LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
RESUELVE
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que informe, (Artículo 102 de la Constitución Provincial), en un plazo de siete días (7), a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba, sobre los siguientes interrogantes referidos al otorgamiento de subsidios al transporte interurbano:
1- Detalle de todas las prestatarias de servicios de transporte de pasajeros bajo “condiciones de regularidad, continuidad, generalidad y uniformidad”, que prestan servicio en la jurisdicción de la provincia de Córdoba, bajo la tutela y control como Autoridad de Aplicación del Gobierno de la Provincia de Córdoba, bajo todas y cada una de las modalidades de servicios desde enero de 2006 a la fecha. (adjuntar copia de la Resolución que otorgó el servicio a cada prestataria y especificar que tramos efectivamente sirve, detallando el origen y destino de las cabeceras de todos y cada uno de los servicios y desde que fecha se encuentra prestándolo).
2- Detalle de todas las prestatarias de servicios de transporte de pasajeros bajo “condiciones de regularidad, continuidad, generalidad y uniformidad”, que prestan servicio en la jurisdicción de la provincia de Córdoba, bajo la tutela y control como Autoridad de Aplicación de los Municipios o Comunas de la Provincia, en la jurisdicción de los citados Municipios o Comunas, bajo todas y cada una de las modalidades de servicios desde enero de 2006 a la fecha. (adjuntar copia de la Resolución que otorgó el servicio a cada prestataria y especificar que tramos efectivamente sirve, detallando el origen y destino de las cabeceras de todos y cada uno de los servicios y desde que fecha se encuentra prestándolo).
3- Informe de la evolución, en los últimos ocho años de la tarifa al usuario correspondiente a cada modalidad de servicio y a cada tramo de prestación autorizado por el Gobierno Provincial. El objeto de la pregunta es conocer cuánto pagó efectivamente cada usuario de los distintos tipos de servicios de transporte de pasajeros de la Provincia de Córdoba, para trasladarse entre las diferentes localidades atendidas por los servicios regulados por la autoridad provincial.
4- Detalle del cálculo de las tarifas requeridas en la pregunta anterior. Esta pregunta apunta a conocer los fundamentos aplicados con anterioridad a la sanción del Decreto 254/03 y la incidencia de aplicación del mismo en las tarifas establecidas a partir de la vigencia de este Decreto (para ello se solicita la cuantificación numérica que se le asignó a cada una de las variables definidas en la metodología de cálculo establecida en el anexo “D” del referido Decreto 254/03).
5- Informe de la evolución, en los últimos ocho años de la tarifa al usuario correspondiente a cada modalidad de servicio y a cada tramo de prestación autorizado por cada Municipio o Comuna de la Provincia de Córdoba. El objeto de la pregunta es conocer cuánto pagó efectivamente cada usuario de los distintos tipos de servicios de transporte de pasajeros de los Municipios o Comunas de la provincia de Córdoba, para trasladarse entre las diferentes localidades.
6- Detalle de los subsidios otorgados a los servicios provinciales de transporte de pasajeros por el Gobierno Provincial. Este requerimiento apunta a conocer con un nivel de detalle mensual la asignación de dinero y/o beneficios fiscales para cada prestataria, discriminando por qué servicios (tramo y modalidad) se le asigna.
7- Detalle de los subsidios otorgados a los servicios de Comunas o Municipios de la Provincia de Córdoba. Este requerimiento apunta a conocer con un nivel de detalle mensual la asignación de dinero y/o beneficios fiscales para cada prestataria, discriminando por qué servicios (tramo y modalidad) se le asigna.
8- Detalle los criterios, mecanismos y modalidad empleada para la asignación y distribución de cada uno de los subsidios y/o beneficios fiscales otorgados por la Provincia de Córdoba a los servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción provincial.
9- Detalle los criterios, mecanismos y modalidad empleada para la asignación y distribución de cada uno de los subsidios y/o beneficios fiscales otorgados por la Provincia de Córdoba a los servicios de transporte de pasajeros de jurisdicción Municipal o Comunal a los sistemas de transportes de pasajeros mencionados.
10- Detalle de la distribución de dinero asignado a subsidios, discriminando las partidas afectadas, las cuentas a favor de las cuáles se realizaron los depósitos, el dinero efectivamente recibido por las empresas beneficiadas y los costos impositivos y bancarios de cada una de las operatorias realizadas.
11- Detalle cómo se consideró la incidencia de los citados subsidios en el cálculo tarifario aplicado y en cada una de las tarifas solicitadas en el punto 3 y 4.
12- Si conoce la existencia de reclamos judiciales de alguna/s prestataria/s, usuarios, municipios y/o comunas, respecto al otorgamiento de los subsidios pertinentes.
13- Detalle de los subsidios y/o beneficios fiscales otorgados por el gobierno provincial a servicios de extraña jurisdicción y/o servicios que no se prestan bajo “condiciones de regularidad, continuidad, generalidad y uniformidad”. En el caso que el gobierno provincial haya otorgado subsidios a prestatarias con servicios bajo más de una jurisdicción, discriminar el beneficio otorgado por modalidad, tipo de servicio, tramo y jurisdicción.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Por estos días la sociedad cordobesa asiste a un nuevo conflicto en el sistema de transporte provincial. Mientras miles de ciudadanos resultan rehenes de la disputa entre trabajadores, empresas y autoridades responsables argumentan, entre otras cosas, que la intransigencia del gremio, la inequidad de los subsidios nacionales y la crisis económica son causantes de la situación.-
Sin embargo el pueblo de Córdoba viene desde hace años haciendo importantes esfuerzos al contribuir con sus impuestos a la asignación de recursos que, restados de otras prioridades presupuestarias, se suponían direccionados al sustento de un servicio de transporte público sólido, confiable y con tarifas estables.-
Esta Legislatura ha aprobado a través del voto del oficialismo mecanismos de distribución de subsidios al transporte que debían servir a los fines apuntados en el párrafo precedente, sin que se conozca en la actual circunstancia la incidencia real que dichos montos han tenido en el sistema de transporte hoy en crisis. Así por ejemplo Mediante Decreto Nº 133/07, y frente al aumento de salarios de los trabajadores incluidos en el Convenio Colectivo Nº 241/75 del 8%, se ratificó el otorgamiento de un subsidio mensual de $700.000, con más una condonación del 3.5% del impuesto a los ingresos brutos a partir de noviembre del 2006y hasta el 1 de marzo de 2007 para algunas empresas.-
Posteriormente y frente a un nuevo incremento salarial del 11%, Por Decreto 997/07, se dispuso un subsidio mensual del $1.263.224,84, desde el 1 de marzo de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, depositando dichas sumas en ciertas y determinadas cuentas que son, entre otras cosas, objeto de nuestro requerimiento.-
Mediante el presente pedido de informes queremos saber cuánto dinero de los cordobeses ha sido destinado a subsidiar el sistema de transporte provincial; con qué criterio se ha distribuido ese dinero; quiénes han resultado beneficiarios del mismo; si los montos asignados fueron destinados efectivamente al pago de los incrementos salariales o si acaso empresas que recibieron subsidios no pagaron los incrementos y empresas que nos lo recibieron sí lo hicieron; quién o quiénes establecieron cuáles serían las empresas beneficiarias y cuáles no y las consecuencias judiciales que éstas decisiones implican para la provincia; queremos saber si las autoridades provinciales han cumplido con lo establecido por la Ley Provincial de Transporte 8669 cuando señala que los concesionarios y/o permisionarios del servicio público de autotransporte de pasajeros, percibirán de los usuarios la tarifa que establezca para cada tipo de servicio la autoridad competente, siendo ésta el Poder Ejecutivo; y que la misma se establecerá con arreglo a la metodología que se disponga. A su vez queremos conocer si se cumplimentaron las disposiciones del Decreto Reglamentario 254/03, el cual se establecía debía efectuarse, en el aspecto referido ut-supra, respetando los principios de igualdad, proporcionalidad, realidad, justo retorno, justicia, razonabilidad, certeza e irretroactividad, valorando los intereses de los usuarios, prestatarios y poder concedente; definiendo que en cuanto al precio público del servicio, la prestataria deberá percibir de los usuarios el precio correspondiente a la tarifa autorizada por el Poder Ejecutivo de la Provincia, que será establecido de conformidad a lo que determina el anexo “D” (Tarifas) y que el Ministro de Obras Públicas o el órgano a quien la ley respectiva asigne competencia en el área de servicios públicos, determinará el cuadro tarifario para los distintos tipos de servicios previstos en el artículo 9º Incisos A, B y C de la Ley 8669.
Son conocidos los constantes reclamos de distintas autoridades y jurisdicciones de toda la Argentina respecto de los subsidios que, en el sector del transporte de pasajeros, otorga la Nación y la inequidad de los mismos (reclamo que compartimos). Sin embargo, lamentable y llamativamente el manejo de los subsidios provinciales es superador en lo nefasto, arbitrario y poco transparente. Lo expuesto se pone de manifiesto en que debemos efectuar este pedido de informe para conocer elementos a los que, no solo este legislador sino todos los cordobeses deberíamos tener accesos fácilmente, como ocurre con los criticados subsidios nacionales donde la información análoga a la requerida en este pedido de informe, está publicada en Internet, a través de las páginas oficiales para la lectura de cualquier ciudadano.
La provincia conoce que más allá de estar afiliados o no al sindicato correspondiente, todos los trabajadores del sector, se hicieron acreedores de los incrementos acordados. Debe saber la Provincia que existen empresas, que por el servicio que prestan reciben subsidios nacionales que la propia Provincia determina y convalida, y que han quedado excluidas del subsidio provincial, sin argumentación de ninguna naturaleza por parte de la autoridad competente.-
Resulta muy sugestivo que mientras los subsidios nacionales destinados a compensar tarifa se distribuyen entre todos los prestadores habilitados por la Provincia a la prestación del servicio público correspondiente, los subsidios provinciales sólo se destinen a algunos prestadores y no a otros, igualmente sugestivo es el hecho de que los tratamientos impositivos favorables alcancen a cierta y determinadas empresas y otras resulten excluidas.-
Para colmo, en el listado contenido en el Anexo 1 del Convenio ampliatorio del Decreto 133/07 figuran empresas de jurisdicción nacional y empresas de turismo. En el primer caso, aún cuando pudiera argumentarse que tiene empleados afiliados el sindicato, para ciertos tramos provinciales, entonces hubiera correspondido igual tratamiento para otras empresas de jurisdicción nacional que prestan servicios sobre estos tramos. En el segundo caso, no se trata de servicios prestados en “condiciones de regularidad, continuidad, generalidad y uniformidad” como lo explicita el Decreto de asignación de subsidios por lo que no corresponde la asignación del beneficio acordado.
En definitiva Sres. Legisladores, se trata de saber si los dineros públicos han sido destinados a que los usuarios no sufrieran en sus bolsillos y en la calidad del servicio que reciben los impactos de los incrementos en los costos o en realidad por decisiones arbitrarias y poco transparentes han favorecido a algunos en detrimento de todos los cordobeses, ya que como consecuencia de tales desmanejos la actual crisis no es entonces responsabilidad exclusiva de la inequidad distributiva de la Secretaría de Transporte de la Nación, ni de la recesión global, sino que tiene un fuerte acento provincial propio de la oscuridad e impericia con que se han manejado los servicios públicos de la Provincia.
Por todos los argumentos expuestos es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente pedido de informes.
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