federación Agraria Argentina Alfredo de Angelis, en la cuál pide su detención; hecho que podría representar el primer acto de una escalada lanzada u ordenada por el Gobierno Nacional a los efectos de acallar por cualquier medio posibles protestas derivadas del conflicto que mantiene con los sectores del campo.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El Fiscal Federal Guillermo Marijuán radicó hoy una denuncia contra el dirigente de Federación Agraria Argentina Alfredo De Angelis por supuesta intimidación pública con armas, requiriendo su detención, y solicitando se investigue si incurrió en el delito de intimidación pública, acopio de armas, incitación a la violencia e intimidación pública, a raíz de declaraciones concedidas al diario “Crítica”, en donde expresó que los ruralistas alzados en protestas en Gualeguaychú,. Entre Ríos, estaban armados con escopetas y carabinas en prevención de supuestos ataques de un grupo de camioneros comandados por Pablo Moyano, hijo de Hugo.-
Pareciera que éste Fiscal Federal tiene severos ojos para mirar estas declaraciones, pero deja pasar por alto conductas, hechos y declaraciones profundamente violentas efectuadas por personeros del gobierno nacional, como las efectuadas días atrás por D’Elía.-
Pretendemos que esta Legislatura Provincial exprese su preocupación ante estos hechos, porque entendemos que estamos ante la utilización en su máxima expresión del aparato estatal para acallar de cualquier forma una protesta.-
D’Elía puede incendiar una comisaría, enfrentar una pacífica manifestación, insultar, amenazar de muerte, denigrar a otros argentinos, y como contrapartida recibe un lugar en el palco al lado de la Presidenta de la Nación Cristina Fernandez de Kirchner.-
Lo que sucede es que si los discursos de la Sra. Presidenta buscan dividir a los argentinos, desacreditando a quienes piensan distinto, con diatribas violentas que nos trasladan a un pasado al que no queremos volver, que podemos esperar de sus principales espadas como Hugo Moyano, D’Elía, Pèrsico, Guillermo Moreno.-
La amenaza de aplicar la Ley de Abastecimiento, concretada a partir de mañana para la carne, más el fomento desde el discurso presidencial a la división de los argentinos, más el agregado de los patoteros que buscan poner orden, nos llevan a volver a vivir los tristemente célebres acontecimientos de la década del 70.-
Hay que frenar el autoritarismo antes de que sea tarde.- El respeto por el disenso y la búsqueda permanente del diálogo, que son presupuestos básicos del fortalecimiento del sistema democrático, no tienen banderías políticas.-
Por estos fundamentos y los que haré al momento del tratamiento de la presente iniciativa, es que solicito la aprobación del presente proyecto.
Fdo.: Dante Rossi – Hipólito Faustinelli – Ana Dressino
Etiquetas:
Otros,
Proyectos de Declaración,
Proyectos Presentados
Proyecto de Declaración: Su adhesión a la conmemoración del “Día de la Constitución Nacional” ...
Expte. 0435/L/08
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Su adhesión a la conmemoración del “Día de la Constitución Nacional” que se celebra cada 1 de mayo desde el año 2004, en que fuera institucionalizado por la Ley Número 25.863, en homenaje a la sanción de nuestra Constitución Nacional en la ciudad de Santa Fé en el año 1853.
Sea propicio este día para revalorizar la vigencia ininterrumpida desde el año 1983, de nuestra Ley Suprema, reflexionando sobre la trascendencia en todo Estado democrático de los valores por ella sembrados.
Fdo.: Dante Rossi – Miguel Nicolás – Ana Dressino – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
A partir de la vigencia de la Ley 25.863, en la República Argentina se conmemora cada 1 de mayo la sanción de nuestra Constitución Nacional en el año 1853 en la Ciudad de Santa Fé, a instancias de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Tal como el texto legal lo establece en su artículo 2, todas las actividades desarrolladas tienden a “reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos”.
Luego del "Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos", celebrado el 31 de mayo de 1852, entre los gobernadores reunidos en San Nicolás de los Arroyos, Justo José de Urquiza (gobernador de la Confederación tras la Batalla de Caseros, en la que fue derrotado Juan Manuel de Rosas) promueve e insta a la celebración de un Congreso General Constituyente.
Este Congreso se reuniría desde el 20 de noviembre de 1852 en el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz, y el 1º de mayo de 1853, sancionando y jurando en dicha fecha la tan ansiada Ley Fundamental de la Nación, convirtiéndose en la segunda mas antigua del Continente americano, después de la norteamericana del año 1787.
Entre los convencionales constituyentes encontramos a Facundo Zubiria, Pedro Centeno, Pedro Ferré, Juan del Campillo, Santiago Derqui, Pedro Díaz Colodrero, Luciano Torrent, Juan María Gutierrez, José Quintana, Agustín Delgado, Manuel Padilla, Martín Zapata, Regis Martinez, Salvador María del Carril, Ruperto Godoy, Delfin Huergo, Juan Llerena, Juan Francisco Segui, Manuel Leiva, Benjamin Lavaysse, José Benjamin Gorostiaga, Fray José Manuel Perez y Salustiano Zavalía sancionaban, juraban y firmaban la Constitución Argentina.
Nuestra Carta Magna fue jurada el 9 de julio por las Provincias, excepto por Buenos Aires, quien recién se incorpora tras la celebración del denominado Pacto de San José de Flores.
El Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe, estaba integrado por ilustres hombres que provenían de diversas profesiones y actividades; destacándose la pluralidad de ideas políticas, económicas y religiosas, aunque unidos todos ellos por un fuerte espíritu de unión, tolerancia y patriotismo lo que permitió de manera indubitable el surgimiento de nuestra Nación.-
La comisión denominada “de Negocios Constitucionales”, seleccionada para redactar el proyecto preliminar se integró por Juan María Gutiérrez, Manuel Leiva, José Benjamín Gorostiaga, Pedro Díaz Colodrero, Martín Zapata, Salustiano Zavalía y Juan del Campillo.
La letra de Juan María Gutiérrez se refleja en la parte dogmática de nuestra Carta Magna, afirmando Juan Bautista Alberdi que la Argentina ha tenido dos padres de la patria: San Martín, con el sable, y Gutiérrez, con la sabiduría.
Uno de los principales redactores fue nada menos que historiador, ingeniero, cartógrafo, indigenista, pedagogo, astrónomo, científico y poeta, y fue también rector de la Universidad de Buenos Aires durante doce años.
Para redactar nuestra Constitución los constituyentes tuvieron en cuenta todos los antecedentes de los pactos interprovinciales y los reglamentos que se habían redactado desde 1810 en adelante, así como el contenido de las dos constituciones anteriores: la de 1819 y la de 1826.
Tomaron como modelos las Constituciones de Estados Unidos, Chile, entre otros, así como también destacadas obras de la época tales como el maravilloso y siempre vigente libro “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina”, escrito por el tucumano Juan Bautista Alberdi; El Federalista, de Hamilton, Madison y Jay; Dogma Socialista, de Esteban Echeverría; y también el proyecto constitucional de Juan Bautista Alberdi.
La Ley Fundamental sancionada en Santa Fe consta de un preámbulo y 107 artículos, divididos en 2 partes: "Declaraciones, Derechos y Garantías" y "Autoridades de la Nación".
Justo José de Urquiza al promulgar la Constitución Nacional el 1° de mayo de 1853, exclamó: "...Álzese, pues, bien alto la Ley Nacional y sea de todos profundamente respetada, puesto que a mí me ha cabido el deber de hacerla ejecutar...".
La Constitución Nacional, madre de todas las leyes, carta de navegación de nuestra sociedad cumple 155 años de vigencia.
En su cumpleaños mencionamos 10 razones para recordarla, conocerla y aplicarla, siguiendo al Dr. Jorge Horacio Gentile, quien nos hace reflexionar sobre lo siguiente:
La Constitución merece ser recordada tanto o más que los mártires de Chicago y a los trabajadores, que motiva el feriado del 1º de mayo, ya que ella resume los principios esenciales de nuestra nacionalidad. Ella es:
l. Ley suprema: síntesis y justificación de todas las normas que regulan nuestro Estado de derecho.
2. La organizadora de nuestra sociedad política y estado: en todos sus niveles (federal, provincial y municipal) y los órganos del gobierno federal (poderes legislativos, ejecutivo y judicial, y el Ministerio Público).
3. Garantiza nuestra libertad: el asegurar el ejercicio de nuestros derechos personales y sociales.
4. Limita y desconcentra el poder: para garantizar un amplio espacio de libertad.
5. Instituye las "reglas del juego": que regulan racional e incruentamente el conflicto político, que la democracia no suprimió, haciéndolas mas civilizadas, e integrando en los órganos de gobierno a la oposición.
6. Un compromiso: que la generación de los constituyentes asumió para organizar la sociedad argentina y que las generaciones posteriores hemos ratificado, con mayor o menor fidelidad a sus sabias disposiciones, como nos muestra la historia de su aplicación.
7. La legitimidad de la Constitución reside en la mayor o menor creencia de la gente en la bondad de sus cláusulas y en la razón de ser de su vigencia. Mientras más creemos en sus principios y "reglas de juego" más legitimas son las conductas, los valores y las normas que contiene y signan la vida de esta sociedad.
8. La estable temporalidad: de su prolongada vigencia la constituyen en la mejor garantía de seguridad jurídica.
9. Futuridad: porque contiene los anhelos, aspiraciones, objetivos, ideales a los que nos hemos comprometidos alcanzar como sociedad política desde nuestra fundación y en la refundaciones que implican las reformas constitucionales.
10. Símbolo de la Democracia: Sus cláusulas reflejan nuestro estilo de vida republicano democrático que significa: un gobierno elegido por el pueblo, Estado de derecho, limitación de poderes en resguardo de los derechos personales, libertad d expresión, reconocimiento de la influencia de la opinión pública en las decisiones políticas, regulación de la contienda política, pluralidad de opiniones, partidos, grupos y organizaciones sociales.
Por estas y por otras razones que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Miguel Nicolás – Ana Dressino – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECLARA
Su adhesión a la conmemoración del “Día de la Constitución Nacional” que se celebra cada 1 de mayo desde el año 2004, en que fuera institucionalizado por la Ley Número 25.863, en homenaje a la sanción de nuestra Constitución Nacional en la ciudad de Santa Fé en el año 1853.
Sea propicio este día para revalorizar la vigencia ininterrumpida desde el año 1983, de nuestra Ley Suprema, reflexionando sobre la trascendencia en todo Estado democrático de los valores por ella sembrados.
Fdo.: Dante Rossi – Miguel Nicolás – Ana Dressino – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
A partir de la vigencia de la Ley 25.863, en la República Argentina se conmemora cada 1 de mayo la sanción de nuestra Constitución Nacional en el año 1853 en la Ciudad de Santa Fé, a instancias de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional.
Tal como el texto legal lo establece en su artículo 2, todas las actividades desarrolladas tienden a “reflexionar sobre los significados, importancia y efectividad de los postulados normativos de nuestra Constitución, particularmente, los derechos y garantías de los habitantes y la observancia de los valores democráticos”.
Luego del "Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos", celebrado el 31 de mayo de 1852, entre los gobernadores reunidos en San Nicolás de los Arroyos, Justo José de Urquiza (gobernador de la Confederación tras la Batalla de Caseros, en la que fue derrotado Juan Manuel de Rosas) promueve e insta a la celebración de un Congreso General Constituyente.
Este Congreso se reuniría desde el 20 de noviembre de 1852 en el Cabildo de Santa Fe de la Vera Cruz, y el 1º de mayo de 1853, sancionando y jurando en dicha fecha la tan ansiada Ley Fundamental de la Nación, convirtiéndose en la segunda mas antigua del Continente americano, después de la norteamericana del año 1787.
Entre los convencionales constituyentes encontramos a Facundo Zubiria, Pedro Centeno, Pedro Ferré, Juan del Campillo, Santiago Derqui, Pedro Díaz Colodrero, Luciano Torrent, Juan María Gutierrez, José Quintana, Agustín Delgado, Manuel Padilla, Martín Zapata, Regis Martinez, Salvador María del Carril, Ruperto Godoy, Delfin Huergo, Juan Llerena, Juan Francisco Segui, Manuel Leiva, Benjamin Lavaysse, José Benjamin Gorostiaga, Fray José Manuel Perez y Salustiano Zavalía sancionaban, juraban y firmaban la Constitución Argentina.
Nuestra Carta Magna fue jurada el 9 de julio por las Provincias, excepto por Buenos Aires, quien recién se incorpora tras la celebración del denominado Pacto de San José de Flores.
El Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe, estaba integrado por ilustres hombres que provenían de diversas profesiones y actividades; destacándose la pluralidad de ideas políticas, económicas y religiosas, aunque unidos todos ellos por un fuerte espíritu de unión, tolerancia y patriotismo lo que permitió de manera indubitable el surgimiento de nuestra Nación.-
La comisión denominada “de Negocios Constitucionales”, seleccionada para redactar el proyecto preliminar se integró por Juan María Gutiérrez, Manuel Leiva, José Benjamín Gorostiaga, Pedro Díaz Colodrero, Martín Zapata, Salustiano Zavalía y Juan del Campillo.
La letra de Juan María Gutiérrez se refleja en la parte dogmática de nuestra Carta Magna, afirmando Juan Bautista Alberdi que la Argentina ha tenido dos padres de la patria: San Martín, con el sable, y Gutiérrez, con la sabiduría.
Uno de los principales redactores fue nada menos que historiador, ingeniero, cartógrafo, indigenista, pedagogo, astrónomo, científico y poeta, y fue también rector de la Universidad de Buenos Aires durante doce años.
Para redactar nuestra Constitución los constituyentes tuvieron en cuenta todos los antecedentes de los pactos interprovinciales y los reglamentos que se habían redactado desde 1810 en adelante, así como el contenido de las dos constituciones anteriores: la de 1819 y la de 1826.
Tomaron como modelos las Constituciones de Estados Unidos, Chile, entre otros, así como también destacadas obras de la época tales como el maravilloso y siempre vigente libro “Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina”, escrito por el tucumano Juan Bautista Alberdi; El Federalista, de Hamilton, Madison y Jay; Dogma Socialista, de Esteban Echeverría; y también el proyecto constitucional de Juan Bautista Alberdi.
La Ley Fundamental sancionada en Santa Fe consta de un preámbulo y 107 artículos, divididos en 2 partes: "Declaraciones, Derechos y Garantías" y "Autoridades de la Nación".
Justo José de Urquiza al promulgar la Constitución Nacional el 1° de mayo de 1853, exclamó: "...Álzese, pues, bien alto la Ley Nacional y sea de todos profundamente respetada, puesto que a mí me ha cabido el deber de hacerla ejecutar...".
La Constitución Nacional, madre de todas las leyes, carta de navegación de nuestra sociedad cumple 155 años de vigencia.
En su cumpleaños mencionamos 10 razones para recordarla, conocerla y aplicarla, siguiendo al Dr. Jorge Horacio Gentile, quien nos hace reflexionar sobre lo siguiente:
La Constitución merece ser recordada tanto o más que los mártires de Chicago y a los trabajadores, que motiva el feriado del 1º de mayo, ya que ella resume los principios esenciales de nuestra nacionalidad. Ella es:
l. Ley suprema: síntesis y justificación de todas las normas que regulan nuestro Estado de derecho.
2. La organizadora de nuestra sociedad política y estado: en todos sus niveles (federal, provincial y municipal) y los órganos del gobierno federal (poderes legislativos, ejecutivo y judicial, y el Ministerio Público).
3. Garantiza nuestra libertad: el asegurar el ejercicio de nuestros derechos personales y sociales.
4. Limita y desconcentra el poder: para garantizar un amplio espacio de libertad.
5. Instituye las "reglas del juego": que regulan racional e incruentamente el conflicto político, que la democracia no suprimió, haciéndolas mas civilizadas, e integrando en los órganos de gobierno a la oposición.
6. Un compromiso: que la generación de los constituyentes asumió para organizar la sociedad argentina y que las generaciones posteriores hemos ratificado, con mayor o menor fidelidad a sus sabias disposiciones, como nos muestra la historia de su aplicación.
7. La legitimidad de la Constitución reside en la mayor o menor creencia de la gente en la bondad de sus cláusulas y en la razón de ser de su vigencia. Mientras más creemos en sus principios y "reglas de juego" más legitimas son las conductas, los valores y las normas que contiene y signan la vida de esta sociedad.
8. La estable temporalidad: de su prolongada vigencia la constituyen en la mejor garantía de seguridad jurídica.
9. Futuridad: porque contiene los anhelos, aspiraciones, objetivos, ideales a los que nos hemos comprometidos alcanzar como sociedad política desde nuestra fundación y en la refundaciones que implican las reformas constitucionales.
10. Símbolo de la Democracia: Sus cláusulas reflejan nuestro estilo de vida republicano democrático que significa: un gobierno elegido por el pueblo, Estado de derecho, limitación de poderes en resguardo de los derechos personales, libertad d expresión, reconocimiento de la influencia de la opinión pública en las decisiones políticas, regulación de la contienda política, pluralidad de opiniones, partidos, grupos y organizaciones sociales.
Por estas y por otras razones que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Fdo.: Dante Rossi – Miguel Nicolás – Ana Dressino – Carlos Giaveno – María Calvo Aguado
Etiquetas:
Otros,
Proyectos de Declaración,
Proyectos Presentados
Suscribirse a:
Entradas (Atom)
