martes, 27 de abril de 2010

Proyecto de Resolución: pedido de informe sobre disitntos interrogantes referidos al Servicio de Hemodiálisis.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

RESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitucional Provincial, para que en el plazo de siete (7) días, y a través del Ministerio de Salud, informe sobre los siguientes puntos:

PRIMERO: Situación prestacional al 1 de febrero de 2010 del Servicio de Hemodiálisis en el turno nocturno en el Hospital Transito Cáceres de Allende;

SEGUNDO: Cantidad de pacientes que fueron afectados por la suspensión del turno nocturno, y plazo de interrupción del servicio;

TERCERO: Establecimientos donde se dializaron estos pacientes, tiempo aproximado de su estancia y costo por cada uno de ellos;

CUARTO: Forma de contratación de los establecimientos elegidos, modo de contratación, especificando tipo de compulsa utilizada para esa contratación;

QUINTO: Si estaba prevista la salida del turno nocturno con anterioridad al 1 de Febrero de 2010, cuales fueron los recaudos tomados con los pacientes para su traslado a otros centros;


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente
Seguramente a nadie le gusta estar enfermo, y necesitar la continuidad de un tratamiento, la previsibilidad de contar con el mismo en el tiempo, por lo que cualquier acción que se interponga, provoca un serio y profundo malestar en los pacientes afectados por los mismos.

Todos sabemos que un tratamiento de Hemodiálisis no es fácil de sobrellevar, por lo que se torna necesario, que todo cambio realizado por adecuaciones ya sean físicas y/o por aparatología, sean lo suficientemente adecuadas para no producir sobresaltos en los pacientes sometidos a aquel.

Estas premisas básicas en el tratamiento, no han estado presente en el Hospital Tránsito Cáceres de Allende, frente a la caída de la atención nocturna del servicio de nefrología, y a una derivación compulsiva de los pacientes, sin causa alguna que justifique la falta de previsión al momento de implementar una política esencial por parte del Estado provincial, cual es generar condiciones esenciales para el normal desenvolvimiento y ejercicio de un derecho.

Esta falta de previsión por parte de los funcionarios responsables repercute además en términos presupuestarios, toda vez que la derivación que se hace necesaria frente a la interrupción del servicio, ha generado costos extraordinarios.

No existen, transcurridos dos meses, ningún tipo de explicación sobre motivos de falta de previsión, ni mucho menos sobre la significación presupuestaria al momento del debido traslado de los pacientes a otros nosocomios, lo que motiva la presentación del presente, lo que a todas luces violenta la debida publicidad de los actos de gobierno.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto es que solicito a mis pares su aprobación.-


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